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Acta de Independencia
(28 September 1821)
Proclama iturbidista
(19 May 1822)
Plan de José María Lobato
(23 January 1824)
Adhesión de varias tropas al Plan de Lobato.
(24 January 1824)
Plan de la conspiracion de la calle Celaya
(2 June 1824)
Plan del padre Arenas
(12 January 1827)
Proclama de Ejército Libertador
(8 December 1828)
Acta de pronunciamiento de México
(23 December 1829)
Exposición de las tropas de la guarnición de la capital
(18 August 1830)
Acta celebrada por la corporacion de Guadalupe Hidalgo
(27 December 1832)
Pronunciamiento de la guarnición y pueblo de la capital
(27 December 1832)
Acta del batallón de seguridad pública de la ciudad de México
(27 December 1832)
Acta de la guarnición de la ciudad de México
(27 December 1832)
Acta del Batallón primero de depósito
(27 December 1832)
Acta de empleados de Hacienda
(28 December 1832)
Acta de la guarnición de la fortaleza de Chapultepec
(28 December 1832)
Acta de la parroquia de Santa Catarina Mártir
(3 June 1834)
Acta del ayuntamiento del pueblo de Azcapotzalco
(5 June 1834)
Acta del ayuntamiento de la villa de Coyoacán
(8 June 1834)
Acta del ayuntamiento de Santo Domingo Mixcoac
(9 June 1834)
Acta del ayuntamiento de San Ángel
(9 June 1834)
Acta del ayuntamiento de Tacubaya
(9 June 1834)
Acta de Santiago Tulyehualco
(10 June 1834)
Acta del ayuntamiento, cura párroco y vecinos de la villa de Tacuba
(10 June 1834)
Acta de artesanos del cuartel 30 de la Ciudad de México
(13 June 1834)
Acta de individuos reunidos en el templo de San Agustín
(13 June 1834)
Acta de la parroquia de Santa Catarina Mártir
(13 June 1834)
Acta de los barrios de Santiago y Nuestra Señora Santa Ana
(14 June 1834)
Acta de los vecinos del convento de San Francisco y provincia del Santo Evangelio
(14 June 1834)
Pronunciamiento del ayuntamiento de la ciudad federal
(14 June 1834)
Acta del Colegio de San Pedro y vecinos de la parroquia de Belén
(14 June 1834)
Acta de una parte de la ciudad de México
(14 June 1834)
Acta del ayuntamiento de Santa Anita Zacatlalmanco
(15 June 1834)
Plan salvador que federalistas proponen a las legislaturas de los estados y al presidente
(19 June 1834)
Acta del ayuntamiento de Joquizingo
(8 July 1834)
Acta del partido de San Juan Teotihuacán
(12 July 1834)
Acta de los vecinos de los barrios de Regina, Montserrat, San Miguel y Centro
(14 July 1834)
Acta de los vecinos del barrio de Belén
(14 July 1834)
Acta de los ciudadanos de San Francisco
(15 July 1834)
Acta de los ciudadanos del barrio de Santa Cruz
(15 July 1834)
Acta de los ciudadanos del barrio de Santa Catarina Mártir
(15 July 1834)
Acta de los ciudadanos de Santo Domingo
(16 July 1834)
Decreto de amnistía que olvida delitos políticos desde 1821
(2 May 1835)
Acta de la ciudad de Tlalpan
(2 June 1835)
Acta suscrita en la ciudad de México
(12 June 1835)
Plan propuesto por ciudadanos de diversas secciones de la capital
(12 June 1835)
Plan de varios vecinos de la ciudad de México
(12 June 1835)
Acta de los vecinos de 24 puntos de la ciudad de México
(12 June 1835)
Pronunciamiento en favor de la verdadera opinión general
( July 1835)
Manifiesto militarista
(15 March 1837)
Representación de vecinos de la ciudad de México
(12 November 1837)
Circular de la Secretaría de Guerra
(3 March 1838)
Proclama de José Urrea
(15 July 1840)
Aclaración de José Urrea de 16 de julio
(16 July 1840)
Plan Federalista proclamado por Gómez Farías y José Urrea
(19 July 1840)
Plan del general Valencia
(4 September 1841)
Plan del general Bustamante
(12 September 1841)
Manifiesto del presidente Bustamante
(19 September 1841)
Armisticio firmado en la Hacienda de los Morales
(27 September 1841)
Bases de Tacubaya
(28 September 1841)
Exhortaciones federalistas
(30 September 1841)
Carta del general Santa Anna al poder conservador
(30 September 1841)
Pronunciamiento federalista de la ciudad de México
(1 October 1841)
Pronunciamiento del general de división Valentín Canalizo
(2 October 1841)
Pronunciamiento de la ciudad de Tlalpan
(19 December 1842)
Acta de la ciudad de Tlalpan
(20 December 1842)
Acta de Xochimilco y otros pueblos
(21 December 1842)
Acta de protesta de la cámara de diputados
(2 December 1844)
Decretos
(2 December 1844)
Comunicaciones de la asamblea departamental de México
(2 December 1844)
Acta del senado contra los ataques del gobierno
(2 December 1844)
Declaración de la Suprema Corte de Justicia
(3 December 1844)
Decreto del Congreso de la Unión
