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(31 May 1835)
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(31 May 1835)
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(1 June 1835)
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(1 June 1835)
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(2 June 1835)
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(2 June 1835)
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(2 June 1835)
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(2 June 1835)
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(2 June 1835)
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(2 June 1835)
Representación dirigida al presidente de la república
(3 November 1837)
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(11 December 1844)
Decreto de la asamblea departamental de Zacatecas
(19 December 1845)
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(12 August 1846)
Decreto del Congreso de Zacatecas
(7 February 1847)
Acta firmada en Ojo Caliente
(27 November 1853)
PLAN PRONUNCIAMIENTO DE SAN FRANCISCO DE LOS ADAME
(13 June 1876)

Representación dirigida al presidente de la república

3 November 1837

Region: Zacatecas
Place: Zacatecas

Pronunciamiento text

Representación dirigida al presidente de la república, 3 de noviembre de 1837

Representación dirigida al Excmo. Sr. presidente de la república, sobre la necesidad en que se halla la nación de restablecer la constitución de 1824, con las reformas que se convoque extraordinariamente para el mismo efecto.

Excmo. Sr.:

Días hace que los zacatecanos más ofendidos quizá que el resto de sus hermanos en la República, habrían levantado su dolorida voz para llevar la relación de sus infortunios más allá del pueblo que los reporta sin culpa suya; pero el temor de las persecuciones más o menos directas que se suceden a la enérgica manifestación de la verdad, ha retenido el noble uso de una facultad que les garantizara un pacto social cualquiera que llevase la forma de gobierno representativo popular tan blasonada en la nación. Ellos Sr. Excmo. guardarían el pavoroso silencio que les impuso el malhadado suceso del 11 de mayo de 1835; pero se atreven a romperlo fiados en la solemne declaración que hizo V.E. en su alocución de 19 de abril último relativa al convencimiento en que se halla de que las opiniones no constituyen los delitos ni que ellas servirán de motivo para las penas, y alentados además con el grito herido de la saña razón que condenan los desaciertos o más claro, los errores voluntarios de una minoría astuta de mexicanos que a virtud de artificios que ya nadie desconoce, cambió desde esa capital la forma de gobierno que hacía 11 años regía a los pueblos, cuyos destinos quieren estos relegar en manos de V.E. deseosos de que por este medio obtendrán una suerte menos penosa que la que desgraciadamente los está aproximando a una completa disolución.

V.E. recordará que desde el año de 1833 ya había conatos muy pronunciados para destruir las instituciones establecidas en 1824 y que muchas de las personas que formaron y después consumaron ese fatal designio, son las mismas que en otra época hicieron confinar a V.E. a la fortaleza de Acapulco, pero que como no podían llevar adelante aquel proyecto, sin destruir antes a los estados que sostenían el equilibrio político de la nación, se decidieron por batirlos en detalle bajo pretextos insidiosos de los que al fin fueron víctimas a su turno Puebla, Michoacán, San Luis, Jalisco y además el de Durango y otros que se hicieron entregar de intento al furor de asonadas populares, a efecto de reducirlos a la debilidad e impotencia que era necesaria para asegurar un golpe al parecer decisivo contra el sistema federal tan injustamente vilipendiado. Desarmados y aun oprimidos cuasi todos los estados a virtud de los diversos medios que se pusieron en acción, no quedó en pie más que el de Zacatecas, único baluarte que tenía la constitución de 1824 a la entrada del año de 1833 y por consiguiente el único punto también a donde se fijaron las miradas del general don Antonio López de Santa Anna, quien con el doble carácter de presidente de los estados, no solo se prestó a complacer a sus antiguos cuanto jurados enemigos, sino que rompiendo los títulos que le dieron el honroso puesto que ocupaba, consumó la perfidia más atroz, y dio a la nación el ejemplo funesto de una ingratitud no imaginada quizá, ni aun por el más insignificante mexicano. Los zacatecanos Sr. no quisieran acordarse de un comportamiento tan vergonzoso, pero como él es el origen de los infortunios de Zacatecas y de las desgracias que lamenta la nación toda, no es fácil excusar la reseña a la vez que un deber imprescindible exija la exactitud de los hechos cuya fiel referencia seguirá siendo la materia de esta franca exposición, no sin tormento de los sujetos que tienen la honra de dirigirla. Aunque ya no estaba V.E. en la República cuando se meditó en el gabinete, la ruina de Zacatecas, probablemente llegarían a su noticia los medios que se adoptaron para llevarla a efecto. Bajo las apariencias legales de una reforma en la milicia cívica, solo se trató de afectar los intereses más caros de un estado que llenaba con exceso los deberes de su competencia. Al fin se hizo ostensible el plan y el designio de destruir a la seguida de su ejecución, el régimen federal. Ambas ideas aparecieron juntas porque en efecto, sin extinguir la milicia cívica bajo el pretexto de reformarla, y sin aniquilar a Zacatecas, no era tan fácil reducir a los pueblos al solo vacío que apenas llena el sentimiento de un bien perdido que quizá no acertaron a conocerlo tanto, como después que han sufrido y sufren los males que forman diariamente el acompañamiento de las amargas pruebas por que están pasando para llegar a un objeto destituido hace tiempo aun de la ilusión mas débil.

