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(7 December 1836)
Manifiesto de Joaquín Miguel Gutiérrez
(17 December 1836)
Manifiesto de Joaquín Miguel Gutiérrez
(21 April 1838)
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(6 December 1840)
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(8 May 1841)
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(12 December 1841)
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(1 January 1843)
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(1 January 1843)
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(2 January 1843)
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(4 January 1843)
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(7 January 1843)
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(8 January 1843)
Acta de las autoridades de la ciudad de Tapachula
(8 January 1843)
Acta del pueblo de Tuxtla el Chico
(8 January 1843)
Acta levantada en San Cristóbal
(30 November 1844)
Acta de la guarnición de Tuxtla
(20 December 1844)
Acta levantada en Tapachula
(29 December 1844)
Acta de la asamblea departamental de Chiapas
(4 January 1845)
Acta firmada en San Cristóbal y decreto de la asamblea departamental de Chiapas
(4 January 1845)
Acta de la guarnición de la capital de Chiapas
(5 January 1845)
Acta suscrita en la ciudad de Comitán
(7 January 1845)
Acta suscrita en la villa de Tonalá
(11 January 1845)
Acta de la junta de fomento mercantil de la ciudad de San Cristóbal
(15 January 1846)
Acta de los empleados de San Cristóbal
(17 January 1846)
Acta del tribunal mercantil de San Cristóbal
(17 January 1846)
Acta de la ciudad de Tuxtla
(18 January 1846)
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(31 January 1846)
Acta del ayuntamiento y vecindario del pueblo de Tuxtla el Chico
(2 February 1846)
Acta levantada en la ciudad de Tapachula
(3 February 1846)
Acta firmada en el pueblo de Zacoltenango
(3 February 1846)
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Acta firmada en el pueblo de Ochuc
(26 August 1846)
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(28 August 1846)
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(29 August 1846)
Acta de San Ildefonso Tenejapa
(30 August 1846)
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(30 August 1846)
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(31 August 1846)
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(3 September 1846)
Acta de la Villa de Chilón
(4 September 1846)
Acta de Copainalá
(6 September 1846)
Acta de la ciudad de Tapachula
(15 September 1846)
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(21 May 1851)
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(21 May 1851)
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(2 January 1858)
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Acta de los vecinos de Comitán

8 May 1841

Region: Chiapas
Place: Comitán

Pronunciamiento text

Acta de los vecinos de Comitán para declarar su adhesión a los pronunciamientos de Texas, Yucatán y Tabasco por la libertad y restablecer el estado libre de Chiapas, 8 de mayo de 1841

Nosotros los vecinos de Comitán, reunidos en junta general a 8 de mayo de 1841, tenemos en este día memorable el alto honor de reconocer nuestra libertad primitiva, y vernos restablecidos al derecho imprescriptible de asegurarla junto con nuestra existencia, de volver a los goces tranquilos de la sociedad y a la seguridad de hombres y de ciudadanos.

Borrada estaba en nosotros y envilecida por la tiranía de un régimen de devastación y muerte, que desde la capital de la República cundiera hasta los puntos más remotos, y redobla en la distancia su intensidad destructora.

Apenas había aparecido la institución federal, apenas siquiera este sistema de libertad popular; cuando comenzó la reacción de sus enemigos, de los refractarios de la ley americana, de los jefes mismos de la República, que por desgracia se lanzaron al frente de los negocios, y por su ineptitud o perversidad paralizaban sus progresos naturales, y al fin destruyeron por violencia abierta la independencia de los estados, la soberanía nacional, y los derechos más santos de la sociedad, convirtieron la patria en un gabinete obscuro de depredación y tiranía, centralizáronse en un corto número de hombres ávidos de riquezas y de sangre, toda la acción soberana del pueblo, todo el poder supremo de los estados.

