Pronunciamientos by region

Regions

Unknown region (3)

Abroad (4)

Aguascalientes (10)

Baja California (6)

California (9)

Campeche (15)

Chiapas (48)

Chihuahua (24)

Coahuila (33)

Colima (10)

Durango (26)

Estado de México (106)

Guanajuato (28)

Guerrero (73)

Plan de Iguala
(24 February 1821)
Plan de Chilapa
(13 January 1823)
Convenio entre Nicolás Bravo y Juan Álvarez
(13 April 1831)
Plan de Nuestra Señora de la Concepción Tonalapa
(11 February 1832)
Acta de Coatepec Costales
(11 February 1832)
Plan de Teloloapan
(12 February 1832)
Acta de San Simón Totoltepec
(13 February 1832)
Acta de Santiago Ixcatepec
(14 February 1832)
Acta del pueblo de San Juan Bautista Tlalchapa
(15 February 1832)
Acta del pueblo de Polixtla
(15 February 1832)
Acta de Cutzamala
(16 February 1832)
Acta de Tlapehuala
(17 February 1832)
Acta de Axuchitlan
(19 February 1832)
Acta de San Miguel Totoloapan
(21 February 1832)
Acta de la Hacienda de Cubo
(22 February 1832)
Acta de vecindario del Mineral de Tepantitlán
(23 February 1832)
Acta del Mineral de Tetela
(26 February 1832)
Plan de San Juan Bautista de Tehuehuetla
(28 February 1832)
Acta del pueblo de Señor San Francisco Huautla
(2 March 1832)
Plan de Tlacotepec
(3 March 1832)
Plan de Tetela del Río
(4 March 1832)
Acta del pueblo de Santa María Xochitepec
(5 March 1832)
Plan de San Pedro Pemapa
(5 March 1832)
Acta de Tetela del Río
(5 March 1832)
Acta del pueblo de Santo Tomás
(6 March 1832)
Plan de Santa María Xochicalco
(6 March 1832)
Acta del Tulaltongo
(6 March 1832)
Acta de San Miguel Xochitepec
(7 March 1832)
Acta de Almoloya
(13 March 1832)
Acta de San Pedro Cuagulotitlán
(15 March 1832)
Plan de Cuahuayutla
(25 May 1832)
Acta de la fortaleza de San Diego
(11 August 1832)
Pronunciamiento de la guarnición de Acapulco
(12 August 1832)
Acta de la villa de Chilapa
(20 June 1833)
Plan de conciliación del general Bravo
(2 December 1833)
Actas de Acapulco
(10 January 1834)
Plan de Huitzuco
(27 May 1834)
Acta del pueblo de Iguala
(27 May 1834)
Acta del ayuntamiento, el cura y el vecindario del pueblo de Tepecoacuilco
(29 May 1834)
Acta del ayuntamiento de Iguala
(6 June 1834)
Acta del ayuntamiento de Acapulco
(15 June 1834)
Acta de Teloloapan
(16 June 1834)
Acta de Rancho del Zapote
(27 June 1834)
Acta del ayuntamiento de Ometepec
(30 June 1834)
Acta de los jefes y oficiales de la guarnición de Iguala
(13 July 1834)
Acta de la milicia cívica y vecinos del pueblo de Coyuca
(16 July 1834)
Acta del ayuntamiento de San Francisco
(18 July 1834)
Acta de Pungarabato
(19 July 1834)
Acta del ayuntamiento, cura, comandante, autoridades y vecinos de Tlapa
(5 August 1834)
Plan de Texca
(23 March 1835)
Acta del pronunciamiento de Mineral del Taxco
(1 June 1835)
Acta del pronunciamiento de Tecpan
(16 August 1835)
Artículos ratificados entre Juan Alvarez y Nicolás Bravo
(26 August 1835)
Manifiesto de los generales D. Nicolás Bravo y D. Juan Álvarez
(10 October 1841)
Plan y pronunciamiento de Nicolás Bravo y la guarnición de Chilpancingo de los Bravos
(22 October 1841)
Proclama de Nicolás Bravo
(23 October 1841)
El general Juan Álvarez a los últimos restos de su división
(15 November 1841)
Acta de la guarnición de Acapulco
(22 November 1841)
Acta de Iguala de Iturbide
(21 December 1842)
Acta del pueblo de Santa María Asunción
(21 December 1842)
Acta de la guarnición de Iguala
(21 December 1842)
Acta suscrita en el pueblo de San Luis de la Costa Chica
(1 January 1843)
Acta levantada en el pueblo de Coyuca
(5 January 1843)
Bases propuestas por Juan Álvarez
(25 March 1843)
Artículos de avenimiento entre Nicolás Bravo y la comisión de Juan Álvarez
(31 May 1843)
Manifiesto del general Nicolás Bravo
(7 December 1844)
Proclama de don Juan Álvarez
(25 December 1844)
Manifiesto del General de División Juan Álvarez a las tropas de su mando
(27 February 1854)
Manifiesto del general de división Juan Álvarez, a las tropas de su mando
(27 February 1854)
Plan de Ayutla
(1 March 1854)
Plan de Ayutla reformado en Acapulco
(11 March 1854)
Manifiesto de don Juan Alvarez contra el movimiento de ‘religión y fueros’
(7 December 1856)
Acta levantada en el pueblo de Ayahualco
(15 March 1858)