Al gobierno de Zacatecas se le representó desde entonces el cuadro melancólico en que iba a ser colocado este pueblo no sin razón envidiado, pero no le bastó llevar su impresión al gabinete, por que el más patético e irresistible convencimiento, no obtuvo sino repulsas que dieron a entender de un modo claro, la irrevocable resolución de erigir en Zacatecas con el plomo y el acero la tumba de la federación. Se puso tan de manifiesto esta intención, que diez días antes que se sancionase el decreto para la pretextada reforma, se dieron las órdenes relativas a los aprestos militares sobre Zacatecas, cuyo territorio se invadió luego con el objeto de impedir la defensa que hacía necesaria la actitud hostil que se preparaba. Sin saberse aun, si el estado haría el último cuanto noble esfuerzo de sostener sus derechos, y con ellos los de todos los pueblos del suelo mexicano que atacaba sin disfraz una llamada ley todavía sin la sanción ostensible del ejecutivo; pidió el general Santa Anna al congreso, el permiso de estilo para tomar el mando del ejercito destinado a venir a cumplir su voluntad sobre un pueblo inocente, y contra unas autoridades y ciudadanos, acusados por cálculo de una rebelión difícil de justificarse. Bien sabía aquel jefe que este estado era el menos contra el que podían aventurarse imputaciones de ningún genero, pero como el presidente tal vez aspiraba a reasumir un poder de funesto ensayo en otro tiempo, apuró todos los recursos que le sugirió su genio y sus deseos para hacer salir de los estados de Veracruz, Puebla, México, Michoacán, Querétaro, Guanajuato, Jalisco, San Luis y Durango, todos los cuerpos veteranos y activos, que formaron el ejército a cuya cabeza vino a ostentar una victoria oprobiosa, si es que ya llegó el tiempo de calificar con su propio nombre, la destrucción de un país que no tenía más delito que la prosperidad de que gozaba. Los zacatecanos se excusan hoy más bien por decoro que por temor, de referir los pormenores de una campaña sin gloria, y cuyo suceso por más que se haya lisonjeado en pomposos partes, estuvo muy distante de producir aquella satisfacción nacional que en vano se intentó infundir con los festejos de una corte desde donde se insultó a los pueblos con los cantos de un triunfo obtenido sobre ellos, sobre sus derechos, sobre una constitución que llevaba once años de existencia, sobre individuos en fin de una misma familia y tan cumplidos en el desempeño de las obligaciones sociales, que aun su inesperado vencimiento hizo brillar el mérito de sus servicios, y la justicia de la causa que se intentó sepultar en el campo de Guadalupe. ¿Y cuál ha sido el resultado de tan funesto suceso? El más adverso que pudo imaginarse y ve V.E. descorrido en toda la extensión de la República que gobierna más bien por el afecto de los pueblos, que a virtud de las leyes que han convertido la presidencia en un honroso cautiverio... Pero ya que hemos llegado aunque de prisa, al punto hacia el que se dirige el movimiento social que se observa en todas partes, no estará por demás presentar a V.E. una idea de la manera con que se obró por acá el prodigioso cambio de gobierno de mucho tiempo atrás meditado, y contra el que al fin se han estrellado todos los cálculos políticos que parecían mejor combinados y que en realidad no fueron más que el efecto de una ilusión tan pasajera como la victoria que la hizo concebir. E.U. sin embargo alentó el espíritu de novedad de un ministro favorito, y produjo el plan que hizo ostensible el ayuntamiento de Orizaba el 19 de mayo del citado año de 1835. Remitido el 23 por el ministro al jefe militar que gobernaba este estado quien lo recibió el 30, hizo luego redactar la minuta en una acta que se puso en manos del presidente del ayuntamiento para que hiciese lo mismo que se previno al de Orizaba. En efecto aquel funcionario poniendo en práctica las órdenes que se le comunicaron, reunió el ayuntamiento al que incorporó unos cuantos vecinos a quienes se les leyó la expresada acta para que la suscribiesen sin réplica, como lo hicieron entre ellos aun los empleados domésticos de la casa del estado y el cabo de los guardas serenos que se hallaba cuidando del aseo de los faroles del alumbrado. La ciudad por supuesto ignoraba que se había tratado de tan estupendo negocio, pues aunque para proteger la libre manifestación del acto se distribuyeron dos batallones en fuertes patrullas, no se despertó por esto la atención de la mayoría de los vecinos hasta que un sencillo repique y la intimación de los agentes de policía para que se adornasen e iluminasen las casas, bajo la pena de cinco pesos de multa, la hizo entender que desde ese día ya comenzaba a regir el centralismo. Un correo extraordinario llevó a esa capital la noticia de tan voluntaria sumisión en favor del nuevo régimen, y con la misma rapidez se previno a los demás ayuntamientos del estado que imitasen el modelo de Zacatecas; y he aquí los medios por los cuales se suplantó el voto de los pueblos que después se supuso tan pronunciado por la variación del sistema. ¿Pero que extraño es que por acá se hubiera obrado de esa manera, cuando en la misma capital de la República se trató seriamente de juzgar como a sediciosos a los promovedores de un movimiento semejante y el que sin embargo se tituló pronunciamiento?

