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Manifiesto y plan federalista de Alejo Espinosa

23 December 1838

Region: Colima
Place: Colima

Pronunciamiento text

Manifiesto y plan de Alejo Espinosa, 23 de diciembre de 1838

Mexicanos:

Desde 1835 en que por una facción fue destruida la constitución que en 1824 se dio libremente la nación, una serie de desgracias que tienen su origen en el monstruoso [ilegible] que nos dio el código central, han ido preparando la ruina de la patria y la desorganización social. No nos detendremos en el detalle de estas desgracias lamentables, que por su deformidad son bastantemente conocidas, descenderemos pues a hacer una ligera reseña de los males que hoy nos afligen.

Siete meses ha que los mexicanos estamos viendo con ira el atrevido ultimátum que la orgullosa Francia arrojó contra las murallas de S. Juan de Ulúa, y aguardándolo todo de nuestro gobierno sólo a él hemos estado dirigiendo nuestras miradas: empero llegó el infausto día 23 de noviembre, y su triste expectativa degeneró en desesperación y rabia contra él y sus invasores. Porque a la verdad, siete meses de [ilegible] a los pueblos más medios de salvación, que pomposos razonamientos y adormecedoras protestas, indican o una traición inaudita, o una torpeza e ineptitud inconcebible que de cualquiera manera nos condujera a la servidumbre.

El evidente peligro que amenaza a la nación ha exasperado ya la calma y prudencia del ciudadano más apacible. El rendimiento del castillo de Ulúa y toma de la plaza de Veracruz causa hoy la admiración pública, y por un cálculo exactamente tirado todos concluyen hallarse en esta parte una trama concertada que aun permanece envuelta en las sombras del misterio. Hay conjeturas legales y positivas que vehementemente nos dan su solución. Una de ellas y la más marcable, es la tenaz oposición de algunos comandantes de armas, principalmente el de Colima, en oponerse de todas maneras a la organización y disciplina de la milicia que con el título de defensora de la patria se trató de establecer. Y cuando la nave del estado peligra, cuando la nación misma no encuentra en su gobierno la menor esperanza de salvación, ¿quién arrostrando toda clase de peligros y venciendo obstáculos sin cuento no volará a salvar a su patria?

Impelidos, pues, la guarnición de esta plaza y demás ciudadanos que suscriben, por causas tan poderosas, han pospuesto al bien general la tranquilidad y reposo que disfrutan en el seno de sus familias; han abandonado por último sus intereses todos, precipitándose al peligro para coadyuvar a la libertad de su cara y adorada patria, despedazando intrépido el guante que el envanecido Luis Felipe ha arrojado sobre las playas de Veracruz. Estas son sus únicas miras de ambición, y las que juran observar bajo las bases que expresan los artículos siguientes:

1º. Consecuente a los votos generales de la nación, protestan sostener a todo trance la independencia nacional, y secundan las peticiones de los virtuosos y beneméritos soldados de la patria Urrea, Palafox, Guzmán, Montenegro y Vélez, circunscritas a la restauración del gobierno representativo popular federal, con las reformas que una convención le hiciere.

2º. En consecuencia, se substraen de la obediencia del actual gobierno, y en el entretanto se realizan las pretensiones indicadas en el artículo anterior, este territorio se gobernará según las bases de la constitución de 1824.

3º. El actual señor prefecto (que en lo sucesivo será denominado jefe político) y demás empleados actuales, que se adhieran a este plan y merezcan la confianza, continuarán en el desempeño de sus atribuciones; en caso contrario serán removidos de sus encargos y substituidos según corresponda.

4º. Establecido el gobierno político, su primera y principal atención será prepararse para la guerra contra los franceses, llamando al servicio de las armas a las milicias permanente, activa y cívica, reasumiendo en sí el gobierno político y militar, ínterin se encarga de este último un jefe de graduación.

5º. Se establece un consejo de gobierno compuesto de tres individuos nombrados por una junta general de vecinos, con [ilegible] todas sus medidas, tanto en lo político como en lo militar, ínterin dure con este encargo, pudiendo únicamente obrar por sí en los casos en que por su sencillez no lo necesite, o por la urgencia no de lugar a ocurrir al consejo.

6º. El señor jefe político, de acuerdo con el consejo, dictará todas las disposiciones conducentes para aumentar la fuerza armada y proporcionar todos los recursos para el sostén de la guerra nacional y la ejecución de los artículos anteriores.

7º. Este plan se comunicará al señor prefecto y demás autoridades y empleados de este territorio, y a los Excmos. Sres. gobernadores y comandantes generales de los departamentos, excitando su patriotismo para que se sirvan secundarlo y cooperar por su parte a la consecución de los loables objetos que se proponen en el artículo primero.

Colima, diciembre 23 de 1838.

Alejo Espinosa

Context

This is a pronunciamiento de adhesión, in which the pronunciados offered their support and allegiance both to José Urrea’s federalist Plan of Arizpe of 26 December 1837 and the subsequent Plan adoptado por el Ejército Libertador of 16 December 1838 which had gone on to call for the overthrow of Bustamante’s government. Unlike those pronunciamientos de rechazo o counterpronunciamientos that, faced with the war with France, had called for an end to the waves of pronunciamientos, petitions and representations that, having started in Sonora in September 1837, were distracting the army from its main duty: i.e. to defend Mexico from a foreign aggression, Alejo Espinosa was of the view that overthrowing the government and restoring the 1824 Constitution was essential if Mexico was to ensure France’s navy was repulsed.

WF

Notes

El Cosmopolita, 12 de enero de 1839.

Also in Josefina Zoraida Vázquez (ed.), Planes en la nación mexicana. Libro tres: 1835-1840 (Mexico City: Senado de la República/El Colegio de México, 1987), pp. 171-172.

Transcribed by Germán Martínez Martínez and Revised by Will Fowler.

Participants (1):

Leader and signatory role:
Alejo Espinosa

Related pronunciamientos

Parent pronunciamientos
Proclama y plan de José Urrea y pronunciamiento de la guarnición de Arizpe (reactive-cum-proactive, supporting)
26 December 1837 ; Arizpe, Sonora
Plan adoptado por el Ejército Libertador (reactive-cum-proactive, supporting)
16 December 1838 ; Tampico, Tamaulipas

Pronunciamiento grievances

National (federalist, anti-government, anti-constitution, in favour of 1824 constitution)

Local (anti-government, in favour of Triumvirate)

Political (federalist, anti-government)

Reactive

Civilian

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