(17 December 1844)
Proclama y plan de pronunciamiento de la Guardia Nacional
(7 June 1845)
Plan de los “liberales verdaderos”
(3 December 1845)
Se declara subversivo el plan de San Luis
(23 December 1845)
Acta del pronunciamiento de la guarnición de México
(30 December 1845)
Acta general del ejército
(2 January 1846)
Acta de la junta de representantes de los departamentos
(3 January 1846)
Manifiesto de la fe republicana del general Paredes
(21 March 1846)
Decreto del Congreso Extraordinario
(20 June 1846)
Decreto del congreso que reconoce el estado de guerra con Estados Unidos
(2 July 1846)
Plan de La Ciudadela
(4 August 1846)
Manifiesto de Mariano Salas y Valentín Gómez Farías
(4 August 1846)
Decreto de Mariano Salas
(7 August 1846)
Restitución de la Constitución de 1824
(22 August 1846)
Decreto en que el ejecutivo provisional declaró vigente la Constitución de 1824
(22 August 1846)
Acta firmada en la ciudad de México
(20 February 1847)
Plan para la restitución de los verdaderos principios federativos
(27 February 1847)
Bases del Plan para la restauración de los verdaderos principios federativos
(27 February 1847)
Modificacion al Plan de los Polkos
(8 March 1847)
Iniciativa de Valentín Gómez Farias
( November 1847)
Acta de la guarnición de la ciudad de México
(19 January 1853)
Acta del Ayuntamiento de Tacubaya
(27 January 1853)
Artículos del convenio de México
(6 February 1853)
Actas de la Contaduría Mayor y de la Plana Mayor de Artillería de México
(2 December 1853)
Acta subscrita por ciudadanos de la capital, presentada al general Carrera, y en la cual se desconoce a su gobierno.— agosto de 1855
( August 1855)
Acta del pronunciamiento de la guarnición de México
(13 August 1855)
Manifiesto del C. Rómulo Díaz de la Vega
(14 August 1855)
Decreto del gobierno en que se convoca a la nación para la elección de un congreso constituyente
(20 August 1855)
Decreto del gobierno en que se convoca a la nación para la elección de un congreso constituyente
(20 August 1855)
Invitación dirigida por el presidente interino de la República a los jefes de la revolución
(20 August 1855)
Decreto del gobierno en el que se convoca a la nación para la elección de un congreso constituyente
(20 August 1855)
El ciudadano Rómulo Díaz de la Vega, general de división y en jefe de la fuerza del distrito de México, a sus conciudadanos
(12 September 1855)
Manifiesto de Martín Carrera a sus conciudadanos
(12 September 1855)
Los jefes de los cuerpos que componen a la guarnición de México, a sus conciudadanos
(12 September 1855)
Plan anónimo expedido en México
(4 October 1855)
Proclama de Juan Álvarez a sus conciudadanos
(15 November 1855)
Manifiesto de Juan Álvarez a los mexicanos
(10 December 1855)
Proclama de Juan Álvarez, General de División
(10 December 1855)
Proclama de Ignacio Comonfort, Presidente substituto de la República a sus compatriotas
(28 December 1855)
El presidente sustituto de la República, a sus conciudadanos
(3 April 1856)
Decreto que premia a los restauradores de la paz
(8 April 1856)
Plan reaccionario, que se encontró al ex comandante Audelo, uno de los principales agentes en el complot de la Merced de las Huertas
( October 1856)
Plan de Tacubaya
(17 December 1857)
Modificaciones al Plan de Tacubaya
(11 January 1858)
Plan de Navidad,
(23 November 1858)
Acta del convento de San Diego
(24 December 1858)
Acta de primer cuerpo de caballería permanente
(25 December 1858)
Acta de primer batallón ligero permanente
(25 December 1858)
Carta de Manuel Robles Pezuela a Miguel Miramón
(25 December 1858)
Acta de adhesión al plan de la capital de 23 de diciembre de 1858, modificando el plan de Ayotla
(26 December 1858)
Acta de adhesión al plan de la capital de 23 de diciembre de 1858, modificando el plan de Ayotla
(26 December 1858)
Acta de adhesión al plan de la capital de 23 de diciembre de 1858, modificando el plan de Ayotla
(26 December 1858)
Acta de adhesión al plan de la capital de 23 de diciembre de 1858, modificando el plan de Ayotla
(26 December 1858)
Acta levantada en el Pueblo de Santa Fé el día 21 de enero de 1859 en la que las autoridades y el pueblo protestan contra el plan del Gral. Robles Pezuela
(21 January 1859)
Manifiesto del general Miramón al ser nombrado presidente sustituto de la república
(2 February 1859)
Proclama de Miguel Miramón
(12 July 1859)
Manifiesto del Congreso de la Unión
(27 October 1862)
Manifiesto de Sebastián Lerdo de Tejada a sus conciudadanos
(27 July 1872)

