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Acta celebrada en la ciudad de San Juan Bautista
(29 April 1830)
Acta del ayuntamiento de San Juan Bautista
(1 February 1832)
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(4 June 1832)
Acta levantada por los vecinos de Huimanguillo
(24 June 1834)
Acta del ayuntamiento de la villa de la Natividad de Cunduacán
(15 July 1834)
Acta de la guarnición de San Juan Bautista
(16 July 1834)
Acta levantada por los vecinos de Huimanguillo
(12 August 1834)
Acta del pronunciamiento de San Juan Bautista de Jonuta
(30 June 1835)
Dictamen de la Comisión de Constitución del Estado de Tabasco
(10 July 1835)
Acta del pronunciamiento del pueblo de Tepetitán
(15 July 1835)
Acta del pronunciamiento de Macuspana
(21 July 1835)
Exposición del comandante general de Tabasco
(27 November 1835)
Acta firmada en la villa de Cunduacán
(18 August 1836)
Acta firmada en el pueblo de Jalpa
(25 August 1836)
Reacción al pronunciamiento de Pechucalco
(28 November 1837)
Prevenciones del gobierno para el restablecimiento del orden
(31 May 1840)
Manifiesto de Francisco de Sentmanat
(25 May 1841)
Acta suscrita en Huimanguillo
(4 January 1843)
Acta de adhesión de la guarnición de Tabasco
(9 December 1844)
Decreto de la asamblea departamental de Tabasco
(16 December 1844)
Acta de la guarnición y del ayuntamiento de San Juan Bautista
(14 June 1845)
Pronunciamiento de Traconis con la Guarnición de San Juan Bautista
(12 August 1846)
Acta del Ayuntamiento de San Juan Bautista
(12 August 1846)
Manifiesto y medidas adoptadas por el gobernador y comandante de Tabasco al ser invadido el estado por las fuerzas de Estados Unidos, 23 de octubre de 1846
(23 October 1846)
Artículos del pronunciamiento de San Juan Bautista, Tabasco
(19 November 1846)
Pronunciamiento de la guarnición de Tabasco
(19 November 1846)
Acta firmada en San Juan Bautista por el Contador-Tesorero
(20 November 1846)
Acta firmada en San Juan Bautista
(20 November 1846)
Acta de Cunduacán
(7 January 1847)
Pronunciamiento de San Juan de Tierra Adentro
(26 July 1851)
Pronunciamiento de San Juan Bautista
(26 January 1853)
Acta de San Juan Bautista
(26 December 1857)
Acta de Santiago de Teapa
(30 December 1857)
Acta de Huimanguillo
(31 December 1857)
Acta de la guarnición de San Juan Bautista
(5 February 1858)
El Estado de Tabasco ratifica su adhesión al plan de Tacubaya
(6 February 1858)
Acta firmada en el Pueblo de San Antonio de Padua
(8 February 1858)
Acta de adhesión al plan de Tacubaya, firmada en el pueblo de Cunduacan
(9 February 1858)
Acta de adhesión al Plan de Tacubaya, firmada en el pueblo de San Isidoro de Comalcalca
(11 February 1858)
Acta firmada en la villa de Tacotalpa
(13 February 1858)
Acta levantada en el pueblo de San Fernando
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Acta levantada por los vecinos de Huimanguillo

12 August 1834

Region: Tabasco
Place: Huimanguillo

Pronunciamiento text

Acta levantada por los vecinos de Huimanguillo, 12 de agosto de 1834

Señor jefe político del cantón y municipalidad de este pueblo:

Los que suscriben el presente ante vuestra señoría con el debido respeto y en la forma más competente que pueda autorizar la ley dicen con la debida sumisión que habiendo dispuesto representar ante el supremo gobierno del estado con vista de los respectivos documentos sobre los daños y perjuicios que les ocasionaron en esta jurisdicción los sostenedores de las frecuentes atrocidades que bajo el nombre sagrado de las leyes y la liberación tuvieron sistemada por algún grupo hasta que la aurora de la verdadera libertad manifestó su luz radiante en nuestro suelo, teniendo el honor de acompañar debidamente a vuestra señoría los expresados documentos que se indican para que de conformidad con la justicia y lo que demarca el dicho de petición cuando por el se manifiesta la voz imperiosa de los pacíficos ciudadanos y la razón fundada contra las arbitrariedades y el despotismo recibe la presente al conocimiento de honorable congreso del estado con el informe enérgico que vuestra señoría estime conveniente.

