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(3 June 1832)
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(12 August 1833)
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(21 October 1834)
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(3 July 1835)
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(2 July 1836)
Representación de los vecinos de Motepori
(3 July 1836)
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(16 September 1837)
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(16 September 1837)
Contestación a las especies vertidas por el general Manuel Ma. Gándara
(19 November 1837)
Proclama y plan de José Urrea y pronunciamiento de la guarnición de Arizpe
(26 December 1837)
Acta de la guarnición de Arizpe
(3 September 1838)
Pronunciamiento de Arizpe
(3 September 1838)
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(17 November 1838)
Plan de independencia y reconciliación para los sonorenses
(1 February 1841)
Manifiesto de Manuel María Gándara
(30 April 1841)
Acta del convenio de los jueces de paz de los pueblos en Arizpe
(16 December 1841)
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(12 July 1842)
Representación de los vecinos de la ciudad de Álamos
(24 November 1842)
Representación del ayuntamiento de Hermosillo al presidente Santa Anna
(13 December 1842)
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(12 January 1843)
Representación de la prefectura, ayuntamiento y vecindario de Arizpe
(15 January 1843)
Plan de Opedepe
(23 September 1843)
Acta de la villa y puerto de San Fernando de Guaymas
(29 November 1844)
Acta firmada por el vecindario de San Fernando de Guaymas
(30 November 1844)
Pronunciamiento de los vecinos de la villa y puerto de San Fernando de Guaymas
(30 November 1844)
Acta de la guarnición de la ciudad de Hermosillo
(30 November 1844)
Acta firmada por el ayuntamiento de Hermosillo
(1 December 1844)
Acta levantada por la guarnición de Ures
(1 December 1844)
Acta suscrita en el pueblo de Seris
(1 December 1844)
Acta firmada por el ayuntamiento de San Francisco de Guaymas
(2 December 1844)
Acta del pueblo de Guaymas
(3 February 1846)
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Acta del ayuntamiento de Villa de Parras

3 July 1835

Region: Sonora
Place: Villa de Parras

Pronunciamiento text

Acta del ayuntamiento de Villa de Parras, 3 de julio de 1835

En la Villa de Parras a los tres días de julio de 1835 reunidos en juntas extraordinarias el I. ayuntamiento invitado por su presidente ciudadano Ventura Reyes y presidido por el señor jefe político ciudadano José María Borrego tomó este la palabra y manifestó lo siguiente: "Señores capitulares: la nación a que pertenecemos adoptó la forma de república representativa popular federal luego que sacudió el yugo de la monarquía que obtenía, el desgraciado autor de la independencia. Este paso que por entonces se creyó gigantesco en la marcha de nuestra civilización, no fue sino un retroceso hecho en la misma; pero no podía ser de otra manera, la nación ignoraba la esencia de este nuevo sistema, y los inconvenientes que debía producir su plantación repentina; nos hemos visto en un caos de peligro y dificultades, cuyo resultado no ha sido otro que males positivos a la misma nación; nuestros campos se han visto inundados con sangre de nuestros hermanos sacrificados por cuestiones casi de nombre pero sostenidos con entusiasmo: las rentas federales y particulares de los estados se encuentran en la mayor miseria, por haberse convenido sin fruto en el sostén de esas mismas cuestiones que han quitado el tiempo y agotado los recursos al supremo gobierno general para acudir a otras necesidades de preferencia, como la de auxiliar a ese estado de Chihuahua que inundado de indios bárbaros, han sacrificado sus infelices habitantes, y concluirán con ellos, si no se atienden a los inocentes clamores que con tanta necesidad dirigen al supremo gobierno. En consecuencia, la experiencia que este I. cuerpo tiene como todo mexicano de los males que nos ha originado el sistema federal me inhibe de enumerarlos, y en tales circunstancias, yo no hallo otro modo de provocar a las necesidades públicas, que consignar los destinos nacionales, en las manos del E. señor presidente de la república, don Antonio López de Santa Anna, y elevar por su respetable órgano los artículos que someto a la deliberación de V.S.:

1°. La nación mexicana adopta para su gobierno, la forma de república, representativa, popular, central.

2°. El actual congreso de la unión se declarara constituyente, y formará el nuevo código que debe regirnos, y sea análogo, a la forma de gobierno que la nación desea.

3°. Continuará ejerciendo la primera magistratura de las República el Excmo. señor general presidente don Antonio López de Santa Anna quien desde luego se dignará dictar las medidas de seguridad y orden público, que sean más convenientes.

4°. Con el fin de conservar la paz pública y las garantías individuales, continuarán en ejercicio, las autoridades actuales, sujetándose a las leyes administrativas que tienen aquellos objetos.

5°. De esta acta se pasara copia autorizada al Excmo. señor general presidente, suplicándole, la trasmita al soberano congreso general y al Excmo. señor presidente interino.

Y habiendo expuesto varios señores su opinión, análoga a la del señor jefe, explanando la necesidad de acudir, con un remedio pronto, a los males que hoy sufre la nación, fueron aprobados unánimemente los artículos precedentes firmando esta acta hoy día de la fecha.

Siguen nueve firmas.

Es copia de su original. Sala de Señores del ayuntamiento de Parras, julio 3 de 1835.

Context

Like so many of the pronunciamientos that were launched in 1835, although this Acta did not specifically declare its allegiance to the Plan of Orizaba of 19 May or the Plan of Toluca 29 May 1835, it was part of the constellation of pronunciamientos that called for an end to the 1824 Constitution and the adoption of a new centralist charter.

WF

Notes

Archivo Municipal de Saltillo, AMSPM 1835, C. 80.

Also in Josefina Zoraida Vázquez (ed.), Planes en la nación mexicana. Libro tres: 1835-1840 (Mexico City: Senado de la República/El Colegio de México, 1987), p. 63.

Transcribed by Germán Martínez Martínez and revised by Will Fowler.

Original document double-checked by Natasha Picôt (4/12/08). COLMEX: J. Z. Vázquez Planes y documentos, Caja 13, Exp. 6, f. 2.

Participants (2):

Leader role:
José María Borrego
Signatory role:
Ventura Reyes

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Acta del ayuntamiento de la Villa de Viesca (reactive, supporting)
5 July 1835 ; Villa de Viesca, Coahuila

Pronunciamiento grievances

National (centralist, anti-constitution, against Federalism)

Political (centralist, anti-constitution)

Proactive

Civilian

Personal (in favour of Antonio López de Santa Anna)

Other (Drafting new constitution)

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