Hidalgo (40)

Jalisco (61)

México D.F. (130)

Michoacán (68)

Morelos (26)

Nayarit (10)

Nuevo León (23)

Nuevo México (6)

Oaxaca (53)

Puebla (95)

Querétaro (36)

San Luis Potosí (51)

Sinaloa (18)

Sonora (32)

Tabasco (41)

Tamaulipas (72)

Texas (8)

Tlaxcala (40)

Veracruz (103)

Yucatán (38)

Zacatecas (35)

Manifiesto de los generales D. Nicolás Bravo y D. Juan Álvarez

10 October 1841

Region: Guerrero
Place: Chilpancingo de los Bravos

Pronunciamiento text

Manifiesto de los generales D. Nicolás Bravo y D. Juan Álvarez dirigido a los supremos poderes de la nación y a los departamentos, 10 de octubre de 1841

Los pueblos se agitan, o por sacudir un sistema de gobierno tiránico, o por mejorar sus instituciones políticas: entonces el espíritu público se uniforma, por que pone en consonancia los intereses generales y particulares de la sociedad, y el entusiasmo se difunde admirablemente, proporcionando términos prontos y resultados felices a sus movimientos. Pero cuando las revoluciones, aunque apoyadas en el espíritu público, no caminan de acuerdo con los intereses generales, tienen por lo regular una conclusión funesta, o si se logran, solo gozan un tiempo precario, porque pronto otra nueva empresa extermina a la primera. Tales han sido una multitud de revoluciones que hemos sufrido de veinte años a esta parte.

La constitución de 1824, a pesar de su popularidad, fue rota, porque se le apellidó dispendiosa, y la que se le sobrepuso en 1836, se le echó encima el mismo defecto, y además se le notó la difusión de trabas que puso a los poderes. La nación gimió por cinco años con este yugo, viendo destruido, su erario, decadentes las fuentes de la prosperidad, y separados tres departamentos de la República: el sufrimiento llegó a su colmo, cuando en agosto último tronó en Jalisco la primera voz de revolución. Nosotros los que suscribimos, nos hallábamos entonces en nuestras labores del campo, y conociendo que este trueno tendría la rapidez del relámpago, saltó a la arena uno de nosotros, el Sr. Álvarez, se pronunció y se decidió con las fuerzas del sur a coadyuvar al voto sagrado de la nación. No atendió por supuesto al sentido de los diversos planes que se presentaban, por alguna incongruencia o incompatibilidad que se observaba en sus redacciones, sino que sus deseos fueron darle empuje al movimiento para su pronta conclusión, satisfecho de que le acompañaba el espíritu público en esta empresa. El tiempo va acreditando sus presentimientos, pues en el corto espacio de dos meses se ha generalizado la revolución, que será gloriosa o detestable, según se atiendan o se desprecien las conveniencias y los intereses nacionales.