Después de perseguir a sangre y fuego a sus mandatarios, después de organizar el motín y la rebelión militar contra los magistrados y gobernadores de los estados: después de proscribir la constitución federal y exterminar por la espada a los funcionarios y patriotas, cuando era ya extringida la gran ley y aniquilado el civismo, entonces se han colocado sobre las ruinas augustas y sagradas, y dieron por piezas su constitución central, aborto de autoridades y de tiranía que perpetuará su poder sangriento y remachará las cadenas de la nación, herida de muerte, bajo los pies del soldado, y de los brazos que ella misma levantará en su desgracia.

Siete años y más ha durado este poder fatal. Él ha esquilmado en su rapacidad devorante a la nación más rica, él ha convertido una parte en espoliadores, y otra en infelices víctimas del pillaje autorizado. La ha abismado en deudas, la ha destruido en su crédito, en su industria, en su honor, y en su moral. Apenas existe. El extranjero la ha insultado, y puede colonizar sobre su feraz territorio. La inscripción de su sepulcro está en su ley de Cuernavaca. Hombres feroces pagados para sofocar sus últimos gemidos, la han puesto en convulsiones.

Pero las naciones son inmortales. De la destrucción sale la vida, Texas, Yucatán. Tabasco, han aparecido nuevamente animados, para la libertad. Ya Chiapas brilla con la autora de la restauración. El patriotismo ha cansado a la lid al hombre de los libres. Él recorre el norte, se penetra del fuego sagrado que alimenta y hace creaciones portentosas en la tierra clásica del progreso.

Él marcha por los extremos de la República mexicana y circula la llama eléctrica que debe reanimarla. Él ha plantado ya el estandarte de la libertad y de la federación. Yucatán y Tabasco, han recobrado su soberanía, y expulsado el vandalismo, Anaya se presenta a las Chiapas con muy cortos elementos. Pero ellos se aumentan en su tránsito, y tan solo a su aspecto se disipan las fuerzas opresoras. Llega con una penosa marcha a Chiltic. El enemigo lo busca, suena el cañón y retrocede espantado. Se fortifica en esta población; pero nada la asegura en sus terrores y abandona furtivamente con vergüenza, sus trincheras, Comitán se ve libre y abre los brazos a su Libertador.

Nosotros hemos visto pues y dado el paso repentino de las tinieblas al esplendor de la Libertad. Sentimos ahora toda su influencia nuestra voz encadenada en el silencio estúpido de los esclavos se ha soltado ya para aclamar y asegurar nuestros derechos saliendo de un cautiverio más bárbaro que cuando yacíamos como miserables colonos de la España, nuestro movimiento actual al romper la esclavitud, es tanto más importante y noble que el de la independencia, cuanto que nuestros actuales opresores han sido más injustos, viciosos y rapaces que los Conchas y Venegas.

Si un derecho reconocido por todos los publicistas, practicado por todos los pueblos en las grandes crisis, autoriza, practicado por todos los pueblos en las grandes crisis, autoriza a los oprimidos para sacudir un yugo tiránico, y a los ciudadanos para reconquistar las leyes patrias anuladas por la usurpación, y para oponer la espada contra la espada, este ha sido el derecho universal de la América, para independerse y constituirse, y este mismo es el que ahora nos congrega con el santuario de la libertad para proclamar nuestras instituciones anuladas por la perfidia en Cuernavaca y para jurar hoy en este gran día que arrastraremos todos los males y la muerte, antes que volver al régimen central que ha abortado siete años de opresión y de espantosos crímenes.

Nosotros lo juramos por la patria que nos llama a ser libres y felices por la federación que sin ejemplo ni rival en la Europa y en las naciones antiguas ha germinado en un gran continente, poblaciones inmensas, artes, virtudes, patrias y libertad republicana.

Lo juramos por la religión santa que elevan el carácter y ennoblecen y mantienen las sociedades libres por esta religión ahora desconocida y proscripta o substituida por la superstición y la hipocresía de estos verdaderos ateístas en su conducta pública y privada. Hoy levantamos el altar a esta gran patria exánime y ultrajada; y si sus aras se tiñen con nuestra sangre nosotros con todos sus hijos tendremos la gloria de elevarnos a la inmortalidad por el más bello sacrificio, y de afianzarla en sus derechos por nuestro ejemplo.

