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Acta de pronunciamiento de la villa de Hecelchakan

28 June 1835

Region: Campeche
Place: Hecelchakan

Pronunciamiento text

Acta de pronunciamiento de la villa de Hecelchakan, 28 de junio de 1835

En la villa de Hecelchakan cabecera de partido del C.R.A. a los veintiocho días del mes de junio de mil ochocientos treinta y cinco años, convocado formalmente el ayuntamiento, y presentes los más de los vecinos bajo la presidencia del S.G.P.D. Gregorio Méndez con asistencia del Sr. cura encargado de esta parroquia en sesión extraordinaria, unánimes acordaron elevar al supremo gobierno del estado una respetuosa exposición, manifestando los sentimientos que animan a esta población acerca de la variación del sistema federal que deberá ser en popular, representativo central; y teniendo en consideración los votos emitidos libre y espontáneamente por algunos de los estados como se deduce de los impresos que circulan, considerando así mismo que es llegado el tiempo de poner término a tantos males que tienen reducida a la nación mexicana al más triste azaroso estado que por el espacio de once años no se ha sentido los felices resultados que se propusieron los legisladores en 1824, sino que por el contrario, solamente se han palpado el atraso en todos los ramos, la desmoralización casi general de los pueblos, el abandono del buen nombre en desprecio de la verdadera ciudadanía contra los intereses de la madre patria, despedazada por los bandos y partidos que con frecuencia se levantan considerando por último que está clara y terminantemente manifestada la voluntad nacional desde que se revistieron los representantes actuales a las cámaras de la unión con las amplísimas facultades de reformar y variar la constitución de 1824, salvando las bases de independencia nacional, R.C.A.R., libertad de imprenta y división de poderes, siendo por otra parte inherente a las naciones el derecho de reconstituirse cuando se han roto los títulos de su existencia, peligrando la salud pública que es la suprema ley, acordó por absoluta unanimidad de votos, los artículos siguientes:

1. El sistema federal que actualmente rige, será subrogado por el general, popular representativo, conservándose la independencia nacional, la R.C.A.R., la libertad de imprenta y división de poderes.

2. El actual congreso de la unión, se dignará declararse constituyente y dará la constitución central que deba regir.

3. Hasta que se publique dicha constitución, continuarán fungiendo las autoridades constituidas.

4. Se continuará reconociendo al Excmo. Sr. general benemérito, D. Antonio López de Santa Anna como primer jefe de la nación, hasta que la constitución central señale el tiempo, modo y forma de elegir al que le suceda.

5. De esta acta se remitirá copia al Excmo. Sr. gobernador del estado, suplicando se digne ponerla en conocimiento del supremo gobierno de la nación para pasarla al congreso general.

Con lo que se concluyó esta acta que firmaron para su constancia, de que yo el secretario doy fe.

Context

Like so many of the pronunciamientos that were launched in 1835, although this Acta did not specifically declare its allegiance to the Plan of Orizaba of 19 May or the Plan of Toluca 29 May 1835 (even though it made reference to the pamphlets that were circulating from different states of the republic), it was part of the constellation of pronunciamientos that called for an end to the 1824 Constitution and the adoption of a new centralist charter.

WF

Notes

AGN: Historia, v. 560, cuaderno 21.

Also in Josefina Zoraida Vázquez (ed.), Planes en la nación mexicana. Libro tres: 1835-1840 (Mexico City: Senado de la República/El Colegio de México, 1987), p. 59.

Transcribed by Germán Martínez Martínez and revised by Will Fowler.

Original document double-checked by Natasha Picôt (3/12/08). COLMEX: J. Z. Vázquez Planes y documentos, Caja 13, Exp. 5, f.44.

Participants (1):

Leader role:
Gregorio Méndez

Pronunciamiento grievances

National (centralist, pro-clerical, pro-government, anti-constitution, against Federalism)

Local (pro-clerical)

Political (centralist, pro-clerical, pro-government, anti-constitution)

Reactive

Civilian

Personal (in favour of Antonio López de Santa Anna)

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