Este negocio señor jefe y municipalidad es la mayor importancia para que el soberano poder legislativo se instruya de las calamidades que ha sufrido este cantón y como en lo particular aparezcan justificados las vejaciones y perjuicios sufridos a consecuencia del desorden tiránico con que por tanto tiempo se ofendieron las leyes en este infortunado pueblo, los que sobreviven frecuentan a vuestra señoría el expresado informe escueto y circunstanciado como lo demanda la veracidad y fraternal procedimiento que se requiera de vuestra señoría en el asunto.

No puede haber verdades más notorias que los procedimientos de los pasados funcionarios en la maltratada época que a la sombra de las prescripciones y sostenimiento de la forma de gobierno, violaron las propiedades, saquearon las habitaciones y cometieron otros lamentables excesos todo por medio de los cívicos que alucinaban. Vuestra señoría sabe muy bien la disolución y desconcierto que los pueblos se mantuvieron así como el bienestar de una porción de pueblos que tiene a la vista el horroroso cuadro que representa hasta hoy el comportamiento de aquellos mandatarios por la devastación y el exterminio con que labraban nuestra ruina, y finalmente los despojos y multas que el alcalde primero don Francisco Ficachi hizo con desacato de las leyes así como los demás actos despóticos que don José Bruno Ficachi, don Pomposo y don Pánfilo Maldonado sostuvieron escandalosamente y por lo mismo creemos de rigurosa justicia que aquellos señores nos satisfagan plenamente de cuantos daños y perjuicios ocasionaron aprobada nuestra petición por el supremo gobierno con el informe de vuestra señoría a quienes precisamente debe cometerse la calificación debida para el pago o remuneración que atenta y respetuosamente pedimos.

Las cartas redactadas así como el expediente que los rigoriza en su formación legal dan una idea completa del estado de abatimiento en que se vieron las personas, familias y propiedades de los que ahora representan y todo reclamo de la consideración benigna del honorable congreso del estado de cuya benevolencia y atención nada dudamos y por lo tanto siendo el referido informe de vuestra señoría consistente a nuestra solicitud será prácticamente favorable el superior decreto en nuestro favor y el de la justicia competentemente imploramos.

Llegó el tiempo respetables autoridades en que los verdaderos amantes de las leyes y sostenedores del buen orden eleven su voz representando sus deseos ante la majestad del poder y de la soberanía del estado veracruzano y los delitos producidos por la mano despótica de los pasados funcionarios deberán ser expuestos por vuestra señoría en el presente asunto con la atención que se considere necesaria. Queremos en fin que la verdad a que dan materia los hechos de los pasados funcionarios origen de nuestros padecimientos sean pintados bajo los coloridos más patrióticos y para que sujetándolos en su verdadera esencia a los razonamientos autorizados que emanen de su notoria rectitud de inteligencia de vuestra señoría sean atendidos del modo que deseamos pidiendo por el órgano legal y demarcado por la ley.

Esto es lo que imploramos y con tan importante negocio tenemos el honor y complacencia de protestar vuestra señoría nuestro respeto y obediencia.

Huimanguillo, agosto 12 de 1834.

