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Acta del ayuntamiento y vecinos principales de la ciudad de Leona Vicario

19 July 1834

Region: Coahuila
Place: Ciudad Leona Vicario

Pronunciamiento text

Acta en que ayuntamiento y vecinos principales de la ciudad de Leona Vicario se adhieren al Plan de Cuernavaca y exponen su deseo de que el gobierno del estado se deposite en el Lic. Goribán, 19 de julio de 1834

En la ciudad de Leona Vicario a los diecinueve días del mes de julio de mil ochocientos treinta y cuatro. Reunido el muy ilustre ayuntamiento en su sala capitular y los vecinos principales de esta población, el Sr. presidente expuso que después de desconocida la autoridad del Excmo. señor presidente de la república por la diputación permanente del estado aun se pudo de pronto conservar la tranquilidad pública en esta ciudad, unas alterado ahora, bien sea por este desconocimiento o bien por los acaecimientos de Nuevo León, San Luis Potosí, era de temerse que se abonase de la citación actual y se acarrearía los irremediables perjuicios que siempre ocasionan conmociones sin orden ni dirección y que para evitarlos, y a fin de que los habitantes de esta ciudad pudieran con entera libertad manifestar los sentimientos que los animen en las presentes circunstancias, había el ilustre ayuntamiento acordado la presente junta en la que podían los ciudadanos manifestó a su juicio sobre las medidas que creyeron oportunas, para ponerse en consonancia con la voluntad decidida de la mayoría de la nación según las ideas que explica el Plan de Cuernavaca, y habiéndose desde luego expresado los sentimientos uniformes de todos los concurrentes para sacrificarse si necesario fuese por la religión católica apostólica romana que sostiene y defiende como exclusiva de otra alguna la constitución general que por el más escandaloso abuso del poder, ha sido atacada, así como aquella por el congreso y el ejecutivo del estado, en diversas leyes sancionadas y ejecutada sobre reformas religiosas y en varias medidas acordadas contra la propiedad y seguridad de las personas; y convencida la junta de que así esto hechos, como la notoria inconstitucionalidad con que funciona la actual legislatura deben remediarse arreglándose en todo lo posible el Plan de Cuernavaca, aprobó por unanimidad absoluta los artículos siguientes:

Artículo 1º. La ciudad de Leona Vicario se adhiere al Plan de Cuernavaca del 25 de mayo último, adoptado ya por una gran parte de la nación mexicana.

Artículo 2º. Deben pues declararse nulos y de ningún valor ni efecto, y como emanados de una persona privada todas las leyes, decretos y órdenes de la actual legislatura y gobierno del estado desde 1º de enero de 1833.

Artículo 3º. El congreso del estado y demás autoridades que en él han tomado parte en la sanción y cumplimiento de las leyes dictadas sobre reformas religiosas y reconocimiento del Excmo. Sr. presidente general don Antonio López de Santa Anna no gozando por este hecho de la confianza pública se separarán de sus puestos hasta que la nación nuevamente representada se reorganice del modo más conveniente a su felicidad.

Artículo 4º. En consecuencia del artículo anterior el gobierno del estado se depositará en el ciudadano licenciado José María Goribán, como presidente a fines de 1832 del Supremo Tribunal de Justicia y conforme al decreto [ilegible] se le dará el aviso competente, e ínterin se presenta en esta ciudad a ejercer sus funciones desempeñará en calidad de jefe político la persona que designe el ayuntamiento y vecindario.

Artículo 5º. A todos los empleados de la federación y del estado se les exigirá se adhieran solemnemente a este pronunciamiento.

Artículo 6º. Para su sostenimiento se pondrá sobre las armas toda la fuerza que se estime necesaria a juicio de la persona que deba reasumir el gobierno y los gastos que ella demande así como cualquiera otros que se estimen necesarios los que prestarán la renta del estado y de la federación.

Artículo 7º. Este plan se pondrá en conocimiento del Excmo. Sr. presidente de la república, del comandante general de estos estados y demás autoridades a quienes convenga.

Proclamado el presente plan por el pueblo reunido se procedió al nombramiento que previene el artículo 4º resultando nombrado el ciudadano licenciado Miguel Ramos, quien desde luego aceptó su empleo dándose con esto por concluido el acto, que firmaron el presidente secretario y vecindario.

Nicolás del Mural, presidente

Siguen las firmas.

Clemente de la Fuente, secretario

Leona Vicario, julio 2º de 1834.

Es copia.

Ramos [firma]

Context

This is a pronunciamiento de adhesión, in which the pronunciados offered their support and allegiance to the plan of Cuernavaca of 25 May 1834. The town council of Leona Vicario, in adhering to the Plan of Cuernavaca, ensured, by adding articles three to five, that the local political scene was duly reordered, and that a new state governor was appointed.

WF

Notes

AGN, Gobernación, 1834, s/s, caja 203, exp. 27.

Colección Josefina Z. Vázquez/Planes y Documentos, 1834, Archivo Histórico del Colegio de México, Caja 12.

Transcribed by Germán Martínez Martínez and Revised by Will Fowler.

Participants (2):

Signatory role:
Nicolás del Mural
Secretary and signatory role:
Clemente de la Fuente

Related pronunciamientos

Parent pronunciamientos
Acta del pronunciamiento de Cuernavaca (reactive-cum-proactive, supporting)
25 May 1834 ; Cuernavaca, Morelos

Pronunciamiento grievances

National (pro-clerical, in favour of Plan de Cuernavaca, against Congress)

Local (anti-government, in favour of José María Goribán)

Reactive

Civilian

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