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1834 (260)

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February (1)
March (3)
April (1)
May (16)
June (47)
Acta del ayuntamiento del Mineral de Veta Grande
(Zacatecas, 1 June 1835)
Acta del ayuntamiento de Sombrerete
(Zacatecas, 1 June 1835)
Acta del ayuntamiento de Saín Alto
(Zacatecas, 1 June 1835)
Iniciativa del ayuntamiento de San Luis Potosí
(San Luis Potosí, 1 June 1835)
Acta del ayuntamiento del Mineral de Pánuco
(Zacatecas, 1 June 1835)
Acta del pronunciamiento de la ciudad de Oaxaca
(Oaxaca, 1 June 1835)
Acta de San Juan Teotihuacán
(Estado de México, 1 June 1835)
Acta del pronunciamiento de Santa Ana Chiautempam
(Tlaxcala, 1 June 1835)
Acta de Zinacantepec
(Estado de México, 1 June 1835)
Acta del pronunciamiento de Mineral del Taxco
(Guerrero, 1 June 1835)
Acta del pronunciamiento del pueblo de Tenango
(Estado de México, 1 June 1835)
Acta del pronunciamiento de Nativitas
(Tlaxcala, 2 June 1835)
Pronunciamiento del ayuntamiento de San Juan Bautista del Teúl
(Zacatecas, 2 June 1835)
Acta de Tlaltenango
(Zacatecas, 2 June 1835)
Acta de San Juan Bautista de Tepetongo
(Zacatecas, 2 June 1835)
Pronunciamiento del ayuntamiento de Tepechitlán
(Zacatecas, 2 June 1835)
Acta de Atolinga
(Zacatecas, 2 June 1835)
Acta del ayuntamiento de Guadalupe
(Zacatecas, 2 June 1835)
Acta de la ciudad de Tlalpan
(México D.F., 2 June 1835)
Acta de Momax
(Zacatecas, 2 June 1835)
Acta de Jonacatepec
(Morelos, 2 June 1835)
Acta de Zinapécuaro
(Michoacán, 2 June 1835)
Acta suscrita en la ciudad de México
(México D.F., 12 June 1835)
Plan propuesto por ciudadanos de diversas secciones de la capital
(México D.F., 12 June 1835)
Plan de varios vecinos de la ciudad de México
(México D.F., 12 June 1835)
Acta de los vecinos de 24 puntos de la ciudad de México
(México D.F., 12 June 1835)
Acta de Jalapa
(Veracruz, 13 June 1835)
Adiciones al acta y representación del ayuntamiento y pueblo de Orizaba
(Veracruz, 13 June 1835)
Acta que manifiesta la exposición del ayuntamiento de Morelia
(Michoacán, 16 June 1835)
Pronunciamiento de la ciudad de Nombre de Dios
(Durango, 18 June 1835)
Acta de la junta electoral de Durango
(Durango, 21 June 1835)
Acta de la junta municipal de Culiacán
(Sinaloa, 21 June 1835)
Acta del pronunciamiento de Pueblo Viejo
(Tamaulipas, 22 June 1835)
Acta de los ciudadanos de Austin
(Texas, 22 June 1835)
Acta del pronunciamiento de la ciudad de Campeche
(Campeche, 22 June 1835)
Acta de una junta de vecinos de Durango
(Durango, 23 June 1835)
Acta levantada por el ayuntamiento de Ceiba Playa
(Campeche, 24 June 1835)
Acta de la ciudad de Mérida
(Yucatán, 25 June 1835)
Manifiesto del comandante y acta del pronunciamiento de la Villa del Carmen
(Campeche, 26 June 1835)
Acta celebrada en el puerto de Sisal
(Yucatán, 27 June 1835)
Exposición del pueblo de Hool
(Campeche, 27 June 1835)
Acta levantada por el ayuntamiento de Calkiní
(Campeche, 28 June 1835)
Acta de adhesión del pueblo de Cahuich
(Campeche, 28 June 1835)
Acta de pronunciamiento de la villa de Hecelchakan
(Campeche, 28 June 1835)
Acta de la ciudad de Leona Vicario
(Coahuila, 28 June 1835)
Exposición de los vecinos de Jalapa
(Veracruz, 29 June 1835)
Acta del pronunciamiento de San Juan Bautista de Jonuta
(Tabasco, 30 June 1835)
July (14)
August (3)
September (1)
November (4)
December (1)