Bonifacio Calderón; Enrique Brito; José María Calderón; Julián Isidro; por no saber firmar; Julio Brito, Severino Brito, Antonio García, Felipe García, Leandro Breda, Pedro Brito, Calixto Broer, al firme por ellos, Francisco Brito; Juan Brito; Ponciano Pares; Isidro Gerónimo; Cirilo Peres; Santiago Cupido; Felipe Isidro; a ruego de los antes [ilegible] José María Calderón; José María García; a ruego de Ángel Buida, José María García; Manuel Ramos; a ruego de Mariano Peres, Sebastián Gallegos; a ruego de José Ariva, Manuel Zamora; Juan Deciderio Palma; Doroteo Palma; Antonio Palma; José Chablé; Manuel Chablé; Tomas Ruiz; Julio Morales; Fernando Ordoña; Pedro Sanches; a ruego de Abelino Ramos, Tiburcio de la Cruz; Pablo Santiago; Cleto Aguilar; Doroteo Barrojo; Eustaquio Morales; Pascual Aguilar; Guillermo Rodríguez; Seberino Peres; Gervacio Peres; Manuel Morales; Manuel Ramos; a ruego de los ciudadanos: José Norverto Osorio, Pedro Pablo Osorio, Feliciano Acosta, José Nares y Vicente Días y Teodoro Escudero; Juan Ferrer.

Context

This is a follow-up pronunciamiento, in which the pronunciados justified their call of 24 June 1834 to have local tyrants, brothers Francisco and José Bruno Ficachi, and brothers Pomposo and Pánfilo Maldonado, expelled from the region. As can be seen from the related documents included below, the community of Huimanguillo succeeded in forcing the Brunos and the Maldonados out of the area as well as disarming the local militias that backed them.

WF

Notes

AGN: Gobernación, 1834, s/c, caja 4, expediente 5.

Also in Josefina Zoraida Vázquez (ed.), Planes en la nación mexicana. Libro dos: 1831-1834 (Mexico City: Senado de la República/El Colegio de México, 1987), pp. 435-437.

Transcribed by Natasha Picôt and Revised by Will Fowler.

Original document double-checked by Germán Martínez Martínez on 04/03/2009. Colección Josefina Z. Vázquez/Planes y Documentos, 1834 (III), Archivo Histórico del Colegio de México, Caja 11.

Participants (53):

Signatory role:
Feliciano Acosta
Cleto Aguilar
Felipe Aguilar
Pascual Aguilar
Francisco Alamilla
Doroteo Barrojo
Leandro Breda
Enrique Brito
Juan Brito
Severino Brito
Ángel Buida
Bonifacio Calderón
José María Calderón
Manuel María Camacho
José Chablé
Tiburcio de la Cruz
Santiago Cupido
Juan Desiderio Palma
Vicente Días
Teodoro Escudero
Juan Ferrer
José Flores
Sebastián Gallegos
Antonio García
Felipe García
José María García (Tabasco)
Isidro Gerónimo
Francisco Halamilla
Felipe Isidro
Julián Isidro
Francisco Ledesma
Eustaquio Morales
Julio Morales
Manuel Morales
José Nares
Fernando Ordoña
Pedro Pablo Osorio
Antonio Palma
Ponciano Pares
Cirilo Pérez
Gervasio Pérez
Severino Pérez
Mariano Pérez (Tabasco)
Abelino Ramos
Manuel Ramos
Guillermo Rodríguez
Tomás Ruiz
Pedro Sánchez (Tabasco)
Pablo Santiago
Juan José Sosa
José Maria Vidal
Manuel Zamora (Tabasco)
Secretary and signatory role:
Tomás Nieto y Castillo

Related pronunciamientos

Parent pronunciamientos
Acta levantada por los vecinos de Huimanguillo (reactive-cum-proactive, supporting)
24 June 1834 ; Huimanguillo, Tabasco

Pronunciamiento grievances

Local (against Francisco Ficachi, José Bruno Ficachi, Pomposo Maldonado and Pánfilo Maldonado)

Proactive

Civilian

Other (Deal with civic militas)

Related documents

Assessment of Acta levantada por los vecinos de Huimanguillo
Francisco Ledesma
24 September 1834

Decision to disarm local militias
Francisco Ledesma
16 September 1834

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