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Proclama de Comonfort a los ciudadanos de Puebla
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Acta del ayuntamiento de la ciudad de Huejotzingo

28 May 1834

Region: Puebla
Place: Huejotzingo

Pronunciamiento text

Acta del ayuntamiento de la ciudad de Huejotzingo, 28 de mayo de 1834

En la ciudad de Huejotzingo a veintiocho de mayo de mil ochocientos treinta y cuatro, congregados en la sala consistorial de este ilustre ayuntamiento los señores presidente ciudadano Manuel Marcos Pinto, alcalde de primera nominación de esta ciudad, ciudadano José Maria Rodríguez Mantilla, alcalde segundo de la misma, regidores y síndicos a efecto de celebrar un cabildo extraordinario en razón de un oficio recibido del ilustre ayuntamiento de San Martín Tezmelucan, su fecha veintisiete del que expira, e igualmente dos papeles que contienen los artículos que ellos mismos demuestran. En esta virtud, enterada esta corporación: animada de los sentimientos que le caracterizan: teniendo presentes los muchos males que a nuestra cara patria le amenazan; conmovida de la suerte destructora que la amaga y teniendo por justas las exposiciones de los comisionados de los pueblos de San Martín Tezmelucan, y San Lorenzo Chautzingo, las que unísonas con las del que subscribe, tuvo a bien disponer, se eleve al supremo gobierno del estado así como al de la federación, una sumisa representación por la que se sirva derogar los decretos que hayan dado lugar al descontento de la nación.

Al efecto se acordó nombrar una comisión, la que a pluralidad de votos recayó en los ciudadanos José Marcelino Ayala, regidor, Joaquín Ayala particular, Juan Francisco Teycier, particular, Ignacio Cruz Torres regidor, por San Martín, José Mariano de la Rosa y Juan Pérez, síndico por San Lorenzo Chautzingo. Nombrada que fue la comisión se acordó igualmente se suspendiera este acto, entre tanto ésta desempeñaba su encargo que debía ser a las cuatro de la tarde de este mismo día, a cuyo efecto suplicó el señor presidente a los ciudadanos concurrentes y comerciantes, se sirvieran pasar a esta sala a la hora citada, para poner de manifiesto los trabajos de la comisión nombrada, y en vista de sus exposiciones determinarse lo conveniente. Llegada la hora prefijada, se presentó la comisión exponiendo lo siguiente:

E. señor:

El ayuntamiento de Huejotzingo, San Martín Tezmelucan y San Lorenzo Chautzingo, en representación de sus poblaciones y estimulados de sus vecinos respectivos, acordaron, que a vuestra soberanía, se dirija esta sencilla exposición, en vista de los males que generalmente palpa hasta el último ciudadano de estas municipalidades, hermanadas de la notoria infracción que hasta aquí ha padecido la constitución general y particular del estado por los decretos que están vigentes hasta hoy por los que se ven expulsos, la venerable persona del excelentísimo e ilustrísimo señor obispo y muchos señores eclesiásticos, como así mismo particulares del estado sin formación de causa que demarcan las leyes, así como la destrucción general que amaga todos los bienes que la iglesia tiene establecidos.

Esto señor, ha causado un descontento notorio a toda la República, y en tanto grado que la población de San Martín Tezmelucan, se presentó en masa a su ayuntamiento exigiéndole los siguientes artículos:

1˚. Que se deroguen todos los decretos que se han dado impíos y antireligiosos contra sus ministros y sus bienes que a este respetable cuerpo de la iglesia pertenecen.

2˚. Que vuelvan a sus destinos y empleos los expulsos que por el motivo ya citado en el articulo anterior se han separado, restituyéndose a su diócesis nuestro ilustrísimo y excelentísimo señor obispo doctor don Francisco Pablo Vásquez.

3˚. Que entre tanto se verifica lo pedido en los artículos precedentes, se desconoce al gobierno y legislatura del estado, sujetándose a la obediencia del gobierno general de la nación.

