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Acta del ayuntamiento de Ario

31 July 1834

Region: Michoacán
Place: Ario

Pronunciamiento text

Acta del ayuntamiento del pueblo de Ario, 31 de julio de 1834

En el pueblo de Ario a treinta y uno de julio del año de mil ochocientos treinta y cuatro reunidos el muy ilustre ayuntamiento en la sala de sus sesiones y convocados al mismo local todos los vecinos que pudieron concurrir, dada lectura por el secretario a un oficio del muy ilustre ayuntamiento de la capital de Morelia, y a las actas celebradas por el de la ciudad de Pátzcuaro y el del pueblo de Taretan, cuyos documentos tienen por objeto la necesidad de variar de sistema de gobierno, haciendo uso de la palabra el señor teniente de cura brigadier don Juan Nepomuceno Sierra dijo: que aunque está íntimamente convencido de la hermosura y armonía del sistema republicano en que nos habíamos constituido; lo está igualmente, de que el abuso de los funcionarios, no ha dejado de él más que un aparato exterior, o algunas fórmulas destruido en su esencia de sistema de que resultaba que no necesitando la nación para su conservación de teorías si no de un gobierno equitativo enérgico y que saque a los ciudadanos del lamentable estado a que los ha reducido la insaciable sed de dinero y de puestos públicos, se haría indispensable adoptar otro menos dispendioso y cuyos resultados alejen de nosotros los indecibles males que nos ha producido el presente. No busquemos a esta verdad más pruebas que la experiencia ¿Y la de diez años de continuos padecimientos, no será bastante a mudar nuestro errado juicio? Si echamos una ojeada sobre el partido vencido, hallaremos acaso que de su mismo abatimiento forma hoy los elementos a nueva revolución. Córtese pues de raíz el germen de esta degradación, disminuyendo los aspirantes y venidos. Manda uno, o manden pocos para que sean menos los opresores. En estado de quietud y paz sería, sin duda un despropósito, intentar, cualesquiera suertes de innovación que acarrearía funestos resultados; más cuando la convulsión presente ha puesto los ánimos en grave efervescencia, y la opinión publica se ha hecho escuchar por los augustos del Anáhuac, se tiene con esto puesta la palanca política y no falta más que darle un ligero impulso para desplomar el ruinoso edificio. Supuesto, pues que la necesidad, la utilidad y la expresa voluntad de los pueblos, reclaman esta medida, diríjase al ilustre ayuntamiento al excelentísimo señor general don Antonio López de Santa Anna, único depositario de la confianza pública, para que con tal carácter convoque para una convención nacional a tres o más individuos de cada estado, que a más de su honor probidad y desinterés, no hayan jamás pertenecido a ninguno de los partidos que están en pugna. Ventilada en esta asamblea cuestión de tanta trascendencia, se adoptará por ella el nuevo sistema que convenga o si debemos continuar en el presente.

A continuación se adhirieron a esta opinión los ciudadanos Joaquín Vargas, Miguel García, Antonio Valdés, José María Gutiérrez, Manuel Tirado, Ricardo Silva y Manuel Caparros.

El ciudadano regidor Romualdo Franco expuso que hallándose muy en consonancia el pronunciamiento de este pueblo con el de Taretan, adoptados los artículos de su plan a excepción del tercero que extraña de los lugares de su residencia a los militares que en ellos hayan sido nombrados cuya proposición siguieron los ciudadanos Benito Aguilar, Ignacio Román y Carlos Franco; y los demás señores capitulares manifestaron que estaban por secundar en todas sus partes los cuatro artículos de que se compone la expresada acta del ilustre ayuntamiento de Taretan y los mismo dijeron todos los concurrentes por aclamación, acordándose que se copien al pie de la letra en la acta de este día, que son los siguientes:

Art. l°. Secundar la representación hecha por la capital del estado de Querétaro al excelentísimo señor presidente don Antonio López de Santa Anna; dirigiéndose por conducto del ilustre ayuntamiento de la capital de Morelia a fin de que se adopte el sistema que la nación tenga a bien, como no sea el federal.

