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(9 August 1840)
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Pronunciamiento de la guarnición de Morelia
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(4 October 1841)
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(5 October 1841)
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(7 October 1841)
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(9 October 1841)
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(15 December 1844)
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Pronunciamiento de Turicato

9 August 1840

Region: Michoacán
Place: Turicato

Pronunciamiento text

Pronunciamiento de Turicato, Michoacán, 9 de agosto de 1840

El ciudadano Rafael María Degollado soldado del pueblo y comandante en jefe de la división federal a los habitantes del sur de Michoacán

Persuadido de que la neutralidad es uno de los medios con que a la sociedad se acarrean males incalculables, porque prestándose por algunos individuos recursos a uno y otro partido se prolongan los errores de la guerra civil, queriendo por otra parte que todos se decidan enteramente a sostener la clase de gobierno que a su interés convenga o les parezca más justo, para que después de terminada la cuestión no pretendan ser partícipes en los derechos que con exposición de sus vidas e intereses, han conseguido los que actualmente sostienen la causa de la libertad, he venido en acordar a pedimento de todos los que componen esta división y de conformidad con el Sr. D. Gordiano Guzmán los artículos siguientes:

Art. 1˚. La patria llama a las armas a sus hijos para restablecer el sistema federal, defender su seguridad y sus propios intereses.

2°. El que no protegiere tan santos objetos perderá los derechos que tenga en los derechos que posea.

3°. Los pueblos que se adhirieren al restablecimiento del sistema federal repondrán sus autoridades constitucionales, levantarán sus actas, y las remitirán al jefe del ejército más inmediato dentro del término de ocho días de publicada esta prevención.

4°. Cualquiera autoridad que después de declarada libremente por su justa causa prestare auxilio de cualquiera especie a los enemigos de la libertad de los pueblos, aun por la fuerza será considerada como traidora y tratada con arreglo al artículo 2˚.

5°. Las autoridades civiles y militares de lo pueblos pronunciados no permitirán la existencia de algún desertor dentro de los dominios de su mando, ya sea de los enemigos de los libres, antes si, los recogerán y remitirán del punto en que se encuentren, al ejército federal.

6˚ El que no cumpliere exactamente con el anterior artículo será considerado en los mismos términos que los comprendidos en el artículo 4˚.

7˚. Toda clase de ciudadanos perderán esta nota en el acto de declararse por la federación.

8˚ Los individuos a quienes se contrae el antecedente artículo que no se unan a la causa abiertamente y sin ambigüedades, serán refractarios de la libertad y por lo mismo comprendidos en el artículo 4˚.

9˚ Así que los pueblos se hayan declarado con arreglo al artículo 3˚ harán levantar sus milicias nacionales, y reunidos nombrarán sus milicias nacionales, y reunidos nombrarán sus oficiales y jefes dando cuenta en el acto a esta comandancia para saber la fuerza de armas y de municiones con que cuenta cada uno y para que llegue a noticia de todos y no aleguen ignorancia, mando se publique por bando en este pueblo, y en todos los demás lugares que se hallen libres de la opresión.

Cuartel general en Turicato, 9 de agosto de 1840.

Rafael Maria Degollado

Por mandado de S.S. Manuel Carvajal, secretario

Es copia que certifico. Comandancia de Corucupacéo 18 de agosto de 1840.

[a] Juan Gamiño

Context

This is a pronunciamiento de adhesión, in which the pronunciados offered their support and allegiance to Gordiano Guzmán and the federalist/agrarian cycle of pronunciamientos he initiated with his Plan of Aguililla of 1 December 1837 and which he continued to sustain for four years, conducting a campaign of guerrilla warfare and hit and run operations from the Sierra in rural Michoacán and Jalisco. Guzmán’s long-drawn out agrarian revolt of sorts did not end until 24 February 1842, when he finally handed himself in, making the most of a general amnesty Santa Anna’s government offered him.

WF

Notes

AHSDN: XI/481.3/1577, f. 232.

Also in Josefina Zoraida Vázquez (ed.), Planes en la nación mexicana. Libro tres: 1835-1840 (Mexico City: Senado de la República/El Colegio de México, 1987), p. 196.

Transcribed by Natasha Picôt and Revised by Will Fowler.

Original document double-checked by Natasha Picôt 21/1/09. COLMEX: J. Z. Vázquez Planes y documentos, Caja 19, Exp. 8, f. 1.

Participants (3):

Unknown role:
Gordiano Guzmán
Leader, author and signatory role:
Rafael María Degollado
Secretary and signatory role:
Manuel Cavero Carvajal

Related pronunciamientos

Parent pronunciamientos
Pronunciamiento federalista de Aguililla (reactive-cum-proactive, supporting)
1 December 1837 ; Aguililla, Michoacán

Pronunciamiento grievances

National (federalist, anti-government)

Local (federalist, anti-government)

Political (federalist, anti-government)

Proactive

Military (regular army)

Other (Secure army payment)

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