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Plan de los pronunciados
(Puebla, May 1834)
Manifestación del ayuntamiento de la villa de Salamanca
(Guanajuato, 8 May 1834)
Protesta que hace la guarnición de Puebla
(Puebla, 11 May 1834)
Acta celebrada en Jalapa
(Veracruz, 15 May 1834)
Acta del pueblo de San Francisco Ixtacamartitlán
(Puebla, 17 May 1834)
Acta del ayuntamiento de San Agustín Tlaxco
(Tlaxcala, 18 May 1834)
Publicación y celebración del acta de San Francisco Ixtacamartitlán
(Puebla, 19 May 1834)
Acta del pronunciamiento del Estado de Oaxaca
(Oaxaca, 23 May 1834)
Acta del ayuntamiento de Tlaxcala
(Tlaxcala, 24 May 1834)
Acta del pronunciamiento de Cuernavaca
(Morelos, 25 May 1834)
Acta del ayuntamiento de Tlaxcala
(Tlaxcala, 25 May 1834)
Plan de Huitzuco
(Guerrero, 27 May 1834)
Acta del ayuntamiento de Chicnahuapan
(Estado de México, 27 May 1834)
Acta del ayuntamiento del pueblo de Mazatepec
(Morelos, 27 May 1834)
Acta del pueblo de Iguala
(Guerrero, 27 May 1834)
Acta del ayuntamiento de Santa Ana Chiautempan
(Tlaxcala, 28 May 1834)
Acta de Zacapoaxtla
(Puebla, 28 May 1834)
Acta del ayuntamiento de la ciudad de Huejotzingo
(Puebla, 28 May 1834)
Acta del ayuntamiento, el cura y el vecindario del pueblo de Tepecoacuilco
(Guerrero, 29 May 1834)
Acta del ayuntamiento de la villa de Ixtlahuaca
(Estado de México, 29 May 1834)
Actas del ayuntamiento del pueblo de Santa María Nativitas
(Tlaxcala, 30 May 1834)
Acta del ayuntamiento de Tlacotepec
(Puebla, 30 May 1834)
Acta de San Agustín del Palmar
(Veracruz, 30 May 1834)
Acta del pueblo de Tenancingo
(Estado de México, 31 May 1834)
Plan de Toluca
(Estado de México, 31 May 1834)
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August (14)
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Manifestación del ayuntamiento de la villa de Salamanca

8 May 1834

Region: Guanajuato
Place: Salamanca

Pronunciamiento text

Manifestación del ayuntamiento de la villa de Salamanca, 8 de mayo 1834

El ayuntamiento de la villa de Salamanca, ante la notoria justificación de vuestra honorabilidad, entiende faltaría [a] uno de sus principales deberes si no manifestase [a] los padres de la partía el desagrado que existió en los ánimos de los ciudadanos todos de esta villa, la noticia de la expatriación de Ilmo. Sr. obispo de Morelia como un resultado del decreto soberano de 22 de abril último, que ha tenido a bien sancionar la suprema legislatura de la república.

Estamos, Sr. honorabilísimo, muy distantes de atrevernos a calificar la legitimidad de este augusto decreto, porque la inferioridad de nuestras luces, particularmente en este ramo de jurisprudencia, no nos permite juzgar de unas decisiones que demandan seguramente conocimientos muy vastos en la ciencia de la legislación. Respetamos en este punto las luces y probidad de los supremos poderes que en el día rigen los destinos de nuestra cara partía; pero sí está a nuestro alcance los resultados que en política ha producido en los ánimos, al menos en esta villa, el soberano decreto de que se habla. Hase sobresaltado el pueblo porque cree comprometido el culto católico, cuando ve que el Ilmo. Sr. obispo de Morelia prefiere antes una triste expatriación, que el suscribirlo. Bien sabe esa augusta asamblea que los pueblos, de ordinario, no tienen otro libro en que leer la justicia y bondad de las deliberaciones de sus jefes, que el semblante de estos mismos: y el pueblo de Salamanca mira con consternación divididos los ánimos de nuestros conductores. Si la divergencia de opiniones estribara sobre materias puramente de estado, guardaría una inalterable tranquilidad, porque tal ha sido la conducta de este pueblo en los varios debates que se han sucedido unos a otros en las vicisitudes que ha producido el nuevo orden de cosas, que trajo consigo la independencia nacional, no precisamente por apatía, sino por la inferioridad de nuestros conocimientos; pero en esta vez tenemos mucho, que si los Ilmos. Sres. obispos, conformes con el de Morelia en dictamen, prefieren el destierro al obsequio que demanda el decreto soberano quede una segunda vez sin estos primeros ministros de la iglesia mexicana: y que aun en la suposición que se dividiesen en opiniones los ministros eclesiásticos de inferior jerarquía, no por esto descansarían los ánimos, antes bien tenemos mucho que en el caso se abriría la puerta fatal de la discordia entre hermanos, unidos con los vínculos de sociedad y religión. Mas si identificasen todos los ministros del culto sus ideas en esta materia, y se viesen estrechados a abandonar el patrio suelo para mendigar entre los extranjeros, ¿a que vendría a reducirse el culto que nos han dejado nuestros padres, y que seguramente profesan nuestros conciudadanos que hoy ejercen los supremos poderes de la República?