Asombra ciertamente Sr. Excmo. que tales desórdenes o si se quiere, que unas condescendencias arrancadas de los ayuntamientos en momentos de pavor, sirviesen de fundamento para calificar de explícita la voluntad de los pueblos en favor del centralismo. ¿Quién había de creer que el congreso que en marzo de 1835 declaró que sus facultades solo se extendían a reformar y no a destruir la constitución de 1824 esperaba únicamente la derrota de Zacatecas para levantar sobre ella la omnipotencia de que se invistió después para quitar a los pueblos esa misma constitución cuyas bases juró respetar? ¿Podría imaginarse siquiera que la misma pluma que en diciembre de 1832 escribió que la nación solo hablaba y manifestaba su voluntad por sus órganos legítimos que eran las legislaturas de los estados, había de reconocer después por tales el esforzado de unos cuantos ayuntamientos cuya voz no fue en manera alguna la de los pueblos que representaba? ¿Y como en fin pudo el Sr. Tagle olvidar tan pronto aquella verdad que hizo gravar profundamente en el corazón de los mexicanos sobre que destruida violentamente una constitución (aunque sea con designio de mejorarla), con la misma facilidad se destruye otra y otras, hasta quedarse sin ninguna, sirviendo la violación primera de pretexto legal para las revoluciones subsecuentes? ¡Ah! valga la verdad, añadiremos con el mismo Sr., no se quisieron enmendar los defectos de la Constitución, sino atacar las bases que la nación quiso fuesen indestructibles obligándola que sea lo que no quiere ser.

En efecto señor la nación fue obligada a recibir un ser que solo deseaban el autor o autores de las siete leyes llamadas constitucionales en las cuales solo se vincularon las conveniencias personalísimas de un pequeño número de individuos. Dictadas por una corporación cuya facultad de constituir se ha controvertido constantemente, no han podido tener ni tienen la estabilidad que se quiso inspirarles. Mas si a pesar de este vicio tan remarcable y que ya nadie desconoce, hirieran la felicidad del país, los zacatecanos callarían, y ni aun sus suspiros saldrían del rincón en que yacen despreciados, pero después que vieron desaparecer todas las considerables existencias que encerraban los almacenes de guerra que tenían el estado y cerca de dos millones de pesos que una diligente administración logró hacer producir en el Fresnillo, y con el buen arreglo de las rentas públicas, justo es lamentar el costoso sacrificio que debe tener siempre a la vista el ilustre mexicano en quien los pueblos vinculan su bien estar. Restitúyales V.E. lo que genios impetuosos y una mano terrorista les quitó en 1835. Reflexione V.E. el peligro que corre la unidad de la nación, si un pundonor caprichoso y en extremo perjudicial a los intereses comunes lleva adelante la falta máxima de no volver atrás aun cuando lo exija la suprema ley, y lo pida a gritos la razón. Fije V.E. los ojos en la noble senda que está marcando el buen sentido de los mexicanos y comunique de una vez el impulso que le permite la importante posición en que lo colocaron no las leyes (repetimos) sino las esperanzas más lisonjeras que los pueblos concibieron desde que V.E. regresó a su patria infortunada. Una revolución verdaderamente filosófica se desenvuelve a vista de V.E. En ella no recibirán más que las sensaciones de gozo el pacifico labrador, el tímido propietario, el activo comerciante, el industrioso artesano, el... pero para que seguir la perspectiva cuando V.E. tiene el tino necesario para conocer la diferencia de un resultado semejante, respecto del que de ordinario producen las revueltas tumultuarias. ¿Será justo dar lugar a que la miseria pública, la desesperación y una agitación peligrosa animen de otra manera el sosegado cuanto expresivo clamor de los pueblos? Es ciertamente un error demasiado funesto creer que la inercia y el sufrimiento son los signos de un estar pacífico, o los caracteres de la aquiescencia respecto de un orden de cosas y que se quiere que exista en pugna abierta con las exigencias sociales y el progreso de las ideas que no es fácil tener mucho tiempo en retroceso.

