Pronunciamiento participants

Participants with biographies

A (27)

B (10)

C (24)

D (8)

E (4)

F (6)

G (15)

H (6)

I (3)

J (4)

L (6)

M (18)

N (3)

O (9)

P (6)

Q (2)

R (7)

S (4)

T (3)

U (4)

V (6)

Z (2)

 

Participants without biographies

Unknown (2)

A (527)

B (323)

C (737)

D (173)

E (197)

F (242)

G (561)

H (203)

I (62)

J (93)

K (3)

L (382)

M (706)

N (91)

O (210)

P (448)

Q (45)

R (631)

S (462)

T (227)

U (51)

V (356)

W (9)

X (8)

Y (15)

Z (117)

Plan de Iguala

24 February 1821

Region: Guerrero
Place: Iguala

Pronunciamiento text

Plan de Iguala, 24 de febrero de 1821

Americanos:

Bajo cuyo nombre comprende no sólo a los nacidos en América sino a los europeos, africanos y asiáticos que en ella residen, tened la bondad de oírme:

Las naciones que se llaman grandes en la extensión del globo fueron dominadas por otras y hasta que sus luces no les permitieron fijar su propia opi­nión, no se emanciparon. Las europeas, que llegaron a su mayor ilustración y política, fueron esclavas de la romana; y este imperio, el mayor que reconoce la historia, asemejó al padre de la familia que, en su ancianidad, mira separarse de su casa a los hijos y los nietos, por estar ya en edad de formar otras y fijarse por sí, conservándole todo el respeto, veneración y amor, como a su primitivo origen.

Trescientos años hace la América Septentrional de estar bajo la tutela de la nación más católica y piadosa, heroica y magnánima. La España la educó y engrandeció, formando esas ciudades opulentas, esos pueblos hermosos, esas provincias y reinos dilatados que en la historia del universo van a ocupar lugar muy distinguido; aumentándose las poblaciones y las luces, conocidos todos los ramos de la natural opulencia del suelo, su riqueza metálica, las ventajas de su situación topográfica, los daños que origina la distancia del centro de unidad y viendo que la rama es igual al tronco, la opinión pública y la general de todos los pueblos, es la independencia absoluta de la España y de toda otra nación. Así piensa el europeo, y así los americanos de todo origen.

Esta misma voz que resonó en el pueblo de Dolores el año de 1810, y que tantas desgracias originó al pueblo de las delicias, por el desorden, al abandono, y otra multitud de vicios, fijó también la opinión pública de que la unión general entre europeos y americanos, indios e indígenas, es la única base sólida en que puede descansar nuestra común felicidad. Y, ¿quién pondrá en duda que, después de la experiencia horrorosa de tantos desastres, no hay uno siquiera que deje de prestarse a la unión para conseguir tanto bien? ¡Españoles europeos: vuestra patria es la América porque en ella vivís; en ella tenéis comercio y bienes! Americanos: ¿Quién de vosotros puede decir que no desciende de español? Ved la cadena dulcísima que nos une, añadid los otros lazos de amistad, la dependencia de intereses, la educación e idioma, y la conformidad de sentimientos; y veréis son tan estrechas y tan poderosas, que la felicidad del reino es necesario la hagan todos reunidos en una sola opinión y en una sola voz.

Es llegado el momento en que manifestéis la uniformidad de vuestros sen­timientos, y que nuestra unión sea la mano poderosa que emancipe a la América sin necesidad de auxilios extraños. iAl frente de un ejército valiente y resuelto, he proclamado la Independencia de la América Septentrional! Es ya libre, es ya señora de sí misma, ya no reconoce ni depende de la España, ni de otra nación alguna. Saludadla todos como independientes, y sean nuestros corazones bizarros los que sostengan esta dulce voz, unidos con las tropas que han resuelto morir, antes de separarse de tan heroica empresa. No anima otro deseo al ejército, que el conservar pura la santa religión que profesamos, y hacer la felicidad general. Oíd, escuchad las bases sólidas en que funda su resolución:

1. La religión católica, apostólica romana, sin tolerancia de otra alguna.

2. La absoluta independencia de este reino.

3. Gobierno monárquico, templado por una constitución análoga al país.

4. Fernando VII y en sus casos los de su dinastía o de otra reinante serán los emperadores, para hallarnos con un monarca ya hecho y precaver los atentados de ambición.

