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Acta de oficiales y jefes de la comandancia de San Cristóbal
(5 February 1832)
Plan de San Cristóbal de Chiapas
(27 November 1833)
Acta de la capital de Chiapas
(30 July 1835)
Manifestación del gobernador federalista de Chiapas
(7 December 1836)
Manifiesto de Joaquín Miguel Gutiérrez
(17 December 1836)
Manifiesto de Joaquín Miguel Gutiérrez
(21 April 1838)
Acta del pronunciamiento de Pichucalco
(6 December 1840)
Acta de los vecinos de Comitán
(8 May 1841)
Convenio de Ixtacomitán
(12 December 1841)
Pronunciamiento de Tapachula
(1 January 1843)
Acta firmada en el pueblo de Huistán
(1 January 1843)
Acta levantada por la guarnición de la villa de San Bartolomé de los Llanos
(2 January 1843)
Acta firmada en el pueblo de San Andrés
(4 January 1843)
Acta de la guarnición de Soconusco
(7 January 1843)
Acta del pueblo de Pichucalco
(8 January 1843)
Acta de las autoridades de la ciudad de Tapachula
(8 January 1843)
Acta del pueblo de Tuxtla el Chico
(8 January 1843)
Acta levantada en San Cristóbal
(30 November 1844)
Acta de la guarnición de Tuxtla
(20 December 1844)
Acta levantada en Tapachula
(29 December 1844)
Acta de la asamblea departamental de Chiapas
(4 January 1845)
Acta firmada en San Cristóbal y decreto de la asamblea departamental de Chiapas
(4 January 1845)
Acta de la guarnición de la capital de Chiapas
(5 January 1845)
Acta suscrita en la ciudad de Comitán
(7 January 1845)
Acta suscrita en la villa de Tonalá
(11 January 1845)
Acta de la junta de fomento mercantil de la ciudad de San Cristóbal
(15 January 1846)
Acta de los empleados de San Cristóbal
(17 January 1846)
Acta del tribunal mercantil de San Cristóbal
(17 January 1846)
Acta de la ciudad de Tuxtla
(18 January 1846)
Acta de Copayula
(31 January 1846)
Acta del ayuntamiento y vecindario del pueblo de Tuxtla el Chico
(2 February 1846)
Acta levantada en la ciudad de Tapachula
(3 February 1846)
Acta firmada en el pueblo de Zacoltenango
(3 February 1846)
Acta del pueblo de Ixtapan
(16 August 1846)
Acta firmada en el pueblo de Ochuc
(26 August 1846)
Acta de la Villa de Teopisca
(28 August 1846)
Acta del pueblo de San Pedro Chinaló
(29 August 1846)
Acta de San Ildefonso Tenejapa
(30 August 1846)
Acta del pueblo de San Lorenzo Sinacatán
(30 August 1846)
Acta del pueblo de San Juan Cancuc
(31 August 1846)
Acta firmada en Ixtapa, Chiapas
(3 September 1846)
Acta de la Villa de Chilón
(4 September 1846)
Acta de Copainalá
(6 September 1846)
Acta de la ciudad de Tapachula
(15 September 1846)
Proclama de Matías Castellanos
(21 May 1851)
Plan de Comitán,
(21 May 1851)
Acta de San Cristóbal las Casas, Chiapas, secundando el Plan de Tacubaya
(2 January 1858)
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(2 February 1858)

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Acta firmada en el pueblo de Huistán

1 January 1843

Region: Chiapas
Place: Huistán

Pronunciamiento text

Acta firmada en el pueblo de Huistán, 1 de enero de 1843

En el pueblo de Huistán cabecera del partido del mismo nombre, el día primero de enero de mil ochocientos cuarenta y tres: reunidos en la casa municipal los jueces de paz, y los auxiliares de la cabecera con los de los pueblos del partido, presentes también los que sirvieron estos cargos en el año próximo pasado y muchos vecinos de esta cabecera, bajo la presidencia del señor subprefecto del partido don Domingo José Navarro, dicho señor abrió la sesión diciendo:

Señores: el objeto de la presente reunión, no es solamente el de dar posesión a los nuevos jueces de paz, a los suplentes y a los auxiliares; sino también el de que las autoridades del partido y sus principales vecinos se impongan de los últimos acontecimientos habidos en los departamentos de San Luis, Puebla, Oaxaca y San Cristóbal en que sus respectivas guarniciones en unión de los empleados y autoridades públicas, se pronunciaron desconociendo al congreso constituyente, porque habiéndose apartado de la misión que le dio el plan de Tacubaya, quiera sorprender a la nación, con unas leyes que no convienen a sus hábitos y exigencias publicas y que probablemente sería conducida por ellas, al más seguro precipicio; la guarnición y empleados de la capital de este departamento a que felizmente correspondemos, han secundado a aquellos votos, y siendo estos pueblos del distrito del centro; los he convocado a este local para que impuestos del objeto de su reunión, manifiesten francamente sus principios políticos sobre el particular.

Este breve discurso fue acogido con entusiasmo por toda la junta, y de consiguiente se decidieron todos a adherirse, como de buena voluntad se adhirieron, a los votos expresados en San Luis, Puebla, Oaxaca y en la capital de nuestro departamento expresamente en los artículos siguientes:

Primero. Se desconoce al congreso constituyente por haber contrariado a la voluntad de la nación de que sus leyes fundamentales se separaran tanto, de las exageraciones de la constitución de 1824, como de las mezquinas restricciones contenidas en la constitución de 1836.

Segundo. El gobierno supremo nombrará una junta de ciudadanos virtuosos, notables por su saber, por su experiencia, patriotismo y servicios, que le consulte los términos en que deba expedirse un estatuto provisional que asegure la existencia y dignidad de la nación, la prosperidad de los departamentos y las garantías a que tienen derecho los mexicanos. Dicho estatuto se presentará a la nación para que la sancione.

Tercero. Se reconoce de nuevo, como presidente provisional de la república al excelentísimo señor benemérito de la patria, general de división, don Antonio López de Santa Anna y como a su substituto al excelentísimo señor general de división y benemérito de la patria don Nicolás Bravo.

Cuarto. Al que intentare hacer valer por cualquiera medio el proyecto de constitución, aprobado por los actuales diputados, y que es objeto de esta acta, será tenido como enemigo de la paz pública, y de la seguridad y prosperidad de la nación, y por consiguiente aprehendido que sea, se pondrá a disposición de la autoridad competente, para que se le castigue como corresponde.

Quinto. De esta acta se sacará una copia y se remitirá a la prefectura del centro, para que por su medio lleguen los votos de estos pueblos a noticia del gobierno departamental y supremo de la nación.

Con lo que se dio fin a este acto, en medio de los vivas a los generales, Santa Anna y Bravo, entre músicas, cámaras y repiques a vuelo, dirigiéndose a continuación, la junta a la santa iglesia parroquial en donde se cantó un solemne tedeum en acción de gracias al Todo Poderoso por tan feliz suceso; concluido el tedeum, se dirigió toda la comitiva a la subprefectura a felicitar al señor subprefecto y a manifestarle gratitud y regocijo.

Dése cuenta con esta acta, original al señor subprefecto para que la dirija en copia a la prefectura, dejándose otra certificada en el juzgado de paz de esta cabecera, conste.

Domingo José Navarro, Mateo Pérez, José María Martínez, Tomas Álvarez, José Álvarez, Diego López, Diego Hernández, Juan de la Cruz.

Siguen más de 10 firmas.

Es copia de su original [ilegible] enero 2 de 1843.

Participants (9):

Signatory role:
José Álvarez
Tomás Álvarez
Juan de la Cruz
Juan de la Cruz (Chiapas)
Diego Hernández
Diego López
José María Martínez (Chiapas)
Mateo Pérez (Chiapas)
Leader and signatory role:
Domingo José Navarro

Pronunciamiento grievances

National (in favour of Plan de San Luis Potosí, Puebla and Oaxaca, against 1824 and 1836 constitutions and operating constitutional congress)

Local (pro-clerical)

Reactive

Civilian

Personal (in favour of Antonio López de Santa Anna and Nicolás Bravo)

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