Los que suscriben esta exposición conocen hasta donde pueden, todas las dificultades que desde luego se presentan para la reorganización de la República, pero no habiendo más arbitrio en su concepto que el de escoger entre ellas las más posibles de vencerse, se acertará con el único medio en que es preciso fijar la suerte futura de la nación. ¿Y donde está este medio? En V.E. mismo a la vez que las circunstancias, la opinión y el voto público lo ponen en sus manos, así es que sólo falta desarrollarlo de una manera solemne, lo que se podrá hacer en los mismos o en semejantes términos que los que suscriben se atreven a proponer a V.E. usando el derecho de petición que ni aun en el estado de pura naturaleza, se les debería rehusar:

Art. 1o. Cesan las leyes constitucionales de la República y todas las que tienen relación con ellas, publicadas desde el mes de octubre de 1835.

Art. 2o. Un nuevo congreso compuesto de diputados nombrados popularmente, será llamado a reformar la constitución de 1824, sin otros límites que los que prescribe el artículo 171 de la misma constitución.

Art. 3o. El Excmo. Sr. general don Anastasio Bustamante continuará en el ejercicio de la presidencia de la república.

Zacatecas, noviembre 3 de 1837.

Lic. Juan G. Solana, Lic. J. Viviano Beltrán, Carlos Santillan, Luis G. Solana, Cayetano Guerrero y Guzman, Marcos de Esparza, Lic. J. Maria Tello de Orosco, Felipe Diaz Gonzalez, Vicente Alcantra, Cayetano Martinez de Murguia, Lic Joaquin Calderón, Mariano Dario Fernandez Sansalvador, Lic. Rafael de las Piedras, Pedro Martinez, Manuel Abreu, Roque José Chaves, Leonardo G. Cocio, José María Mora, J. Dolores Avalos, Lino García, Victoriano Zamora, Francisco Hernández, Lic. Caciano Gonzalez Vayas, Luis Colotan, Salvador Abral, José Alatorre, Eugenio Castro, José María Ocampo, Antonio Clavo, Manuel Aguilar, José María Cuellar, José María Mercado, Jesús Valdez, José Santiago Codina, Mucio Torres, José Inez Villagrana, Agustín de Castillo, Manuel G. Cocio, Juan Pedro Garcia, Trinidad Castañeda, Juan Manuel Rada, José Gregorio Ferniza, Manuel Valdes, José Hilario Urquida, Manuel Echeverria, Francisco Camargo, Rosas Herrera, Navor Herrera, Esteven Alva, Porfirio Valdez, V. Carlos Ayala, Ramon Flores Alatorre, Joquin Campa, Atilano Luna, Manuel de Arriola, Basilo Arrieta, José Santos Fernizo, Jesus Valdes y Losane, Manuel Lara, J.Antonio Campa, Mariano Montes, Froyalan Martinez, Pablo Vences, P.Pablo Calvillo, Severo Arevalo, Antonio José Navarre, José Ines Burgos, Juan de la Torre, Rafael del Muro, José María Chaves, José María Flores, Antonio Montoya, Anizeto Villagrana, Catanino Pinedo, Proto Jacinto Perez, José María Ravago, José María Larrañaga, Ruperto Diaz, Ignacio Chavez, Felipe G. Veyna, Juan José Perez, Antonio Luevevano, Anizeto Flores, Buenaventura Macias, Fabian Barzena, Martín Rincon, Juan Bautista Zuñiga, Vicente Mora, Cieto Pinedo, Lorenzo Jovar, Andres del Real, Jesus Ortega, Librado Escobedo, Mariano Larrañaga.