Acatando estos mismos intereses sacrosantos, y obsequiando a las peticiones y clamores de los pueblos del sur, nos aprovechamos de la crisis política en que nos hallamos sin gobierno y sin representación nacional, para declarar que existen en nuestras manos multitud de representaciones de los mismos pueblos pidiendo con vehemencia su separación del departamento de México, y formación de otro nuevo con el nombre de departamento de Acapulco. Las consideraciones con que siempre nos han honrado, la circunstancia de ser nosotros hijos del mismo suelo, y sobre todo, lo conveniente y justo de sus peticiones, nos obliga a apoyar las fundadas en las razones que vierten sus escritos, las cuales concretaremos todo lo posible.

Desde la época del régimen colonial se consideró monstruosa la provincia de México por su magnitud, por su población y por la exuberancia de sus recursos, de modo que causando celos a los demás, se lamentaban de su preponderancia. Realizada la independencia; la dividió el imperio, formando de la parte sur una capitanía separada que se regía por sí sola, y en virtud de la cual nombró en Chilapa sus diputados al congreso general cuando se adoptó el sistema republicano. La carta de 1824 volvió a incorporar esta parte al departamento, y los pueblos lo sufrieron con docilidad; sin embargo, en los años subsecuentes se hicieron repetidos ocursos para la separación, mas no fueron atendidos. Concluida la federación se repitieron las gestiones; y con efecto el congreso general en el proyecto de constitución hizo la separación y la nombró departamento, pero cuando todos los del sur se congratulaban, apareció la constitución de 1836, en la que de nuevo se incorporó a México, dejando así burlados los deseos de los peticionarios. EI largo periodo de veinte años no ha sido suficiente para obsequiar la voluntad de estos habitantes, por lo que no les resta otra cosa que plantar de hecho lo que de derecho les corresponde.

Lejos el sur de hacer inculpaciones al norte del departamento de México, le protesta su gratitud por la fraternidad que ambos siempre han tenido; pero no puede menos de hacerle presente que es llegado el tiempo de su emancipación: lo primero, por la gran distancia de la capital del departamento, que ha sido o al norte o en la capital de la República: lo segundo, por lo inconducente y aun perjudicial de muchas disposiciones y leyes municipales; y lo tercero, por el desprecio con que se ha visto a estos pueblos en las funciones electorales, en las cuales no solo no se ha elegido a ningún habitante del sur para representarlo en los diversos congresos generales, sino que aun los electores secundarios bienales han regresado con vilipendio, a pesar de sus protestas por la falta de representantes que patenticen sus necesidades y peticiones.

Al gran departamento de México, compuesto de un millón y doscientos mil habitantes, muy poca impresión debe causarlo la separación de solas cien mil almas en una de sus extremidades, porque no por esto dejará de ser el mayor, el más opulento, y el más respetable de la República; y en vez de causarle alguno daño, verá separado el territorio más distante y difícil de gobernar por el carácter indomable de sus habitantes.

En el congreso general tampoco debería haber ningún tropiezo para legalizar esta separación, porque tenemos otros ejemplares que nos han precedido. La antigua provincia de Sonora fue convertida en estado en 1824, y a pesar de esto, se dividió después, y se erigió el nuevo estado de Sinaloa. Aguascalientes por divergencias políticas, se separó de hecho de Zacatecas, y la carta de 1836 la declaró departamento. ¿Y serán comparables los departamentos de Sinaloa y Aguascalientes en territorio, población y demás elementos al departamento de Acapulco? Parece que no. Pero aun hay más: ¿Qué inconveniente tendrá el congreso general en hacer esta declaración, cuando el territorio de Colima que antes pertenecía a Jalisco, lo agregó a Michoacán, y al de Tlaxcala enclavado entre Veracruz y Puebla, lo hizo volar para unirlo al departamento de México? Si por solo la política se han hecho estas transiciones, ¿cuánta más razón tiene el sur, que además de ella, le acompañan la justicia y la necesidad?

