Pronunciamientos by region

Regions

Unknown region (3)

Abroad (4)

Aguascalientes (10)

Baja California (6)

California (9)

Campeche (15)

Chiapas (48)

Chihuahua (24)

Coahuila (33)

Colima (10)

Durango (26)

Estado de México (106)

Guanajuato (28)

Guerrero (73)

Hidalgo (40)

Jalisco (61)

México D.F. (130)

Michoacán (68)

Morelos (26)

Nayarit (10)

Nuevo León (23)

Nuevo México (6)

Oaxaca (53)

Puebla (95)

Querétaro (36)

San Luis Potosí (51)

Sinaloa (18)

Sonora (32)

Tabasco (41)

Tamaulipas (72)

Texas (8)

Tlaxcala (40)

Veracruz (103)

Yucatán (38)

Zacatecas (35)

Acta de los pronunciamientos de Campeche

6 November 1829

Region: Campeche
Place: Campeche

Pronunciamiento text

Acta del pronunciamiento de la guarnición de Campeche, por la forma de gobierno de república central, de 6 de noviembre de 1829

Reunidos en la habitación del señor comandante de las armas los jefes de los cuerpos, oficiales de la guarnición, marina y empleados de la federación, después de haberse declarado en junta, dijo el primero: Que habiéndole manifestado los comandantes de los batallones 6 y 13 permanentes, artillería y segundo activo de infantería, el pronunciamiento uniforme que estos habían hecho por la forma de gobierno central, en bien de la independencia y seguridad de la nación, constantemente amenazada por las peligrosas oscilaciones de que ha sido y es combatida bajo el sistema federal, por la desorganización en que se halla el ejército y la hacienda, por el eminente riesgo en que se ha visto en la reciente invasión de las huestes españolas, y por el descontento general con que sus más caros hijos la miran marchar al termino de la nulidad, notando enervados los grandiosos elementos que deberían conducirla a la cima de su engrandecimiento; deseaba que la junta, manifestando públicamente su sentir, se ocupase de establecer las bases que debían organizar y llevar a cabo el referido pronunciamiento:

Y en consecuencia de todo, después de una detenida discusión, se acordaron por unanimidad de votos, los siguientes artículos:

1°. Que pronunciados los cuerpos de esta guarnición, como lo han hecho, por el sistema de gobierno central, la junta se decide por aquel propósito, poniendo por base esencial mantener la independencia a toda costa, como objeto de mayor interés para todo mexicano.

2°. Se reconoce la autoridad actual del presidente de la república en todo lo que no se oponga a este pronunciamiento y siempre que lo adopte en favor del bien de la nación.

3°. Se declara convocante el actual congreso general para el fin de reunir otro que arregle la forma de gobierno de república central, estableciendo por base de él, la reunión del mando político y militar, en los que actualmente se denominan estados.

4°. Que en consecuencia del artículo anterior, desde luego reunirá ambos mandos el comandante general, como todo lo relativo a los ramos de hacienda, tanto de la federación como del estado.

5°. Se declara sin ejercicio en sus funciones al congreso, senado y gobernador del estado, porque se halla en contradicción con el sistema del pronunciamiento.

6°. Se conservarán en el desempeño de sus atribuciones, los tribunales de todas clases, exigiéndoles el juramento de adoptar el sistema nuevamente establecido.

7°. Se concede al comandante general, o a quien le suceda, en caso de no aceptar el primero, la facultad de arreglar provisionalmente el gobierno interior de los pueblos, del modo más conforme al bien general.

8°. Los individuos comprendidos en este pronunciamiento no podrán ser separados de esta plaza, hasta tanto se arregle la forma de gobierno que han proclamando.

9°. A todos los empleados se les exigirá el juramento de sostenerla, y conservarla a toda costa, y él que así no lo hiciere, cesará en él ejercicio de sus funciones; protestando los cuerpos que lo han verificado, no dejar las armas de la mano, hasta haber conseguido el objeto que se propusieron.

Con lo que se concluyó esta acta que firmaron los componentes de la junta, acordando se remita un ejemplar al señor comandante general de las armas de este estado, para que se sirva contestar inmediatamente si la adopta, y si se suscribe a este pronunciamiento, elevándose otro ejemplar en la primera oportunidad, al Excmo. señor presidente de la república para los fines consiguientes.

Plaza de Campeche, 6 de noviembre a las tres de la mañana de 1829.

Comandante de las armas, Ignacio de la Roca; comandante del 13 permanente, Francisco Toro; comandante principal de artillería, Francisco Javier Berna; comandante de 6 permanente, José Ignacio de Castro; comandante del 2° activo, Sebastián López de Yergo; coronel, Ángel de Toro; comandante de Marina, Manuel de Lara; comandante de la tropa de artillería, Leandro de Poblaciones; mayor de plaza, Félix López Toledo; como mayor del 13 permanente, Bartolomé Arzamendi; como mayor del 6 permanente, José María Villalvaso; como mayor del 2° activo, Rafael de Traba; como comandante de los fuertes de barlovento, Jesús María Frayre; administrador principal de correos y comisario de esta plaza, Norberto de Molina.

[Siguen 78 firmas]

Context

In the summer of 1829 there had been a Spanish attempt at orchestrating the re-conquest of Mexico. Brigadier General Isidro Barradas had led a 3,000-men strong expeditionary army to Tampico, from Cuba, in the hope that their arrival would inspire the Mexican people to rise up against the government in favour of bringing back Spanish rule. He was obviously deluded and was eventually defeated in the battle of Tampico of 11 September 1829 by the Mexican forces led by Santa Anna. From the perspective of pro-Mexico Campeche the Spanish incursion had demonstrated that the federal system was not well-equipped to counter foreign interventions and/or national emergencies of this sort, especially when neighbouring Mérida was notoriously pro-Spanish, Cuba was so near, and it had been feared that Barradas would land in Yucatán rather than Tamaulipas. This was to become the first centralist pronunciamiento in Mexican history. As can be gathered from articles 5 and 7, local issues and disputes were also behind this act of insubordination. Typical of a pronunciamiento there was the predisposition to recognise the existing national government as long as it acquiesced to the pronunciados' demands. The remoteness of Yucatán on the one hand and the problems the national government was forced to face following the success of the pronunciamiento of Jalapa of 4 December 1829 would result in Yucatán becoming a pseudo-independent state for the next two years as a consequence of this pronunciamiento.

WF

Notes

Source: Guadalupe Jiménez Codinach (ed.), Planes en la Nación Mexicana: 1810-1830, vol. 1 (Mexico City: Senado de la República/El Colegio de México), pp. 225-227.

Transcribed by Natasha Picôt and Revised by Will Fowler.

Original document double-checked by Germán Martínez Martínez on 21/11/2008.

Participants (14):

Signatory role:
Bartolomé Arzamendi
José Ignacio de Castro
Jesús María Frayre
Francisco Javier Berna
Manuel de Lara
Sebastián López de Yergo
Félix López Toledo
Norberto de Molina
Leandro de Poblaciones
Ignacio de la Roca
Ángel de Toro
Francisco Toro
Rafael de Traba
José María Villalvaso

Related pronunciamientos

Child pronunciamientos
Acta constituyente de la asamblea general de la provincia de Yucatán (reactive-cum-proactive, supporting)
5 April 1830 ; Bécal, Campeche

Pronunciamiento grievances

National (centralist, pro-government, anti-constitution)

Local (centralist, anti-government, anti-constitution)

Political (centralist, pro-government, anti-constitution)

Proactive

Military (regular army)

PDF Download

Click here to download a PDF version of this pronunciamiento