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Verdadero decreto del congreso de Jalisco para la salida de los españoles

24 August 1827

Region: Jalisco
Place: Guadalajara

Pronunciamiento text

Verdadero decreto del congreso de Jalisco para la salida de los españoles de todo aquel estado, 27 de agosto de 1827

Proposiciones en que concluye el dictamen de la comisión de seguridad pública. Guadalajara, 24 de agosto 1827

Art. 1 Recuérdese al congreso de la unión la iniciativa que se le dirigió sobre expulsión de los españoles del territorio de la república.

2. Dentro de treinta días saldrán del estado únicamente los españoles que se resistieron a jurar nuestra independencia, los que emigraron de la república al tiempo y después de su pronunciamiento, capitulados que no estén garantidos por alguna de las convenciones de guerra, y los que se han avecindado después de jurada nuestra constitución.

3. En consecuencia ningún español se avecindará de nuevo en el estado.

4. Se suspenden de sus empleos los españoles que lo tuvieren sin perjuicio de sus sueldos, entendiéndose que los eclesiásticos lo gozarán conforme a lo que en tales casos previenen los cánones. No se entienden comprendidos en este goce, los empleados que se hallen fuera de la república.

5. Ningún español eclesiástico ejercerá las funciones de predicar y confesar, a no ser en los casos de urgencia conforme a los cánones. Y el gobierno intervendrá con la autoridad eclesiástica para hacer efectiva esta disposición.

6. Ningún español residente en el estado tendrá mas armas para la defensa de su persona y casa, que las precisas, a juicio y con licencia del gobierno. Y el mismo hará que se recojan las demás que se mantendrán en depósito.

7. Los españoles no podrían formar reuniones que pasen de seis, y el gobierno dictará las providencias que crea convenientes, para hacer efectivas estas disposiciones.

8. Los españoles que contravinieran alguno de estos artículos, serán castigados con la pena de cinco a diez años de presidio, y concluida la condena no volverá al estado.

Guadalajara agosto 24 de 1827.

Camarena, González, José María Portugal.

Context

This is not a pronunciamiento per se, but rather the set of proposals that were drafted by the committee that was set up by the state legislature of Jalisco to formulate a state-based decree in response to the federal or national expulsion laws of 10 May 1827. It is included here as evidence of the manner in which lawful constitutional texts like this one, mirrored the unlawful yet arguably legitimate extra-constitutional texts of any given pronunciamiento (and vice versa). The fact that this proposed decree is preceded by the adjective: "Verdadero" is suggestive of the fact that the members of the official committee of public security, despite working for the legally-constituted state legislature of Jalisco, still considered it necessary to remind the population that their proposed law was the actual "real one," as opposed to, for instance, the laws that had been promoted, in the Plan de descoyotar of 7 August. In a context in which constitutional and revolutionary bureaucracies and practices co-existed alongside each other, and where political measures could be informed and influenced using both lawful (constitutional) and unlawful (extra-constitutional) methods, (i.e. laws were proposed by state legislature committees *and* demanded in aggressive pronunciamientos), it is evident that from the perspective of the early national period, it was not always obvious where authority truly lay.

WF

Notes

Mexico. Collection of Broadsides, News-sheets etc. 1850.a.26 British Library (Basement 1).

Transcribed by Rosie Doyle and Revised by Will Fowler.

Participants (2):

Signatory role:
Camarena González
José María Portugal

Pronunciamiento grievances

Local (against Spaniards)

Reactive

Other (anti-Spanish, )

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