Pronunciamiento participants

Participants with biographies

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C (24)

D (8)

E (4)

F (6)

G (15)

H (6)

I (3)

J (4)

L (6)

M (18)

N (3)

O (9)

P (6)

Q (2)

R (7)

S (4)

T (3)

U (4)

V (6)

Z (2)

 

Participants without biographies

Unknown (2)

A (527)

B (323)

C (737)

D (173)

E (197)

F (242)

G (561)

H (203)

I (62)

J (93)

K (3)

L (382)

M (706)

N (91)

O (210)

P (448)

Q (45)

R (631)

S (462)

T (227)

U (51)

V (356)

W (9)

X (8)

Y (15)

Z (117)

Plan de Campo de la Loba

3 September 1851

Region: Tamaulipas
Place: Ciudad Guerrero

Pronunciamiento text

Plan del Campo de la Loba, 3 de septiembre de 1851

Convencidos los que suscriben, todos vecinos de Ciudad Guerrero, del Estado de Tamaulipas de no ser atendidos por la representación nacional sobre las repetidas peticiones que han hecho a aquella soberanía por los conductos respectivos acerca de la alza de prohibiciones, baja de arancel y protección para que se reparen las continuas depredaciones de los indios, ya no soportables, lo mismo que la opresión en que yacen en virtud de restricciones que unidas con la hostilidad de los bárbaros, es la completa destrucción, no sólo del pueblo de los que hablan, sino de toda la frontera, han acordado y decidido a sostener con las armas el contenido de los artículos siguientes:

1˚ Las tropas permanentes serán espedidas del territorio del Estado, por ser perniciosas, opresoras e inútiles.

2˚ El ciudadano es inviolable en el goce de sus derechos y propiedades y en el uso de sus opiniones; el poder judicial será sostenido en el libre ejercicio de sus funciones y ningún auxilio se tomará por las fuerzas liberales sin ser pagado.

3˚. Para garantía de los derechos y soberanía de los estados, se requiere la reforma de la constitución federal, reservándose a los Estados los poderes y goces no concedidos expresamente al gobierno general.

4˚. La representación nacional, a lo menos en el senado será igual o por estados y elegida popularmente aboliéndose la facultad del ejecutivo para mandar senadores.

5˚. Se exige la alzada de prohibiciones y la baja de derechos de importación sobre efectos extranjeros, no pasando los que se impongan de un cuarenta por ciento sobre aforo.

6˚. Serán abolidas las excesivas penas aplicadas sobre el contrabando, que lo hacen delito criminal e imponen multas desproporcionadas, basta la pérdida de los efectos, sin más responsabilidad, y del producto de éstos que se forme un fondo con el objeto exclusivo y sagrado de hacer la guerra a los salvajes.

7˚. Se permitirá la introducción de víveres en la frontera del Río Bravo, libre de derechos de entrada por cinco años.

8˚. Se establecerá una aduana fronteriza para el comercio extranjero en la Villa de Reinosa.

9˚. Los pueblos coligados bajo este plan, se someten a las autoridades de sus respectivos Estados que lo secunden.

10°. Este movimiento es eminentemente nacional y liberal de consiguiente, los Estados y pueblos que lo adopten, serán sostenidos por las fuerzas libertadoras.

11˚. Parte de dichas fuerzas se destinarán permanentemente a hostilizar a los indios bárbaros, hasta la pacificación completa de los Estados fronterizos.

12˚. Estos pueblos no depondrán sus armas, mientras no se conceda y realice todo lo contenido en los once artículos que preceden; si el gobierno general se obstinare en negar la petición armada de esta frontera que contiene las necesidades de toda la nación, los Estados que adopten este plan, podrán organizar un gobierno provisional desechándose toda idea de escisión o anexación y a efecto de que este plan tenga la publicidad necesaria, ha acordado esta reunión dirigirlo al ilustre ayuntamiento, cuerpo de esta ciudad, dejando a su consideración y deliberación el modo de que valga para promulgarlo.

Campo de la Loba, septiembre 3 de 1851.

[Firman] José María Canales,José María González Cuéllar, Rafael Uribe, Julián Villarreal, Juan Benavides Garza, Félix Flores, Juan Flores Buentello, Antonio Ochoa, Manuel Flores, José María Benavides, José María Leal, Gabriel Sáenz, Vicente Gutiérrez, Jesús García, Tomás Benavides, Dionisio Guerra, Félix Lindo, Francisco Sáenz, Antonio Letek, Pedro Díaz, Antonio Barrera, José Ma. Uribe, Apolinar Amaquira

I. Ayuntamiento de Ciudad Guerrero, septiembre 12 de 1851.

Fernando Cuellar

Eduardo Dávila, secretario

Es copia. Ciudad Victoria, septiembre 22 de 1851.

Jorge [ilegible] oficial [ilegible]

Es copia. Tampico, septiembre 30 de 1851.

Carlos [ilegible]

secretario

Participants (23):

Signatory role:
Apolinar Amaquira
Antonio Barrera
Tomás Benavides
José María Benavides (Guerrero)
Juan Benavides Garza
José María Canales
Pedro Díaz
Félix Flores
Manuel Flores
Juan Flores Buentello
Jesús García
José María González Cuéllar
Dionisio Guerra
Vicente Gutiérrez
José María Leal
Antonio Letek
Félix Lindo
Antonio Ochoa (Guanajuato)
Francisco Sáenz
Gabriel Sáenz
José Ma. Uribe
Rafael Uribe
Julián Villarreal

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