5. Habrá una junta, ínterin se reúnen cortes que hagan efectivo este plan.

6. Esta se nombrará gubernativa, y se compondrá de los vocales ya propuestos al señor virrey.

7. Gobernará en virtud del juramento que tiene prestado al rey, ínterin este se presenta en México y se lo presta, y entonces se suspenderán todas ulteriores órdenes.

8. Si Fernando VII no se resolviere a venir a México, la Junta de la Regencia mandará a nombre de la nación mientras se resuelve la testa que debe coronarse.

9. Será sostenido este gobierno por el Ejército de las Tres Garantías.

10. Las cortes resolverán si ha de continuar esta junta o sustituirse por una regencia, mientras llega el emperador.

11. Trabajarán, luego que se unan, la constitución del Imperio Mexicano.

12. Todos los habitantes de él, sin otra distinción que su mérito y virtudes, son ciudadanos idóneos para optar cualquier empleo.

13. Sus personas y propiedades, serán respetadas y protegidas.

14. El clero secular y regular, conservado en todos sus fueros y propiedades.

15. Todos los ramos del estado, y empleados públicos, subsistirán como en el día, y solo serán removidos los que se opongan a este plan, y sustituidos por los que más se distingan en su adhesión, virtud y mérito.

16. Se formará un ejército protector, que se denominará de las Tres Garantías, y que se sacrificara del primero al último de sus individuos, ante la más ligera infracción de ellas.

17. Este ejército observará a la letra la ordenanza, y sus jefes y oficiales continúan en el pie que están, con la expectativa no obstante a los empleos vacantes y a los que se estimen de necesidad o conveniencia.

18. Las tropas de que se componga se considerarán como de línea y lo mismo las que abracen luego este plan; las que lo difieran y los paisanos que quieran alistarse, se miraran como milicia nacional, y el arreglo y forma de to­das, lo dictarán las cortes.

19. Los empleos se darán en virtud de informes de los respectivos jefes, y a nombre de la nación provisionalmente.

20. Ínterin se reúnen las cortes se procederá en los delitos con total arreglo a la constitución española.

21. En el de conspiración contra la independencia se procederá a prisión, sin pasar a otra cosa hasta que las cortes dicten la pena correspondiente al mayor de los delitos, después del de lesa majestad divina.

22. Se vigilará sobre los que intenten sembrar la división y se reputarán como conspiradores contra la independencia.

23. Como las cortes que se han de formar son constituyentes, deben ser elegidos los diputados bajo este concepto. La junta determinará las reglas y el tiempo necesario para el efecto.

Americanos:

He aquí el establecimiento y la creación de un nuevo imperio. He aquí lo que ha jurado el Ejército de las Tres Garantías, cuya voz lleva el que tiene el honor de distinguirla. He aquí el objeto para cuya cooperación os incita. No os pide otra cosa que la que vosotros mismos debéis pedir y apetecer; unión, fraternidad, orden, quietud interior, vigilancia y horror a cualquier movimiento turbulento. Estos guerreros no quieren otra cosa que la felicidad común. Uníos con su valor para llevar adelante una empresa que por todos aspectos (si no es por la pequeña parte que en ella he tenido) debo llamar heroica. No teniendo enemigos que batir, confiemos en el Dios de los ejércitos, que lo es también de la paz, que cuantos componemos este cuerpo de fuerzas combinadas, de europeos y americanos, de disidentes y realistas, seremos unos meros protectores, unos simples espectadores de la obra grandiosa que hoy he trazado, y retocarán y perfeccionarán los padres de la patria.

Asombrad a las naciones de la culta Europa, vean que la América Septentrional se emancipó sin derramar una sola gota de sangre. En el transporte de vuestro jubilo decid: ¡Viva la religión santa que profesamos! ¡Viva la América Septentrional independiente, de todas las naciones del globo! ¡Viva la unión que hizo nuestra felicidad!

Agustín de Iturbide, Iguala.