Pero la razón más fuerte que presentan los antagonistas de este nuevo departamento, es, que el sur carece de hombres para llenar los cargos públicos, y no tienen los recursos necesarios para sostenerse. A la verdad, como los que hacen este cargo son hombres escasos de conocimientos locales, es necesario concedérselo en el sentido con que hablan. El sur efectivamente no tiene copia de hombre profundos que formen disertaciones sobre materias metafísicas y sublimes: pero en su lugar no faltan individuos adecuados para el gobierno de los pueblos, hombres a propósito para atender y socorrer sus necesidades, y hombres en fin, que dotados de prudencia, discreción y experiencia, se hallan con mejores conocimientos para estar en contacto con los habitantes del departamento, que los que, colmados de ciencia, están desnudos de aquellas apreciables circunstancias. En esta parte, el sur puede tener los mismos elementos que otros departamentos de su clase.

En cuanto a la falta de recursos pecuniarios para sostener a los funcionarios públicos, confesamos de buena fe que son cortos; mas como quiera que las dotaciones han de ser económicas y arregladas a los productos de las rentas, y los funcionarios individuos establecidos en el departamento, es evidente que quedará lleno este hueco del mejor modo posible. Podemos asegurar, que los productos de las rentas del sur son superiores a las de algunos de los departamentos del norte; y si estos han sostenido su lista civil con rendimientos tan mezquinos, ¿no podrá el nuevo departamento sostener la suya teniéndolos mayores?

Se pretende denigrar al sur exagerando su pobreza; y aunque es cierto que carece de grandes propietarios y capitalistas, cada pueblo, cada familia en general, tiene en su clase los medios de su subsistencia en todo el año. La mayoría de los habitantes está dedicada a la ganadería y a la labranza, siendo muy pocos los jornaleros, y muchos los pequeños propietarios, de donde dimana aquella igualdad mediocre en las fortunas que se observan, y que les proporcionan los goces suficientes a sus anhelos. Por esto se experimenta aquella hospitalidad tan envidiable, aquella rara mendicidad, aquella seguridad individual para transitar las poblaciones y los caminos, y aquellas costumbres, aunque algo agrestes, francos y patriarcales.

Las dos repúblicas más influyentes de la Grecia fueron Atenas y Lacedemonia; la primera llena de riquezas y opulencia, y la segunda de desnudez y miseria. En medio de este contraste, ambas produjeron hombres eminentes en todas clases, ambas gobernaron con sabiduría, y ambas defendieron su libertad con acciones heroicas: sin embargo, hubo tiempo en que Atenas perdiese su libertad, y la pobre y desnuda Esparta se la recuperase, justamente con la de toda la Grecia.

Estas son en resumen, las exposiciones que nos han dirigido en estos días los pueblos del sur, y nosotros, apoyándolas, no con las armas, sino con nuestros sufragios, extendemos los artículos siguientes, que hoy mismo se publicarán y comenzarán a tener su verificativo:

1º. Se separa la parte meridional del que ahora se llama departamento de México, y se le denominará departamento de Acapulco.

2º. Este nuevo departamento abrazará los distritos de las prefecturas de Acapulco, Chilapa, Tasco, Tlapa, subprefectura de Huétamo, y el distrito de Cuernavaca si se quisiere incorporar.

3º. Se convocará a la posible brevedad una junta de notables en esta ciudad, que tendrá sus sesiones en el punto que ella determine, y se ocupará en extender la acta de separación, elegir provisionalmente a los primeros funcionarios del departamento, y señalar las bases del régimen interior, entretanto establece el gobierno general las que deban de regir en toda la República.

4º. El sur, elevándose al rango de departamento, se somete a las disposiciones generales y a la constitución que adopten los demás departamentos de la República.

5º. Continuarán las mismas autoridades y leyes municipales hasta el establecimiento y arreglo del nuevo gobierno departamental.