Loor al jefe que ha empleado sus trabajos y su espada en restituir la dignidad del hombre, federación o muerte es su divisa, federación o muerte es el eco que se oye por todas nuestras poblaciones a excepción de la capital que huella del enemigo la planta inmunda.

Nosotros protestamos sostener ese grito de honor y libertad. Y por tanto juramos solemnemente ante Dios y la patria:

1°. Hacer la guerra con nuestras personas y bienes a los usurpadores hasta restablecer el sistema federal consignado en nuestra constitución del año de 1824 la cual debe ser recibida y enmendada por una convención popular y nacional convocada al intento.

2°. Restablecer tan luego como se halle libre, el Estado de las Chiapas en su independencia derechos y soberanía federativa, restituyéndole su constitución particular.

3º. Reconocer desde luego la autoridad y aprobar la conducta y actos públicos del benemérito general ciudadano Juan Pablo Anaya que se refieran a estos grandes objetos, y poniéndonos bajo su dirección y mando.

4°. Obrar de acuerdo y en una liga ofensiva y defensiva con los estados de Yucatán y Tabasco, nuestros hermanos por la naturaleza y por la misma causa, hasta conseguir la libertad general de la República y arreglar con ellos y con los que se fueren libertando, nuestros intereses y leyes comunes.

5°. Observar las leyes de la República ya establecidas; en cuanto no se opongan al sistema federal y las disposiciones que para restablecerlo ha dictado el ciudadano general Juan Pablo Anaya.

6°. Mantener el orden público con justicia y equidad. No perseguir ni judicialmente, ni de hecho por puras opiniones, ni por actos que no sean anteriormente reprobados por las leyes. De suerte que solo serán castigados los delitos así calificados por las legislaturas libres. Y por tanto serán restablecidas las garantías; individuales que establecen la constitución federal y la del estado de Chiapas con el goce pleno de la libertad de la palabra, y de la escritura. Todo reglamentado y disposición de policía criminal deberá arreglarse a estas bases.

7°. De esta solemne proclamación pública hecha a la faz de todas las naciones y garantida por la razón y la religión santa que profesamos se formarán dos copias literales; la una para archivarse en testimonio memorable de este grande acto; la otra para ponerse en manos del Gral. libertador en reconocimiento de sus altos servicios a la libertad y al pueblo de Comitán y las Chiapas.

Fecha ut supra. Dios y Federación.

Context

Although, as can be seen from the majority of pronunciamientos launched in 1835, the call for the abolition of the 1824 Constitution and the creation of a new centralist charter in 1836 had widespread support, a number of federalists still tried to turn the centralist tide back by pronouncing. In the cases of the pronunciamientos and rebellions of Texas (1835-36), Yucatán (1840), and Tabasco (1840-41) the call for the reintroduction of an amended version of the 1824 Constitution had come hand in hand with a marked secessionist threat. Inspired by these pronunciamiento cycles, this federalist pronunciamiento from Chiapas advocated seceding from Mexico as long as the nation was governed by a centralist system. It also backed the cause of General Juan Pablo Anaya at a local level.

WF

Notes

Josefina Z. Vázquez (coord.), Planes en el nación mexicana. Libro cuatro (México: Senado de la República/El Colegio de México, 1987), pp. 50-51.

Transcribed by Germán Martínez Martínez and Revised by Will Fowler.

Participants (1):

Leader role:
Juan Pablo Anaya

Pronunciamiento grievances

National (federalist, pro-clerical, anti-government, anti-constitution)

Local (federalist, anti-constitution)

Political (federalist, pro-clerical, anti-government, anti-constitution)

Reactive

Civilian

Personal (in favour of Juan Pablo Anaya)

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