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Acta del pronunciamiento de Macuspana

21 July 1835

Region: Tabasco
Place: Macuspana

Pronunciamiento text

Acta del pronunciamiento de Macuspana, 21 de julio de 1835

En el pueblo de Macuspana cabecera de partido de la comprensión del departamento de La Sierra del estado de Tabasco a los veintiún días del mes de julio de mil ochocientos treinta y cinco: reunido el vecindario por segunda vez en unión de su R. ayuntamiento como a las siete de la noche a virtud de haberse pronunciado el pueblo por el sistema central el veinticuatro del pasado, cuyo pronunciamiento no se efectuó con las formalidades debidas que ahora; por no haber numero suficiente en el ayuntamiento para el caso (como ahora lo hay) se tomaron en consideración los males que el sistema constitucional planteado desde el año de veinticuatro ha producido fomentando la anarquía y desorden como así mismo el grado de ambición de empleos en la masa general de los pueblos, y con ella las continuas revoluciones que no han dejado consolidar a ninguno de los gobiernos que desde aquella época se han establecido ni una paz duradera y satisfactoria para los ciudadanos, favoreciendo la insolente demagogia que ha sido el puñal feroz de los mexicanos más útiles a la patria a quienes ha declarado la más atroz persecución que se ha visto hasta aquí, la que creemos positivamente no se verá jamás en la historia de la gran nación mexicana de cuyos principios ha dimanado el que convirtiéndose los pueblos en ciegos partidarios se hayan hecho unos a otros la más cruel y sangrienta guerra, resultando de aquí la disminución de multitud de ciudadanos que han sido sacrificados por sus mismos hermanos sufriendo incalculables perjuicios la agricultura, comercio, y demás artes por causa de los que debían estar ocupados en días y últimamente el empobrecimiento general de todas las clases de la nación conduciéndose esta al sepulcro de la calamidad más lastimera y agotándose en extremo los recursos de sus rentas causando todo esto en su mayor parte el crecido número de empleados inútiles que reporta sobre sí, sirviendo solamente estos para arruinar a nuestra amada patria; por lo que considerando que sólo un gobierno firme, sencillo, y enérgico es el único que pueda sacarla del abatimiento a que por las causas expuestas se ve reducida; uniformando sus votos con la opinión general libremente manifestada por la mayoría de la nación y pueblo de este estado; reunido este lleno del mayor entusiasmo con el objeto de emitir franca y espontáneamente su voluntad en favor del cambio de sistema después de una detenida discusión se acordaron los artículos siguientes:

1. Que el pueblo de Macuspana cabecera de partido de la comprensión del departamento de La Sierra de este estado pide y declara que su opinión y libre voluntad, es, que la nación sea regida bajo la forma de república central representativa popular, conservándose la independencia nacional, la religión católica apostólica romana, libertad legal de imprenta y división de poderes.

2. Que el actual Congreso de la Unión, en quien por voluntad general de la nación residen facultades amplísimas sin detenerse en los límites que fija a estas, se dignará declararse constituyente y dará en consecuencia la constitución central que deba regir.

3. Que mientras se publique y rija esta constitución continuarán fungiendo las autoridades existentes del estado a quienes se les guardará el mayor respeto y obediencia como a tales, a excepción de aquellas que únicamente sean de contraria opinión, en cuyo caso serán relevadas de sus empleos y conocidas por tales.

4. Que las vacantes de estas como también de las que por enfermedad, muerte u otro motivo justo que se haga ver sea cubierta por el orden que las mismas leyes detallan.

5. Que se continuará reconociendo como jefe supremo de la nación al Excmo. Sr. general D. Antonio López de Santa Anna, hasta tanto la respectiva constitución central señale el tiempo, modo y forma de elegir al que ha de sucederle.

6. Que se remita directamente copia de esta acta a su señoría el Sr. jefe político de este departamento y a su excelencia el Sr. gobernador de este estado a quien se suplica sumisamente se sirva elevarla adonde convenga para que se hagan ver las razones vertidas en ella y sean atendidos y escuchados los votos de esta población.

Con lo que se concluyó esta acta que firmó el Sr. presidente con todos los concurrentes de que yo el Srio. doy fe.

Juan Francisco de Beserra, presidente; Pedro Andrade, regidor 1° con funciones de alcalde 2°; Isidro Romen, regidor 2°; Antonio Peres, regidor 3°; José Luis Hernández, regidor 4°; Matilde Franco, síndico procurador; Agustín Dolores Guitar, diputado; José Luis Argais, encargado de esta parroquia y cura interino de la parroquia de Tacotalpa; Gabriel Franco, administrador subalterno de rentas nacionales de este; Francisco Peres; Juan Bautista Sandoval; Capriano de Jesús Ballester; Juan José Tórrense; Francisco Guitar, alférez de milicia activa; Gaspar Zenteno; Pedro Miguel Fernandez; por los ciudadanos: Antonio Herrera, Manuel García, Pedro Miguel Hernández, Pedro Chi; por D. Germán Sala, Pedro Cail; Damasco Zurita, por mí y por cincuenta ciudadanos que no saben firmar, Luis de Llano; por mí y mi hermano, Francisco Joaquín Beserro; Sacarias Santa Marta, Apolonio Mendes; José Felipe Cana, secretario.

Tabasco 1835. Imprenta del Gobierno dirigida por Benito Gonzales.

Context

Like so many of the pronunciamientos that were launched in 1835, although this Acta did not specifically declare its allegiance to the Plan of Orizaba of 19 May or the Plan of Toluca 29 May 1835, it was part of the constellation of pronunciamientos that called for an end to the 1824 Constitution and the adoption of a new centralist charter. Worthy of note is that although the town council of Macuspana had intended on pronouncing this way back on 24 June, it had not done so then because it was believed that not enough councillors were present. The need for quorum carries the implication that the decision to launch a pronunciamiento was not taken lightly and required a meaningful discussion beforehand with a significant number of town council members present.

WF

Notes

AGN: Historia, v. 559, cuaderno 23.

Also in Josefina Zoraida Vázquez (ed.), Planes en la nación mexicana. Libro tres: 1835-1840 (Mexico City: Senado de la República/El Colegio de México, 1987), p. 71.

Transcribed by Germán Martínez Martínez and Revised by Will Fowler.

Original document double-checked by Natasha Picôt (8/12/08). COLMEX: J. Z. Vázquez Planes y documentos, Caja 13, Exp. 6, f. 15.

Participants (28):

Signatory role:
Pedro Andrade
José Luis Argais
Cipriano de Jesús Ballester
Francisco Joaquín Becerra
Pedro Cail
Pedro Chi
Pedro Miguel Fernández
Gabriel Franco
Matilde Franco
Manuel García
Agustín Dolores Guitar
Francisco Guitar
José Luis Hernández
Pedro Miguel Hernández
Antonio Herrera
Luis de Llano
Apolonio Méndez
Francisco Pérez
Antonio Pérez (Tabasco)
Isidro Romen
Germán Sala
Juan Bautista Sandoval
Zacarías Santa Marta
Juan José Tórrense
Gaspar Zenteno
Damasco Zurita
Leader and signatory role:
Juan Francisco de Becerra
Secretary and signatory role:
José Felipe Cana

Pronunciamiento grievances

National (centralist, pro-clerical, anti-constitution, against Federalism)

Political (centralist, pro-clerical, anti-constitution)

Reactive

Military (civic militia)

Civilian

Personal (in favour of Antonio López de Santa Anna)

Other (Freedom of press and division of power)

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