6º. Se dará cuenta con este manifiesto, tanto al gobierno general, como a los demás departamentos, y se remitirán copias a todas las autoridades y pueblos del sur, para su cumplimiento y solemnización.

Hecha esta sincera y franca declaración, nos resta elevar nuestra súplica al Excmo. Sr. presidente de la república que provisionalmente deba elegirse, para que se sirva tomar este asunto bajo de su protección, recomendándolo al cuerpo legislativo; protestándole nosotros la pureza de nuestras intenciones, limitadas al contenido de los artículos anteriores.

Al soberano congreso de la nación le rogamos igualmente se digne aprobar la erección de este nuevo departamento y señalarlo como tal en la constitución que se forme.

A los departamentos de la República protestamos nuestra fraternidad y buena fe, y juramos por lo más sagrado, no separar jamás nuestra suerte de la suya, porque si México ha de ser grande y respetado, no se puede serlo sin ser integro y unido. ¡Pueblos del sur! He aquí cumplidos vuestros votos, obsequiada vuestra voluntad y satisfechas nuestras conciencias.

Regocijaos por el rango a que os vais a elevar; pero tened presente que sin moral pública, no hay sociedad civilizada. Buenas costumbres, virtudes domesticas y patrióticas, y respeto a las leyes y autoridades, debe ser el compendio de vuestra conducta. Olvidad los antiguos odios: nada hay de recriminaciones, nada de partidos, nada de venganza. Hoy es el día venturoso de la concordia, de los abrazos fraternales. Paz y unión sea vuestra enseña, de modo que todos juntos formemos una masa compacta, y los sentimientos y opiniones de una extremidad, sean los mismos de la opuesta. Solemnizad tan fastuoso día; pero igualmente elevad vuestros fervientes votos al autor supremo de la sociedad, para que derrame sus abundantes beneficios sobre este nuevo departamento, y lo engrandezca a la par de los demás de la magnánima y dichosa República a que pertenecemos. ¡Viva la unión! ¡Viva el sur! ¡Viva el departamento de Acapulco!

Chilpancingo de los Bravos, octubre diez de mil ochocientos cuarenta y uno.

Nicolás Bravo

Juan Álvarez

Es copia.

Context

Initially, Nicolás Bravo and Juan Álvarez avoided siding publicly either with Bustamante’s overthrown government or the pronunciados of the Triangular Revolt. They would wait a few more days before pronouncing against Santa Anna. However, making the most of the context of turmoil and uncertainty that had resulted from the August-October cycle of pronunciamientos, Bravo and Álvarez led this attempt to create a separate jurisdiction for their southern bailiwick, and called for Acapulco to have its own department with its own local authorities.

WF

Notes

El Siglo XIX, 23 de enero de 1842.

Also in Josefina Zoraida Vázquez (ed.), Planes en la nación mexicana. Libro cuatro: 1841-1854 (Mexico City: Senado de la República/El Colegio de México, 1987), pp. 101-103.

Transcribed by Natasha Picôt and Revised by Will Fowler.

Original document double-checked by Natasha Picôt 6/2/09. COLMEX: J. Z. Vázquez Planes y documentos, Caja 20, Exp. 8, f. 13 .

Participants (2):

Signatory role:
Juan Álvarez
Nicolás Bravo

Related pronunciamientos

Child pronunciamientos
Pronunciamiento de la estancia de Juchitán (reactive-cum-proactive, supporting)
20 October 1841 ; Juchitán, Oaxaca
Plan y pronunciamiento de Nicolás Bravo y la guarnición de Chilpancingo de los Bravos (reactive-cum-proactive, supporting)
22 October 1841 ; Chilpancingo, Guerrero
El general Juan Álvarez a los últimos restos de su división ()
15 November 1841 ; Chilpancingo de los Bravos, Guerrero

Pronunciamiento grievances

National (anti-government)

Local (anti-government)

Political (anti-government)

Proactive

Military (regular army)

Other (New territorial division)

PDF Download

Click here to download a PDF version of this pronunciamiento