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Acta de deposición de armas

7 July 1838

Region: Michoacán
Place: Morelia

Pronunciamiento text

Acta de deposición de armas, 7 de julio de 1838

En la ciudad de Morelia el siete de julio de mil ochocientos treinta y ocho años reunidos los señores comandantes generales del departamento de Michoacán, general de brigada don Isidro Reyes por mí, don Luis Cervantes y don Anastacio Martines Velarde a nombre y con poder bastante del señor don Nieves Huerta jefe de las fuerzas pronunciadas en el partido del Zacaque, para arreglar el modo y términos en que estas se han de poner a disposición del supremo gobierno previa la ratificación de los artículos en que convengan, y el efecto han acordado los dirigentes:

1°. El señor comandante general facultado por el supremo gobierno aplica al señor don Nieves Huerta, a los jefes oficiales y a todos los individuos que con el nombre de tropa se hallan a sus órdenes pronunciados por el restablecimiento del sistema federal, la amnistía que concede por delitos políticos la ley del 2 de abril en este año.

2°. El señor don Nieves Huerta y todos los jefes oficiales y tropa para obtener la gracia que concede la referida ley, se pondrán a disposición del supremo gobierno entregando las armas, municiones, y equipo, que haya recogido o mandado construir, haciéndolo igualmente de los caballos.

3°. Para el cumplimiento del artículo anterior, el señor comandante general de acuerdo con el señor Huerta señalará el punto donde este reúna sus fuerzas, y en el que deben situarse las tropas del supremo gobierno y comisionará un jefe que se reciba de todo lo que en él se expresa; y el señor Huerta, mandará formar una lista circunstanciada de lo que sea para hacer la entrega; de todo lo que se le acusará el recibo correspondiente.

4°. El señor don Nieves Huerta, entregará al jefe que comisiona el señor comandante general una lista comprensiva de todos los individuos que se hallen presentes, y otras de los que estén ausentes, expresando en esta los que o estén con comisión o particular y en ambas los nombres y empleos con que hayan figurado en su reunión; para que con presencia de ellas se les expide por el señor comandante general el resguardo que habla la citada ley de dos de abril en la parte reglamentaria adviniéndose que si alguno de los individuos ausentes en comisión o partido no se presenta dentro de trece días después de haberlo hecho el señor Huerta al jefe comunicado por el señor comandante general será perseguido como perturbador del orden público.

5°. Acogido el señor don Nieves Huerta a la amnistía de la nominada ley de 2 de abril último ninguna responsabilidad le queda por los hechos que haya ejecutado en acción de guerra o dentro del derecho que esta concede.

6°. Si dada cuenta al supremo gobierno con este convenio, resolviere emplear al señor Huerta contra cualquiera invasión extranjera o en la persecución de ladrones, como ofrece servir se le entregarán al efecto las armas necesarias, y aun el señor Huerta como los individuos que se empleen en alguno de los dos objetos, serán pagados por el erario público.

7°. Siendo honor del señor don Nieves Huerta y de los individuos que fungieron en su reunión como jefes, el justificar su manejo en materia de interés; queda al arbitrio del señor Huerta hacerlo de la manera que le parezca más conveniente, ofreciendo únicamente el señor comandante general auxiliarlo para ello.

8°. El señor comandante general ofrece a nombre del supremo gobierno que ni el señor don Nieves Huerta, ni individuo alguno que haya pertenecido a su reunión y de presente, será molestado por su conducta política en el tiempo que permanecieron separados de la obediencia del supremo gobierno no debiéndose entender esta oferta para lo futuro.

9°. Para la ratificación por el señor don Nieves Huerta de los artículos anteriores, se concede el término de cuatro días, suspendiéndose en ellos las hostilidades, los que cumplidas y no desobedecido este convenio ratificado, se tendrá por no existente y se comenzará a aquellas de nuevo.

Y para que conste, lo firmaron el señor comandante general y los repetidos señores comisionados, en la misma ciudad, día, mes y año.

Isidro Reyes, Luis Cervantes, José Anastasio Alvelarde.

Me ratifico, Nieves Huerta

Context

As can be seen in this database, on 1 December 1837, Gordiano Guzmán launched the pronunciamiento of Aguililla, to enforce the readoption of the 1824 Constitution. It was part of a larger conspiracy that spread over several regions of Michoacán. The pronunciados were mainly former civic militiamen who had fought for the insurgency during the War of Independence and small landholders. They were federalists, radicals, and had a degree of popular support, including from Purépecha Indian communities. As a result they received significant backing from most rural authorities in Michoacán, gaining some adherents in neighbouring Jalisco. The social demands made in Guzmán’s pronunciamiento did not escape the attention of the local elites who immediately set out to crush the pronunciamiento employing brutal force. However, the use of violence and intimidation alone was not enough to quell the revolt. The outcome was four years of civil conflict and acute instability in the region, with Guzmán conducting a campaign of guerrilla warfare and hit and run operations from the Sierra. This particular pronunciamiento cycle – which degenerated into a long-drawn out agrarian revolt of sorts, - did not end until 24 February 1842, when Guzmán finally handed himself in, making the most of a general amnesty Santa Anna’s government offered him. This document shows how the government authorities, having failed to defeat Guzmán’s supporter Nieves Huerta by force, attempted to persuade him to put down his arms by offering him and his men a general amnesty.

WF

Notes

AHSDN: Xl/481.d/1288, ff. 39-40.

Also in Josefina Zoraida Vázquez (ed.), Planes en la nación mexicana. Libro tres: 1835-1840 (Mexico City: Senado de la República/El Colegio de México, 1987), p. 157.

Transcribed by Germán Martínez Martínez and Revised by Will Fowler.

Participants (4):

Signatory role:
Luis Cervantes (Michoacán)
Nieves Huerta
Anastasio Martínez Velarde
Isidro Reyes

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Parent pronunciamientos
Pronunciamiento federalista de Aguililla (reactive-cum-proactive, opposing)
1 December 1837 ; Aguililla, Michoacán

Pronunciamiento grievances

Other (Amnesty)

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