Art. 2°. Que se lleve a efecto el nombramiento de jefe político y el de suplente en las personas de los ciudadanos Martín Mier y Mariano Azorena.

Art. 3°. Que se tomen providencias a fin de que los revolucionarios no habiten en los pueblos en donde han causado perjuicios, tomando parte activa en las revoluciones.

Art. 4°. Que se dirija por el conducto derecho esta respetuosa súplica al excelentísimo señor presidente D. Antonio López de Santa Anna, protestando no tener otro objeto que el bien general, y sujetarse en todo a lo que su excelencia tenga a bien disponer en virtud de la confianza que tan justamente han depositado los pueblos en su persona.

El ciudadano presidente Benito Aguilar pidió que se remitan copias de esta acta a los ayuntamientos de la capital del estado de la ciudad de Pátzcuaro y del pueblo de Taretan. Con lo que se concluyó dicha acta que fue firmada el citado presidente y demás señores capitulares por ante mi el secretario Benito Aguilar

Romualdo Franco; Antonio Valdés; Ignacio Román; Vicente Piragua; Basilio Castrejón; Manuel Castañeda; Francisco García; Miguel Moreno; Vicente Venegas; Miguel García, secretario.

Es copia de su original que obra en el libro de actas del muy ilustre ayuntamiento ode este pueblo a que me refiero. Sala capitular de Ario.

Agosto 1º de 1834.

Miguel Garcia

Secretario

Context

The Acta del ayuntamiento de Acámbaro (Guanajuato) of 13 July 1834 is the first document the Pronunciamientos Research Team has found to date that after offering its support and allegiance to the pronunciamiento of Cuernavaca of 25 May 1834, added an article which, albeit expressed somewhat obtusely, appeared to make a call for a change in political system, by specifying that were the Federal Constitution “unfortunately” to remain in place, this particular municipality would cease to pay the wages of all popularly elected posts. The pronunciamiento of San Miguel Acambay of 29 July 1834 went on to reiterate this centralist demand in its first and main article, suggesting that as early as the summer of 1834, disenchantment with the 1824 federalist model was beginning to find expression in a handful of pronunciamientos. This pronunciamiento, taking the lead from a representation made by the state capital of Querétaro, as well as actas from Morelia, Pátzcuaro and Taretan, went one step further by actually asking Santa Anna to summon a constituent congress or convention charged with adopting a new political system that was not federalist. The generalised call for the end of the 1824 Federal Constitution that would usher in the Central Republic (1835-1846) would not gather momentum for another year. It was not, in fact, until the spring-summer of 1835 and only once the pronunciamiento cycle of Orizaba (19 May) and Toluca (29 May) got under way, that centralist demands like this one became common.

WF

Notes

AGN: Gobernación, 1834, s/c, caja 203.

Also in Josefina Zoraida Vázquez (ed.), Planes en la nación mexicana. Libro dos: 1831-1834 (Mexico City: Senado de la República/El Colegio de México, 1987), p. 422.

Transcribed by Natasha Picôt and revised by Will Fowler.

Original document double-checked by Germán Martínez Martínez on 03/03/2009. Colección Josefina Z. Vázquez/Planes y Documentos, 1834 (III), Archivo Histórico del Colegio de México, Caja 11.

Participants (9):

Signatory role:
Manuel Castañeda
Basilio Castrejón
Romualdo Franco
Francisco García
Miguel García
Miguel Moreno
Vicente Piragua
Ignacio Román
Antonio Valdés

Pronunciamiento grievances

National (in favour of Plan de Querétaro, against Federalism)

Local (in favour of Martín Mier and Mariano Azorena)

Reactive

Civilian

Personal (in favour of Antonio López de Santa Anna)

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