Context

The Plan of Iguala was the first pronunciamiento to be launched in Mexico. Although Iturbide claimed that he was the sole author of the text, recent research has shown that other actors were involved in the discussions and deliberations that led to it being drafted, namely a group of criollos who gathered in the house of María Ignacia Rodríguez de Velasco’s house. Iturbide also corresponded with Vicente Guerrero before issuing the Plan, and took on board the insurgent's view that they should not discriminate against mulattos and castas in the way that the Cadiz 1812 Constitution did.

The Plan of Iguala was an incredibly seductive proposal. With the vague promise of Three Guarantees – religion, independence, and union – (i.e., that Roman Catholicism would be the official religion; that Mexico would be independent; and that all Spaniards could continue to live unharmed in Mexico enjoying equality before the law), Iturbide brought old insurgents and old Royalists together, even though they opted to join forces for very different reasons. It is evident that the success of the Plan of Iguala transformed it into the role model for succesive Mexican pronunciamientos.

Will Fowler

Notes

Source: Archivo General de la Nación (AGN), Impresos oficiales, vol. 60, núm. 62.

Reproduced in Ernesto de la Torre Villar, /La independencia de México/ (Madrid: Mapfre, 1992), pp. 275-278.

Also in Guadalupe Jiménez Codinach, /Planes en la nación mexicana. Libro uno. 1810-1830/(Mexico City: SRE/El Colegio de México, 1987), pp. 123-124.

Transcribed by Natasha Picôt and Revised by Will Fowler.

Participants (5):

Leader role:
Agustín de Iturbide
Author role:
Agustín de Iturbide
Signatory role:
Vicente Guerrero
Supporter role:
Benito Quijano
Mauricio Ugarte

Related pronunciamientos

Child pronunciamientos
Tratados de Córdoba (reactive-cum-proactive, supporting)
24 August 1821 ; Córdoba, Veracruz
Acta de Independencia (reactive-cum-proactive, supporting)
28 September 1821 ; Ciudad de México, México D.F.

Pronunciamiento grievances

National (pro-clerical, in favour of Independence)

Proactive

Military (civic militia, regular army)

Civilian

Other (Independence)

Bibliography

Anna, Timothy E., ““Iguala: The Prototype””
in Fowler, Will, /Forceful Negotiations: The Origins of the Pronunciamiento in Nineteenth-Century Mexico/ (Lincoln, NE: University of Nebraska Press, 2010), in press.
2010

Anna, Timothy E., The Mexican Empire of Iturbide
Lincoln, NE: University of Nebraska Press, 1990.

Ávila, Alfredo, En nombre de la nación. La formación del gobierno representativo en México (1808-1824)
Mexico City: CIDE/Taurus, 2002.

Fowler, Will, “"Introduction: The Nineteenth-Century Practice of the Pronunciamiento and Its Origins"”
in , Forceful Negotiations: The Origins of the Pronunciamiento in Nineteenth-Century Mexico, in press
Lincoln, NE: University of Nebraska Press, 2010

Frasquet, Ivana, Las caras del águila.Del liberalismo gaditano a la república federal Mexicana (1820-1824)
Castellón: Universitat Jaume I, 2008.

Frasquet, Ivana, Chust, Manuel, ““Agustín de Iturbide: From the Pronunciamiento of Iguala to the Coup of 1822"”
in Fowler, Will, /Forceful Negotiations: The Origins of the Pronunciamiento in Nineteenth-Century Mexico/.
Lincoln, NE: University of Nebraska Press, 2010

Rodríguez O., Jaime E., ““Los caudillos y los historiadores: Riego, Iturbide y Santa Anna.””
in Chust, Manuel, /La construcción del héroe en España y México (1789-1847)/, pp. 309-335
Valencia: Publicacions Universitat de Valencia, 2003.

Rodríguez O., Jaime E., The Independence of Spanish America
Cambridge: Cambridge University Press, 1998.

Vázquez, Josefina Zoraida, “"El modelo de pronunciamiento mexicano, 1820-1823"”
in , /Ulúa/, 2006/pp. 31-52/vol. 7

PDF Download

Click here to download a PDF version of this pronunciamiento