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Modificaciones al Plan de Perote
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(17 December 1829)
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(28 December 1832)
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(23 May 1834)
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(2 June 1834)
Acta del ayuntamiento de San Nicolás Nochixtlán
(19 June 1834)
Pronunciamiento de la guarnición del estado de Oaxaca
(19 June 1834)
Acta del pronunciamiento en la villa de Etla
(19 June 1834)
Acta de la reunión de vecinos del barrio de Analco
(22 June 1834)
Pronunciamiento de la guarnición de Jamiltepec
(24 June 1834)
Acta de jefes y oficiales de la 2a sección de operaciones de Tehuantepec
(26 June 1834)
Acta del ayuntamiento, milicia cívica, gobernador y vecinos de Jamiltepec
(1 July 1834)
Acta del pronunciamiento de la ciudad de Oaxaca
(1 June 1835)
Representación de los ciudadanos de Oaxaca
(23 August 1835)
Plan del pronunciamiento del coronel José María Payán
(5 June 1836)
Pronunciamientos de jefes y oficiales de Oaxaca
(18 September 1841)
Pronunciamiento de la estancia de Juchitán
(20 October 1841)
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(17 December 1842)
Acta de la junta del departamento de Oaxaca
(18 December 1842)
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(21 December 1842)
Acta del pueblo de San Pedro y San Pablo Teposcolula
(21 December 1842)
Acta de la prefectura de Oaxaca
(21 December 1842)
Acta de la villa de Santa María Teotzapotlán Zaachila
(21 December 1842)
Acta del pueblo de Santa María Ejutla
(24 December 1842)
Acta de Tuxtepec
(25 December 1842)
Acta de Tlaxiaco
(25 December 1842)
Acta levantada en San Pedro de Pochutla
(1 January 1843)
Acta levantada en Santa María de Oaxaca
(1 January 1843)
Acta de Amapa y varios pueblos
(1 January 1843)
Acta firmada en el pueblo de San Jerónimo Coatlán
(6 January 1843)
Acta del pronunciamiento del ayuntamiento de San Pedro Apóstol Totolapa
(6 January 1843)
Acta del ayuntamiento de Ihualtepec
(8 January 1843)
Acta levantada en la villa de Tehuantepec
(30 November 1844)
Decreto de la asamblea departamental de Oaxaca
(7 December 1844)
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(16 January 1846)
Acta de la villa de Huajuapan
(18 January 1846)
Acta levantada por la guarnición y el pueblo oaxaqueño
(9 August 1846)
Acta de los jefes y oficiales retirados
(12 August 1846)
Acta de adiciones al pronunciamiento de las fuerzas de la Guarnición del estado de Oaxaca
(15 February 1847)
Pronunciamiento de Oaxaca
(16 February 1847)
Decreto de la legislatura de Oaxaca adhiriéndose a la decisión del presidente Ceballos de secundar el Plan de Guadalajara
(25 January 1853)
Acta firmada en el fuerte de Santo Domingo en Oaxaca
(25 January 1853)
Plan del fuerte de San Francisco en Oaxaca
(26 January 1853)
Manifiesto del comandante general de las armas del departamento de Oaxaca
(10 March 1854)
Alcance al número 52 del periódico oficial del gobierno de Oaxaca
(17 April 1854)
Acta levantada en la villa de Huajuapan de León
(16 December 1855)
Acta de la guarnición de Tehuantepec en la que protesta su adhesión al gobierno constituido
(28 November 1856)
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(20 December 1858)
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Plan de la Noria
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Pronunciamiento de Oaxaca

16 February 1847

Region: Oaxaca
Place: Oaxaca

Pronunciamiento text

Pronunciamiento de Oaxaca, 16 de febrero de 1847

En la capital del estado libre y soberano de Oaxaca, a los dieciséis días del mes de febrero de mil ochocientos cuarenta y siete, reunidos en la alameda

de Guadalupe los que suscribimos como comandante general del estado del uno, y como jefe de las fuerzas pronunciadas ayer el otro: considerando las funestas consecuencias que debería producir la continuación de una guerra civil: que el objeto del pronunciamiento verificado en el fuerte de Santo Domingo no ha sido de ningún modo desconocer al gobierno supremo de la nación, ni procura una escisión del estado, sino solo remediar los males que ese mismo estado sufría en lo económico de su administración y que se respeten las garantías concedidas por la constitución general y la particular del estado, y que esta contribuya para los gastos indispensables de la guerra del norte; pero de una manera equitativa y justa, convenimos y protestamos de la manera más solemne por sí y en nombre de ambas fuerzas beligerantes, sostener todos y cada uno de los artículos del plan proclamado el día 15 del corriente en el fuerte de Santo Domingo de esta ciudad con las modificaciones y adiciones siguientes:

Primera. — Quedan suprimidos los artículos 3° y 9°.

Segunda. — En lugar del articulo 4° se sustituya el siguiente: se suspenden en el Estado de Oaxaca los efectos de la ley de 11 de enero último, sobre ocupación de bienes de manos muertas, y se reserva a la legislatura del mismo estado resolver lo conveniente sobre esta materia, principios constitucionales y de justicia con las circunstancias del mismo estado y las urgencias y necesidades del gobierno general, respecto del norte.

Tercera. — En vez del articulo 8° se sustituye el que sigue; Los jueces de primera instancia y demás funcionarios públicos con excepción del gobernador del centro, que en el acto será remplazado con arreglo a las leyes por la persona que designe el encargado del poder ejecutivo, continuarán en sus funciones ínterin las autoridades que nuevamente se nombren disponen lo conveniente.

Cuarta. — Los cuerpos de guardia nacional existentes en el estado quedan a disposición del poder ejecutivo del mismo con arreglo a las leyes de su creación, y la clase de tropa de la misma guardia, en libertad por esta sola vez para pertenecer a los cuerpos que eligieren.

Quinta.— Continuará en la comandancia general del estado, como hasta aquí el coronel don Juan Díaz.

Sexta.-—Se garantiza el empleo a todos los señores jefes y oficiales y tropa de ambas fuerzas beligerantes, y la libertad y consideración a aquellos que no gusten adherirse al presen¬te plan, sin que ninguno pueda ser molestado por la conducta que haya tenido respecto del actual pronunciamiento, ni perseguida en el estado por solo sus opiniones políticas perso¬na alguna.—Juan Díaz. — Fernando Martínez.

Participants (2):

Signatory role:
Juan Díaz
Fernando Martínez

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