4˚. Que ratifican de nuevo el juramento que solemnemente hicieron de sostener la religión católica apostólica romana según y como está en el articulo tercero de la constitución de los Estados Unidos Mexicanos y la particular de esto en su articulo cuarenta y tres, para que se sirva adoptarlos y que el pueblo quedase pronunciado por ellos, en virtud de que los males son insoportables.

Aquel ayuntamiento que conoce los trámites que les señalaban las leyes, trató de apaciguar el calor de su vecindario protestándole tomar las más enérgicas providencias; con lo que se aquietó aquella población con la mayor docilidad; y al efecto, ha ocurrido a esta ciudad una comisión de aquella corporación y en el mismo día se presentó otra del ayuntamiento de San Lorenzo Chautzingo, solicitando se hiciese la presente a vuestra soberanía suplicándole sumisamente con el respeto que se debe, tenga a bien revocar todos los decretos que estén en oposición con las constituciones ya citadas.

No dudando estos ayuntamientos que componen este partido, que en obvio de mayores males, convendrá Vuestra Soberanía con esta justa petición; y al mismo tiempo le interrogamos, si fuere del superior agrado de vuestra soberanía se sirva hacer iniciativa al honorable congreso de la federación.

Huejotzingo, mayo veintiocho de mil ochocientos treinta y cuatro. En tal concepto, adoptado por esta corporación dispuso, que, sin perdida de tiempo, se haga como llevan pedido los ayuntamientos que subscriben.

Huejotzingo, mayo veintiocho de mil ochocientos treinta y cuatro.

Manuel Marcos Pinto; José Maria odriguez Mantilla; Jose Mariano Camacho; Jose Joaquin Benitez; Antonio Lebreros; Simon Estevez; Jose Guadalupe Orozco; Jose Marcelino Ayala; Jose Joaquin [ilegible]; Anastacio Flores; Juan Francisco [ilegible]; Jose Ignacio Cruz [ilegible]; Tomas Sanchez; Jose Mariano de la Mora; [ilegible]; Jose Ignacio Ayala; Mariano Hernandez; Jose [ilegible]; [ilegible] Gutierrez; Jose Luis Sanchez; [ilegible]; Miguel Sanchez; Jose Camilo Briza; Bernardino Trebedo; Jose Antonio [ilegible]; Jose Ygancio Peregrina; Manuel [ilegible]; Francisco Pablo de [ilegible], secretario.

Es fiel y literal copia de su orignial que queda en el archivo público de este I.A. al que me refiero y para su constancia lo firmó el señor presidente conmigo el prescrito secretario de que doy fe.

Manuel Marcos Pinto

Francisco Pablo Luevanos, secretario

Context

Like so many of the pronunciamientos that were launched in 1834, although this Acta did not specifically declare its allegiance to the Plan of Cuernavaca of 25 May, it was part of the constellation of pronunciamientos that called for Congress’ anti-clerical and “impious” laws to be annulled. In this instance, however, the pronunciamiento also took on a regional dimension by declaring its support for poblano bishop Francisco Pablo Vázquez demanding that he was reinstated (Art. 2). In collusion with members of the villages of San Martín Tezmelucan and San Lorenzo Chautzingo, moreover, the pronunciados of Huejotzingo used the context of upheaval to challenge the state authorities of Puebla by stating that they ceased to recognise their authority (Art. 3).

WF

Notes

AGN: Gobernación, s/s, caja 207, exp. 56.

Also in Josefina Zoraida Vázquez (ed.),/Planes en la nación mexicana. Libro dos. 1831-1834/(Mexico City: SRE/El Colegio de México, 1987), p. 217.

Transcribed by Natasha Picôt and Revised by Will Fowler.

Original document double-checked by Germán Martínez Martínez on 10/02/2009. Colección Josefina Z. Vázquez/Planes y Documentos, 1834, Archivo Histórico del Colegio de México, Caja 9.

Pronunciamiento grievances

National (pro-clerical)

Local (anti-government)

Political (pro-clerical)

Reactive

Civilian

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