Los pueblos de México, no menos idólatras de su libertad que de su religión,¿mirarían con ojo enjuto emigrada una porción de sus conciudadanos a países extraños, o perecer miserablemente en nuestras costas matadoras? ¿Este golpe no arrancaría al menos nuestras lágrimas a innumerables familias con las que están conexionadas por amistad o parentesco? Mas suponiendo aún que los pueblos presenciasen sin interés esta escena, hasta ahora nunca vista en el suelo mexicano, ¿quién puede calcular los males que produciría en el orden social la falta de este poderoso resorte de la religión que nuestra República, más bien que en otro cualquiera punto del globo, es el móvil más activo para hacer entrar a las masas en el orden y subordinación?

Tales son, Sr. honorabilísimo, las lúgubres, y tal vez muy exactas reflexiones que consternan el ánimo de este pueblo; y por el derecho que tiene de pedir, por ser, aunque minutísima, una parte de la República Mexicana, eleva hoy por nuestra mediación, ante vuestra honorabilidad, esta comedida representación, cuyo objeto es, suplicarle se digne interponer sus altos respetos, por vía de iniciativa, para con los supremos poderes de la unión, a fin que si están acordes con nosotros la mayoría de los pueblos de la República, tenga a bien moderar el referido soberano decreto 22 de abril último, de manera que sin comprometer las opiniones religiosas de los Ilmos. Sres. obispos y demás ministros de nuestro culto, pueda dar lleno al art. 3 de la constitución general, y así se salvarán estos grandes intereses.

En cuyos términos.

A vuestra honorabilidad suplicamos rendidamente, defiera anuente a nuestra solicitud, que es justicia.

Salamanca, mayo de 8 de 1834.

Context

The radical congress of 1833-34 displayed from its inception a marked anticlerical agenda. Between 12 June and 6 November 1833 it proposed and passed a whole array of highly controversial laws. The following deserve a mention: 12 June: The staff of Mexico City town council (which was still composed of politicians who had been named by Bustamante) were replaced with their 1829 predecessors; 23 June: The Ley del Caso expelled from the republic fifty-one politicians whose views were considered to be unpatriotic (including General Bustamante); 17 August: The missions in California were secularised; 31 August: Church property belonging to the missionaries from the Philippines was expropriated; 14 October: The ecclesiastical Colegio de Santa María de Todos los Santos was shut down; 18 October: The properties of the Philippine and San Camilo missionaries were placed on auction to the general public; 19 October: The Catholic and church-dominated University of Mexico was shut down; 21 October: The closed university was replaced by a (secular) Dirección General de Instrucción Pública; 24 October: The closed Colegio de Santa María de todos los Santos was to become a national library; 24 October: The Dirección General de Instrucción Pública was to be financed through the expropriation of the following church properties: the Monastery and Church of San Camilo, the Hospital and Church of Jesús, the Hospital de Belén, the Asylum of the Poor of Santo Tomás, the Old Inquisition building, and the Monastery and Church of the Espíritu Santo; 27 October: The civil obligation to pay diezmos (tithes to the Church) was abolished; 3 November: the 16 May 1831 Law that granted the church the right to nominate its priests, bishops, and archbishops was abolished; 6 November: The civil obligation to take ecclesiastical vows was abolished. The 1833 Escalada-Durán-Arista pronunciamiento cycle had already shown that there were high-ranking officers who were virulently opposed to Congress’ measures and believed in defending church and military privileges. Nicolás Bravo’s Plan of Conciliation or Chichihualco of 2 December 1833 had actually called for the summoning of a new congress. As can be seen in this and the 200+ pronunciamientos that were launched in 1834, Congress’ anticlericalism proved intensely unpopular, provoking the largest number of recorded pronunciamientos in the nineteenth century.

In this instance, the town council of Salamanca pronounced in reaction to Congress’ expatriation of the Bishop of Morelia.

WF

Notes

Colección Josefina Z. Vázquez/Planes y Documentos, 1834, Archivo Histórico del Colegio de México, Caja 9.

Transcribed by Germán Martínez Martínez and Revised by Will Fowler.

Pronunciamiento grievances

National (pro-clerical)

Political (pro-clerical)

Proactive

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