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Santiago Vidaurri, General en Jefe del Ejército del Norte, restaurados de la libertad de la patria y gobernador de Nuevo León y Coahuila

21 August 1855

Region: Nuevo León
Place: Monterrey

Pronunciamiento text

Pronunciamiento de Santiago Vidaurri, 21 de agosto de 1855

SANTIAGO VIDAURRI GENERAL EN JEFE DEL EJÉRCITO DEL NORTE RESTAURADOR DE LA LIBERTAD DE LA PATRIA Y GOBERNADOR Y COMANDANTE GENERAL DE LOS ESTADOS LIBRES DE NUEVO LEÓN Y COAHUILA

Considerando que si bien lo que se ha llamado ejército mexicano ha debido ser, como sucede en todas partes del mundo, el más firme apoyo de la seguridad exterior e interior y los dos sacramentos derechos de la nación, por el contrario ha sido el que más ha contribuido con su inmoralidad y cobardía a la desmembración de su territorio, a la mengua de su honor en el extranjero, y servido de instrumento directo a los tiranuelos que han sucedido en México, razón porque no ha podido constituirse de una manera permanente y análoga a su voluntad y fecundos elementos de poder y riqueza con que la dotara el Supremo Autor de las sociedades.

Considerando que desde nuestra gloriosa emancipación hasta la fecha ese mismo ejército ha operado todos los trastornos que ha resentido el país destronando primero al libertador de México y elevando al poder sucesivamente hombres sin títulos ni cualidades, sacrificando innumerables víctimas en estas contiendas y degradando a la patria ante el mundo civilizado, haciéndola aparecer débil y sin crédito en lugar de enaltecerla al nivel de las naciones más poderosas e ilustradas:

Considerando que en los dos últimos años transcurridos ese ejército de jenízaros despiadados ha sido el verdugo de la nación y el instrumento vil y ciego del tirano Santa Anna porque a su nombre y solo por complacerle ha hecho las más espantosas carnicerías manchando sus manos con sangre inocente de sus hermanos indefensos, incendiando además las poblaciones y confiscando las propiedades de los habitantes de Michoacán y Guerrero en donde millares de familiares lloran la muerte de sus deudos y piden justicia contra esos actos de atrocidad:

Considerándose que son crímenes de lesa nación los que quedan compendiados y deben sus fautores sujetarse al juicio de la ley para que respondan a los terribles cargos que les resultan a cuyo efecto han de ser primero destituidos de la investidura y de la pública confianza que depositara en ellos la madre partía:

Considerando por último que en las presentes circunstancias solamente son acreedores al honor de hacer la guardia a la nación con las armas los mismos que la han liberado de la tiranía; en uso de las amplias facultades que me han sido conferidas por estos tres estados del norte y en representación de los sagrados derechos de la república mexicana que sostengo y sostendré con las armas hasta la consumación del presente movimiento político he tenido a bien decretar:

Art.1.° Por delincuente y responsable de la sangre que se ha derramado en la lucha del pueblo contra la tiranía se da de baja a lo que hasta aquí se ha llamado ejército permanente o tropas leales de S.A.S.

Art.2.° Los individuos de él que no depongan las armas ante las primeras autoridades políticas de los pueblos en donde existan serán reputados como enemigos públicos y malhechores y tratados como tales. Lo mismo se hará con los generales, jefes y oficiales que porten distintivos militares y de cualquiera manera se mezclen, en pro o en contra en la cuestión política que está para resolverse.

Art.3.° Mientras el soberano congreso nacional manda enjuiciar a los generales, jefes y oficiales que han derramado la sangre de los ciudadanos y oprimídolos a nombre de la déspota Santa Anna en lugar de defenderlos, hace justicia y vuelve sus empleos a los que no se han manchado con ella y arregla el ejército como sea de su agrado y en [ilegible] que no se sobreponga a la ley y a la autoridad, sino que sea su sostén, no hay más ejercito nacional que el que ha derrocado la tiranía compuesto de las fuerzas pronunciadas del sur, centro y norte de la república.

Art.4.Los individuos de la clase de tropas que quieren continuar sus servicios en las filas del nuevo ejército nacional, serán admitidos previos los informes de su conducta anterior jurando ser fieles a la ley fundamental de la nación

Artículo transitorio. Se pasarán ejemplares de este decreto a los Excmos. Sres. generales D. Juan Álvarez, D. Ignacio Comonfort y demás jefes de fuerzas pronunciadas antes de su aprobación se sirvan mandarlo publicar y observar.

Por tanto, mando se imprime publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el cuartel general en Monterrey a 21 de agosto de 1855.

Santiago Vidaurri

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