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(Chihuahua, 9 November 1838)
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(Sonora, 17 November 1838)
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(Nuevo León, 22 November 1838)
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Plan de Opodepe

17 November 1838

Region: Sonora
Place: Opodepe

Pronunciamiento text

Plan de Opodepe, 17 de noviembre de 1838

1º. Que se separará el Sr. Gándara del gobierno encargándose del ejecutivo una de dos personas, o el último gobernador constitucional Escalante y Arvizu, o el vocal más antiguo de la junta.

2º. Que en el acto fuera restablecida la junta departamental, y que esta se ocupará de hacer efectiva la pacificación del estado proviniendo: primero, que no se persiga a nadie por opiniones: segundo, que sean indemnizados en lo posible los perjuicios causados a los particulares.

3º. Que de todo se dé cuenta al Excmo. Sr. presidente de la república, protestando someterse a lo que decida S.E.

Se le representó lo conveniente que sería para su misma persona ese acto de desprendimiento, que le reconquistaría la opinión y confianza de los pueblos, le facilitaría, si volvía al gobierno, el hacer la reconciliación de los partidos, deshacerse para lo de delante de las importunas solicitaciones de los suyos para que persiga, porque ya se habría embotado esa pasión y él no los necesitaría, ni estaría en la precisión de complacerlos. Estas observaciones y otras muchas encaminadas a persuadirlo de la poca confianza que se podría tener de cualquiera convenios que se hicieran estando S.E. en el gobierno, por la experiencia que se tenía de lo que había valido el indulto que dio en Potan convertido en el peor instrumento con que habían sido atormentados los pueblos y las personas, pero todo fue inútil. El Sr. Gándara ofreció su enmienda y decretar un indulto sin ninguna restricción, que es seguramente el acto de piedad de que ha hecho mérito cerca del supremo gobierno. Pero, ¿serían prudentes o admisibles esas propuestas subsistiendo con el mando, con mil seiscientos hombres de los que no habría doscientos de razón, y cercado de los estupradores y ladrones de Matape y Batuco? Se le representó que no eran admisibles: que en tal caso sería mejor se pronunciara por la federación, y que en ese evento lo reconocerían por gobernador, porque entonces quedaría sujeto a responsabilidades [ilegible]. Esta propuesta fue admitida por el Sr. Gándara. Pero la circunstancia de haberse presentado el padre González como comisionado en compañía de Colosio, al mismo momento de desplegar las fuerzas de Nurbona y de comenzar a tirotearse las guerrillas, hizo creer que sólo fuera un arbitrio para contener al enemigo o entretenerlo. Después hemos adquirido noticas ciertas de que en efecto había admitido la propuesta el Sr. gobernador, y formado la resolución de dar la voltereta: así lo ha escrito S.E. o una persona respetable de Oposura. La acción terminó desgraciadamente para los que defendían la buena causa, porque no siempre prevalece la justicia. Ni el valor, ni el mérito de las tropas aunque en doble número, ni las disposiciones militares le dieron en esta vez la victoria al Sr. Gándara que corrió de los primeros. Pero sea lo que fuera. Él ha quedado en posesión de oprimir a los sonorenses, y de ostentarse bueno y humano para con el gobierno, que poco analiza y se informa de los sucesos de aquel país, y que sólo tiene órganos para oír al gobernador, que parece sosteniendo las leyes constitucionales. Pero, ¿le habrá dicho S.E. los deseos de los pronunciados, sus propuestas y la resolución del Sr. gobernador de hacer un troquis [sic]? No sin duda: habrá encarecido su humanidad mandando copia del indulto que publicó un día después de la victoria. Y como los Sres. ministros no leen ni tienen tiempo para leer esos documentos, no se habrán notado sus contradicciones, y la torpe malicia con que se señala el angustiado plazo de 24 horas, y la tiránica y expoliadora práctica de cometerle a los jefes revolucionarios la facultad de publicarlo y aplicarlo, sin intervención ninguna del poder judicial, lo que equivale a un lazo semejante al que el Sr. gobernador Gándara tendió al candor de los incautos en su célebre indulto de Potan. Entonces S. E. tuvo la original ocurrencia de decir que era para las personas y no para los pueblos. Ahora tiene las mismas intenciones: véase el adjunto documento.

Gobierno y comandancia general del departamento de Sonora

El pueblo o pueblos que aprendan a los cabecillas que han dirigido la revolución con hacer su entrega, quedan libres de toda responsabilidad.

Cuartel general en Ures. Noviembre 28 de 1838.

Context

This is a regional pronunciamiento, i.e., one that was concerned with strictly regional concerns and that was not intended to influence politics beyond the confines of its state, Sonora. The community of Opodepe used their right of petition to demand that Manuel Gándara, who had been involved in the 1837-38 Sonoran cycle of federalist pronunciamientos, was removed as provincial governor/political chief.

WF

Notes

El Cosmopolita, 27 de febrero de 1839.

Also in Josefina Zoraida Vázquez (ed.), Planes en la nación mexicana. Libro tres: 1835-1840 (Mexico City: Senado de la República/El Colegio de México, 1987), pp. 166-167.

Transcribed by Germán Martínez Martínez and Revised by Will Fowler.

Pronunciamiento grievances

National (centralist, pro-government)

Local (against Manuel Gandara)

Proactive

Civilian

Personal (against Gandara)

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