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Acta del ayuntamiento de Charcas

14 July 1834

Region: San Luis Potosí
Place: Charcas

Pronunciamiento text

Acta del ayuntamiento de Charcas para adherirse al acta de Ciudad del Venado, que secunda el Plan de Cuernavaca, 14 de julio de 1834

Sesión extraordinaria del día catorce de julio

Reunidos los Sres. que componen este ayuntamiento, el presidente dio cuenta [ilegible] con un oficio que recibió del ayuntamiento de la prefectura de la Ciudad del Venado en que invita sea secundada el voto de aquel ayuntamiento y respetable vecindario que ha decidido por el pronunciamiento del Plan de Cuernavaca cuya acta adjuntó, y resolvieron todos los Sres. después de una madura discusión creyendo evidentemente ciertos todos los fundamentos en que estribó el ayuntamiento del Venado su pronunciamiento, pues efectivamente, y hablando de buena fe, han escandalizado los decretos de reformas, no menos que las providencias y órdenes de proscripciones violentas, igualmente, que oyendo a la opinión pública de no comitentes se deben decidir, y en efecto, con franqueza se deciden a pronunciarse este ayuntamiento, y adherirse en todas sus partes, a los artículos primero, segundo, tercero y cuarto del Plan de Cuernavaca, y que para su mayor autenticidad se inserten en esta acta, y son los siguientes:

1º. Que su voluntad está en abierta repugnancia con las leyes y decretos de proscripción de personas las que se han dictado sobre reformas religiosas; la tolerancia de las sectas masónicas; y con todas las demás disposiciones que traspasan los límites prescritos en la constitución general y particulares de los estados.

2º. Que es conforme a esta misma voluntad y al consentimiento del pueblo que no pudiendo funcionar el congreso general y legislatura particulares, sino en virtud de las facultades que les prescribiera sus respectivas constituciones, todas las leyes y providencias que han dictado saliéndose notoriamente fuera de aquel deben declararse nulas, de ningún valor ni efecto y como se hubieran emanado de alguna persona privada.

3º. Que el pueblo reclama respetuosamente la protección de estas bases justas, y legales, al Excmo. Sr. presidente de la república D. Antonio López de Santa Anna, y como única autoridad que hoy se halla en la posibilidad de dispensarlas.

4º. El pueblo declara que no han correspondido a su confianza los diputados que han tomado parte en dictar las leyes y decretos referidos; y que espera que así ellos, como los demás funcionarios que se han obstinado en llevar adelante la resolución de esta clase, se reparen de estos puntos y no intervengan, ni en contra, ni a favor de esta manifestación, hasta que la nación representada de nuevo se reorganice conforme a la Constitución y del modo más conveniente a su felicidad.

En seguida acordó que se reuniere el R.P. cura, Sr. comandante de la plaza, los vecinos de más lustre, y todo el pueblo, para manifestarse este pronunciamiento, y los motivos de su resolución y de la cual se haya de tomarse una disposición adaptable y capaz de afianzar al pueblo los bienes que se ha prometido conseguir en esta decisión y en la que formó este mismo ayuntamiento, unido al pueblo el día cinco del corriente, y en efecto reunidos dichos Sres. y pueblo e instaladas las juntas, pidió la palabra el presidente, y en uso de ella habló con franqueza sobre el objeto, e invitó a toda la concurrencia a que la pidiere y hablase en pro, o en contra de lo que a nombre del ayuntamiento y por si mismo había relatado asegurándoles de la completa libertad en que estaban todos y cada uno para decir su opinión, fuere cual fuera, y esperando después un rato, y no resultando quien pidiera la palabra, preguntó el presidente, si se daba por suficientemente discutido el asunto, y respondiendo la junta por la afirmativa, se preguntó en seguida, si la junta y el pueblo, están por el pronunciamiento referido del Plan de Cuernavaca, y en disposición de sostenerlo espontáneamente y de buena fe a lo que por aclamación y unánimemente respondieron por la afirmativa, con lo que se concluyó esta acta, disponiéndose remitir copia de ella a las autoridades, y fijar otras en los parques públicos, y en todas las fracciones de este municipio, protestando igualmente que de hoy en adelante tendrán todos y cada uno, por el primero sus deberes sostener en todas sus partes este acuerdo como justo, preciso y necesario para conseguir la felicidad y la paz que desean, y que al efecto contribuirán con todos los recursos que pendan de su resorte, y en tal virtud, se levantó la sesión firmando la acta para constancia por ante mí el secretario que doy fe.

Siguen las firmas.

Es copia que certifico. Casa pública de Charcas. Julio 17 de 1834.

J. Gómez

Desiderio Hernández, secretario

Context

This is a pronunciamiento de adhesión, in which the pronunciados offered their support and allegiance to the pronunciamiento of Ciudad del Venado of 8 July 1834 which backed that of Cuernavaca of 25 May 1834. Worthy of note is that the minutes of the meeting make a point of noting that this decision was not taken lightly and that it was reached both freely and unanimously.

WF

Notes

AGN, Gobernación, 1834, s/s, caja 207, exp. 39.

Colección Josefina Z. Vázquez/Planes y Documentos, 1834, Archivo Histórico del Colegio de México, Caja 12.

Transcribed by Germán Martínez Martínez and Revised by Will Fowler.

Participants (1):

Secretary and signatory role:
Desiderio Hernández

Related pronunciamientos

Parent pronunciamientos
Acta del pronunciamiento de Cuernavaca (reactive, supporting)
25 May 1834 ; Cuernavaca, Morelos
Acta del ayuntamiento de Ciudad del Venado (reactive, supporting)
8 July 1834 ; Ciudad del Venado, San Luis Potosí

Pronunciamiento grievances

National (in favour of Plan de Cuernavaca, against Congress, Ley del Caso and Masonic lodges)

Local (against Congress)

Reactive

Military (regular army)

Civilian

Personal (in favour of Antonio López de Santa Anna)

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