1836 (19)

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1840 (26)

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Plan de varios vecinos de la ciudad de México

12 June 1835

Region: México D.F.
Place: Ciudad de México

Pronunciamiento text

Plan de varios vecinos de la ciudad de México para declarar que su apoyo a la religión es incompatible con el sistema republicano federal, 12 de junio de 1835

En la ciudad de México a 12 de junio de 1835: reunidos todos los ciudadanos que suscriben, en este punto del convento de N.P.S. Agustín en consonancia con los puntos de Sn. Francisco, la Merced, Sta. Catarina, Sto. Domingo, Sta. Ana, Sn. Pablo, la Palma, Sta. Cruz, Sn. Sebastián, Sta. María, Salto del Agua, Moncerrate, Belén, Sta. Veracruz, Sn. Hipólito, Jesús Nazareno, Sagrario, Sn. José, Carmen, la Santísima, Sn. Cosme, Sn. Antonio Amatlán, deseosos de manifestar de la manera más decorosa y circunspecta los votos que les ha hecho formar el convencimiento más íntimo y la dolorosa experiencia, de que el sistema actual de la nación no es el que le conviene por los motivos que se expondrán, se han decidido a la formación del plan siguiente que están resueltos a sostener con cualquiera sacrificio, mayor que pueda exigírseles. Efectivamente considerando:

1º. Que ligada la nación por un juramento solemne a que su religión será sólo la católica apostólica y romana, sin permitir el ejercicio de otra alguna, es incompatible el sistema republicano federal porque éste en su extensión exige la libertad de cultos, que desgraciadamente estamos palpando de hecho, de donde con sumo dolor vemos que han nacido las leyes que han atacado al dogma, la disciplina eclesiástica, la buena moral y las costumbres, la disolución en que se hallan éstas y el desprecio de todo lo concerniente a lo divino y espiritual; que cada día ha de ir en incremento, hasta que llegue el doloroso caso de desaparecer de entre nosotros la religión sacrosanta que heredamos de nuestros mayores.

2º. Considerando que como consecuencia precisa e indispensable del sistema, según la experiencia de 11 años nos lo ha acreditado, debe siempre haber partidos; porque en unión de la masa de la República no bastan los empleos para todos los que los necesitan y desean, y para excluir a uno o lograr los efectos de la protección de otros es necesario derrocarlos y constituir a aquellos de quienes se espera favor; de donde han brotado como medio seguro los planes, las intentonas, las revoluciones cimentadas con cualquier pretexto para alucinar a los pueblos; naciendo al menos el choque de las opiniones, porque los exaltados federalistas quieren plantear el sistema federal en toda su plenitud, y los más cuerdos y que están al alcance de la imposibilidad de que se pudiera lograr en nuestro territorio, se oponen a ello.

3º. Que esa contrariedad de opiniones; esa existencia de partidos siempre opuesta tenazmente; y ese trabajar con asiduidad cada uno por lograr sus fines entrando al poder, no deja hacerlo por el bien común, hace producir leyes favorecedoras de unos, y dañosísimas a otros; y en la alternativa del tiempo, revocadoras unas de otras sucesivamente por sólo el prurito de destruir lo hecho por el contrario, retrogradando la nación con esa conducta en la carrera que debía llevar, alisando más los partidos, y naciendo las persecuciones con todo lo consiguiente a ellas.

4º. Considerando que ese manejo contradictorio a cada variación de los poderes legislativos y ejecutivos, hace aparecer a nuestra República a los ojos de las naciones extranjeras sin el carácter, estabilidad y firmeza necesaria para su respeto y armonía debida, declinando en su misma abyección y desprecio no conveniente al rango que debe ocupar en el gran teatro del mundo.