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Manifiesto de Sebastián Lerdo de Tejada a sus conciudadanos

27 July 1872

Region: México D.F.
Place: Ciudad de México

Pronunciamiento text

Manifiesto de Sebastián Lerdo de Tejada a sus conciudadanos (27 de julio de 1872)

El fallecimiento tan inesperado como lamentable, del benemérito presidente Benito Juárez, calamidad que cubre de luto a la nación entera, poseída del más justo y profundo desconsuelo, me ha hecho depositario del poder ejecutivo de la Unión, durante un breve período, por ministerio de la ley. Los deberes de mi transitoria administración me están señalados por la protesta que hice ante la diputación permanente del congreso, en completa armonía con mis más sinceros sentimientos y mis más íntimas convicciones. Un profundo e inviolable respeto a la constitución y al exacto cumplimiento de las leyes, serán la norma constante de mi conducta, así para llenar las solemnes obligaciones que he contraído, como para seguir el único camino que pueda conducir al bien y prosperidad de la nación.

Considero como un especial deber, velar por la fiel observancia de las leyes de Reforma, que han afirmado y perfeccionado nuestras instituciones. Expedidas aquellas leyes para extirpar vicios capitales de la antigua organización de nuestra sociedad, abriéndoles las puertas de un porvenir venturoso, han sido en su aplicación y desarrollo, el remedio de los males más complicados, y la entrada victoriosa al seno de la verdadera civilización. Sobre la obligación que me incumbe guardar y hacer guardar las leyes de Reforma, aumentará mi celo, para que por nadie sean infringidas, la convicción de que ellas constituyen las bases sólidas de nuestra organización política y social.