Aguascalientes año de 1837.

Impresa por José María Chaves.

Context

This is a representation, not a pronunciamiento. It contains no explicit or implicit threat of insubordination. It even uses the term “pronunciamiento” negatively: “cuando en la misma capital de la República se trató seriamente de juzgar como a sediciosos a los promovedores de un movimiento semejante y el que sin embargo se tituló pronunciamiento.” However, as was the case with the earlier “Exposición de la junta departamental de Durango a Anastasio Bustamante” of 30 October 1837, and the corpus of “exposiciones” and “representaciones” other departmental juntas launched over the next few months, it remains the case that a significant number of federalist provincial corporations adopted the pronunciamiento dynamic of circulating their reasoned demands for constitutional change in the hope that were enough of these to do be made, the President would have no choice but to listen to the voice of the provinces and restore the 1824 charter.

WF

Notes

AHSDN: IX/434.3/1315, ff. 26-31.

Also in Josefina Zoraida Vázquez (ed.), Planes en la nación mexicana. Libro tres: 1835-1840 (Mexico City: Senado de la República/El Colegio de México, 1987), pp. 119-121.

Transcribed y Germán Martínez Martínez and Revised by Will Fowler.

Original document double-checked by Natasha Picôt 12/1/09. COLMEX: J. Z. Vázquez Planes y documentos, Caja 16, Exp. 2, f. 1.

Participants (94):

Signatory role:
Salvador Abral
Manuel Abreu
Manuel Aguilar
José Alatorre
Esteban Alba
Vicente Alcántara
Marcos Aldama
Severo Arévalo
Bacilo Arrieta
Manuel de Arriola (Chihuahua)
J. Dolores Ávalos
V. Carlos Ayala
Fabián Bárcena
Viviano Beltrán
José Inés Burgos
Joaquín Calderón
P. Pablo Calvillo
Francisco Camargo
J. Antonio Campa
Joaquín Campa
Trinidad Castañeda
Agustín de Castillo
Eugenio Castro
Ignacio Chávez
José María Chávez
Roque José Chávez
Antonio Clavo
José Santiago Codina
Luis Colotan
Leonardo G. Cosío
Manuel G. Cosío
José María Cuellar
Ruperto Díaz
Felipe Díaz González
Manuel Echeverría
Librado Escobedo
Mariano Darío Fernández Sansalvador
José Gregorio Ferniza
José Santos Ferniza
Aniceto Flores
José María Flores
Ramón Flores Alatorre
Juan Pedro García
Lino García
Casiano González Vayas
Cayetano Guerrero y Guzmán
Francisco Hernández
Nabor Herrera
Rosas Herrera
Manuel Lara
José María Larrañaga
Mariano Larrañaga
Antonio Luévano
Atilano Luna
Buenaventura Macías
Froilán Martínez
Pedro Martínez (Zacatecas)
Cayetano Martínez de Murguía
José María Mercado
Mariano Montes
Antonio Montoya
Vicente Mora
José María Mora (Yucatan)
Rafael del Muro
Antonio José Navarro
José María Ocampo
Jesús Ortega
Jacinto Pérez
Juan José Pérez (Zacatecas)
Rafael de las Piedras
Catanino Pinedo
Cleto Pinedo
José María Rábago
Juan Manuel Rada
Andrés del Real
Martín Rincón
Carlos Santillán
Juan G. Solana
Luis G. Solana
J. María Tello de Orozco
Juan de la Torre
Mucio Torres
Lorenzo Tovar
José Hilario Urquiza
Jesús Valdés
Manuel Valdés
Porfirio Valdés
Jesús Valdés y Losane
Pablo Vences
Felipe G. Veyna
Aniceto Villagrana
José Inés Villagrana
Victoriano Zamora
Juan Bautista Zúñiga

Pronunciamiento grievances

National (federalist, pro-government, anti-constitution)

Political (federalist, pro-government, anti-constitution)

Proactive

Civilian

Personal (in favour of Anastasio Bustamante)

Other (Pro reform of the 1824 constitution)

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