5º. Considerando que esa división del territorio con legisladores y gobernantes independientes de un centro común, produce precisamente el choque de los intereses en las fracciones, y entre estas y el bien común, de lo que nace la contrariedad en las leyes generales y particulares, la desobediencia de aquellos, y la falta de energía en el ejecutivo general, que se encuentra para su cumplimiento, con la resistencia de un soberano en su territorio apoyado en el sistema de lo que se origina, contra toda razón, que el vicio procomunal ceda al de un miembro que debería sucumbir.

6º. Que la libertad y seguridad individual y la libertad política en el actual sistema se ha querido entender por el libertinaje, derecho de hacer todo lo que se quiere de fomentar la discordia y que se conviene, esos goces que se disfrutan en toda sociedad bien constituida se reducen a la nada con las prisiones, expatriaciones, secuestros y demás actos de despotismos experimentando con dolor.

7º. Que si continúa la República dividida, en tanto empleado que sostiene, se consume mucho más de lo que producen sus rentas; su empeño sigue, y la imposibilidad de cubrir sus créditos se aumenta; el contrabando, con la multitud de puertos se protege y se hace inevitable; y con la administración de los fondos tan dividida, tan heterogénea y tan varia en su responsabilidad, se hacen nulos y a sus empleados se exponen por la inseguridad de permanecer a manejos fraudulentos.

8º. Y considerando por último que de hecho la federación no existe, y la voluntad de la mayoría de la República, está por que cese el sistema actual, suscribiendo el dictamen de la comisión nombrada, y teniéndolo como parte de esta acta, hemos acordado los artículos siguientes como el remedio único a males de tal tamaño:

1. Se variará el actual sistema federal adoptándose el central, bajo las inmutables de la religión católica apostólica romana, de independencia, de división de poderes y libertad racional de la prensa.

2. Se declarará constituyente el actual soberano congreso, formando sólo una cámara para dar a la mayor posible brevedad la constitución que corresponda.

3. Ínterin se sanciona queda la ciudad sujeta a las autoridades actualmente constituidas, respetándose y obedeciéndose con arreglo a las leyes vigentes.

4. Se reconoce al Excmo. Sr. Gral. benemérito de la patria, D. Antonio López de Santa Anna por el libertador ya protector de la nación; suplicándole muy encarecidamente proteja esta libre y general manifestación de los votos del pueblo por cuya salud ha hecho tantos sacrificios.

5. Esta acta se dirigirá al Excmo. ayuntamiento para que en consonancia con la voluntad de sus comitentes, se sirva ratificarla recabando la opinión de todas las autoridades y corporaciones por una junta, que esté al efecto de todas ellas, y elevándola después al supremo gobierno por medio del distrito remitiéndolo decorosamente al Excmo. Sr. D. Antonio López de Santa Anna.

6. Todos los ciudadanos que firman y los que han concurrido a este acto protestan solemnemente sostener este plan con la firmeza y carácter que producen el convencimiento y los deseos más vivos de la felicidad de la patria.

[Siguen las firmas]

Context

Like so many of the pronunciamientos that were launched in 1835, although this Acta did not specifically declare its allegiance to the Plan of Orizaba of 19 May or the Plan of Toluca 29 May 1835, it was part of the constellation of pronunciamientos that called for an end to the 1824 Constitution and the adoption of a new centralist charter. This particular pronunciamiento was part of a cluster of pronouncements launched in Mexico City on the eve of the public celebration of President Santa Anna’s Saint’s Day on the 13th of June.

WF

Notes

In Josefina Zoraida Vázquez (ed.), Planes en la nación mexicana. Libro tres: 1835-1840 (Mexico City: Senado de la República/El Colegio de México, 1987), p. 44.

Transcribed by Germán Martínez Martínez and Revised by Will Fowler.

Original document double-checked by Natasha Picôt (1/12/08). COLMEX: J. Z. Vázquez Planes y documentos, Caja 12, Exp. 6, f.27.

Pronunciamiento grievances

National (centralist, pro-clerical, against Federalism)

Local (centralist, pro-clerical)

Political (centralist, pro-clerical)

Proactive

Civilian

Personal (in favour of Antonio López de Santa Anna)

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