Conforme a lo prescrito en el código fundamental, para el caso de falta absoluta del presidente de la República, estimé muy debido que fuera el primero de mis actos, iniciar el decreto que hoy se ha expedido para la nueva elección. En ella serán justamente acatados los derechos del pueblo, respetando y garantizando sin trabas ni restricciones de ningún género, la libertad del sufragio en su mayor amplitud. Todos los ciudadanos, todos los partidos, tendrán expedita su acción en los actos electorales, y así deberá ser reconocido el resultado de ellos con la expresión genuina de la voluntad general.

Animado de este espíritu, he creído que debía expedir hoy un decreto de amnistía por los delitos políticos cometidos hasta aquí, sin excepción de persona alguna. Reprimido ya el principal esfuerzo de los sublevados, puede concederse la amnistía sin temor del menosprecio de las leyes, y sin mengua de la autoridad. La amnistía corresponde al anhelo general por la pacificación del país, y a una opinión profundamente arraigada en cuantos contemplan los espantosos desastres de la anarquía y las dolorosas ruinas de la guerra civil. Al abrirse ahora un período electoral, la amnistía es el único medio de que no haya quienes queden excluidos de dar sus votos, ni que nadie privado de los sufragios que puedan emitirse a su favor. He pensado que no podía hacer mejor uso de las facultades concedidas al ejecutivo, y que si por desgracia, algunos todavía quisieran afligir a su patria con las plagas de la guerra, e impusieran así la necesidad de nueva energía para someterlos, la opinión pública reconocerá que el ejecutivo ha tenido una sincera voluntad de no omitir nada para alcanzar el bien supremo de la paz, y dar toda amplitud a la libertad electoral.

Se enlaza también con tan importantes objetos el grave punto de los Estados que se encuentran declarados en sitio. Habiendo ya circunstancias favorables en la actualidad, para resolver la mayor parte de los casos, el ejecutivo cuidará con escrupuloso empeño de no dejar subsistente esa situación anormal, sino tan sólo donde lo exija la falta absoluta de autoridades propias constitucionales, entretanto se proceda a elegirlas, o donde lo haga indeclinable la imperiosa necesidad del restablecimiento de la paz. Investido el ejecutivo por el congreso de la Unión de amplias facultades, se reserva a emplearlas sólo en los casos extremos, en que sea indispensable satisfacer una apremiante necesidad. Desea, sobre todo, no verse obligado a usarlas para nada que puedan afectar las garantías individuales.

El respeto que estas merecen nunca puede ser excesivo. La más preciada de ellas, la libertad de la prensa, que protege y resguarda a las otras, será para mí inviolable, como lo fue sin excepción alguna, en el dilatado período que funcioné como ministro del ilustre presidente cuya pérdida lamentamos. Si la libertad de escribir no debe en cualquiera época tener limitación alguna, menos debe tenerla en un período de lucha electoral. De los excesos que se cometan por la prensa, el mejor correctivo es la misma prensa, ilustrada, libre, eco de todas las opiniones de todos los partidos.

En los negocios administrativos vigilaré porque se guarden los principios de orden y moralidad. Me esforzaré por hacer en los gastos públicos todas las economías que reclama la escasez del erario. En la provisión de los cargos y empleos públicos, atenderá solamente a la honradez, la aptitud y el verdadero mérito. consideraré a los empleados actuales, en quienes concurran tales circunstancias, no abrigando ni debiendo abrigar prevenciones contra ninguno, cualesquiera que hayan sido sus antecedentes políticos. En el ejercicio del poder supremo, no debo ser órgano ni representante de un círculo político, sino representante de la nación entera. No debo ser jefe de ningún partido, sino ejecutor imparcial y desapasionado de la ley.

Verificadas las elecciones y proclamando, por la representación nacional quién sea el elegido del pueblo, me consideraré honrado con entregarle el gobierno, demostrando mi completo acatamiento a la voluntad soberana del país, al devolver el depósito que me confiara la Constitución.

Mis hechos responderán de la sinceridad de mis sentimientos, y cuidaré de no apartarme en nada de los principios aquí consignados, para que al terminar el periodo de mi corta administración, pueda aspirar a que mis conciudadanos den testimonio de que he procurado cumplir con mi deber.

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