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Pronunciamiento de gobierno y vecinos de Sinaloa

16 January 1838

Region: Sinaloa
Place: Culiacán

Pronunciamiento text

Pronunciamiento de gobierno y vecinos de Sinaloa, 16 de enero de 1838

José Francisco Orrantia gobernador del Estado soberano de Sinaloa a sus habitantes sabed: Que las autoridades, empleados y vecinos de esta capital, reunidos en junta pública el día 13 del corriente presidida por el gobierno aprobó las siguientes bases que se publican con el carácter de decreto:

1a. El estado de Sinaloa reconoce como ley fundamental de la República la constitución del año de 1824 con las reformas que la nación tenga a bien hacer por medio de representantes legítimamente nombrados.

2a. Desde hoy regirá en lo posible la expresada constitución general y la particular del estado sancionada por su congreso constituyente, y solo subsistirán las autoridades y empleados reconocidos por estas leyes fundamentales.

3a. Regirán igualmente las leyes generales y particulares existentes antes del cambio de sistema federal, decretado en 3 de octubre de 1835.

4a. Todas las rentas que se recauden en el estado entrarán a la tesorería general del mismo, y se distribuirán por el tesorero conforme a las órdenes del gobernador como jefe superior de hacienda.

5a. Las rentas de que disponga el estado que sean pertenecientes al gobierno general, se reconocen como una deuda que se satisfacerá tan luego como el gobierno general esté restablecido constitucionalmente.

6a. Todas las contribuciones establecidas por leyes expedidas por el congreso general, que se denominó constituyente, y las impuestas por el gobierno general en virtud de autorización del mismo congreso, quedan sin efecto alguno.

7a. Luego que todo el estado o la mayoría de sus pueblos se adhiera a las presentes bases, se expedirá por el gobierno, convocatoria para elegir a la asamblea legislativa del estado.

8a. A más de la facultad que por las leyes que se declaran vigentes, tiene el gobernador del estado como jefe de la milicia cívica se le autoriza ampliamente para que levante, equipe y mueva la que juzgue necesaria a la seguridad del estado.

9a. Los funcionarios y empleados existentes, y los que nuevamente se nombren, otorgarán juramento bajo la siguiente formula: ¿Juráis guardar y hacer guardar la Constitución de la República sancionada por el congreso general constituyente en el año de 1824, y la particular del estado, como también las bases proclamadas para la reorganización de México por el pueblo de Culiacán el día 13 de enero de 1838? Si así lo hiciereis Dios os lo premie y si no os lo demande.

10a. Al funcionario o empleado que se resistiere a prestar el anterior juramento se le separará del destino, ocupándolo el que provisionalmente nombre el gobierno mientras se instala y resuelve la asamblea legislativa.

11a. Las faltas temporales o perpetuas del actual gobernador se suplirán por un ciudadano que teniendo los requisitos constitucionales, nombre la junta municipal de la capital reunida a la alta corte de justicia del estado, dentro de ocho días contados desde esta fecha.

Por tanto, mando, se imprima publique y circule dándosele su debida observancia.

Dios y Libertad. Culiacán, enero 16 de 1838.

J. Francisco Orrantia

J. Felipe Gómez, Srio.

Context

In defiance of the Departmental Junta of Sinaloa’s rejection of the September-December Sonoran cycle of federalist pronunciamientos, pre-1835 governor of Sinaloa, José Francisco Orrantía, hereby adopted and “officially” promulgated the federalist pronunciamiento of Culiacán of 13 January 1838. As a result, at this point in time, the Sinaloans found themselves having to decide whether they obeyed the “restored” pre-1835 pronounced federalist authorities or the established centralist Junta that had come out the day before in support of the national government and the 1836 Constitution.

WF

Notes

Documentos relativos al pronunciamiento de las autoridades y pueblo en la ciudad de Culiacán. (Culiacán: Imprenta del Gobierno, 1838).

Also in Josefina Zoraida Vázquez (ed.), Planes en la nación mexicana. Libro tres: 1835-1840 (Mexico City: Senado de la República/El Colegio de México, 1987), p. 149.

Transcribed by Germán Martínez Martínez and Revised by Will Fowler.

Original document double-checked by Natasha Picôt (10/12/08). COLMEX: J. Z. Vázquez Planes y documentos, Caja 17, Exp. 1, f. 14.

Participants (2):

Leader and signatory role:
José Francisco Orrantia
Secretary and signatory role:
J. Felipe Gómez

Related pronunciamientos

Parent pronunciamientos
Acta del pronunciamiento de las autoridades y pueblo de Culiacán (reactive-cum-proactive, supporting)
13 January 1838 ; Culiacán, Sinaloa

Pronunciamiento grievances

National (anti-constitution, in favour of 1824 constitution)

Political (anti-constitution)

Reactive

Civilian

Other (tax-related, Pro reform of the 1824 constitution)

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