Pronunciamientos by date

Date

1821 (3)

1822 (4)

1823 (6)

1824 (4)

1827 (7)

1828 (4)

1829 (12)

1830 (8)

1831 (1)

1832 (99)

1833 (24)

1834 (260)

1835 (91)

1836 (19)

1837 (33)

January (1)
February (1)
March (1)
April (6)
May (2)
June (2)
September (3)
October (1)
November (11)
December (5)

1838 (33)

1839 (12)

1840 (26)

1841 (77)

1842 (114)

1843 (53)

1844 (94)

1845 (20)

1846 (109)

1847 (15)

1848 (9)

1849 (5)

1850 (1)

1851 (6)

1852 (15)

1853 (40)

1854 (11)

1855 (28)

1856 (29)

1857 (15)

1858 (67)

1859 (17)

1860 (3)

1862 (1)

1868 (1)

1871 (1)

1872 (1)

1876 (3)

Proclama y plan de José Urrea y pronunciamiento de la guarnición de Arizpe

26 December 1837

Region: Sonora
Place: Arizpe

Pronunciamiento text

Proclama y plan de José Urrea y pronunciamiento de la guarnición de Arizpe, 26 de diciembre de 1837

El general José Urrea a los habitantes del Estado libre y soberano de Sonora

¡Compatriotas! experimento un verdadero placer al dirigiros la palabra dándoos testimonio de mi adhesión a vuestros intereses políticos.

Desde que se despojó a la República del sistema representativo popular federal, vuestros males locales llegaron a su colmo. La orgullosa metrópoli a que se os sujetó servilmente, os vio siempre como a colonos abyectos, y no os creyó dignos sino de contribuir con vuestra sustancia a reponer las bancarrotas que inmorales palaciegos han hecho con bastante frecuencia sobre la hacienda pública. Vuestra condición ha sido más dura que la de los demás estados sobre los cuales pesan, no obstante, sufrimientos de gran tamaño.

Dóciles y sufridos con exceso habéis llevado la expresión enérgica de nuestros males hasta los depositarios del poder, a los que tienen el deber sacrosanto de protegeros y poner coro a las calamidades que reportáis. Vuestras quejas se desoyen. Escritores mercenarios os adhieren, os hacen objeto de su befa y parece que la gozan en veros apurar la amarga copa del infortunio. ¿Y serán los sonorenses los que desdeñen rehabilitarse en sus derechos sociales y contribuir con sus hermanos los mexicanos a la restauración del código de 1824, como el único capaz de dar vida a la patria y remediar los males particulares de cada pueblo? Vuestra expresión muy pronunciada ha sido constantemente la de recuperar la gran ley fundamental, la que la nación se dio libre y legalmente por el órgano de legítimos representantes, y para cuyo despojo jamás pudo consentir. Pues bien, compatriotas, [ilegible] estáis ya en posesión de todos los derechos que aquella os concediera. El que fue ayer humilde departamento, es hoy el estado soberano de Sonora, bajo los auspicios de la constitución federal, y de su pacto y leyes particulares. Estáis además en posesión de la inmensa gloria de haberos puesto a la vanguardia de la regeneración nacional a que contribuirán, no lo dudéis, los demás estados mexicanos.

¡Sonorenses! Nada os falta ya para obtener todos los bienes sociales. Unidos y trabajando de consuno podéis hacer aun la felicidad de vuestro país. Contad con mi débil cooperación, y con mi sangre si fuere necesario. Más en cambio acordadme que jamás conoceréis las pasiones ruines, que seréis tolerantes y dignos siempre de la libertad.

¡Compatriotas! Pereced primero que dejaros arrebatar el título glorioso de ciudadanos del estado de Sonora. ¡Viva la carta federal! ¡Vivan los Estados Unidos Mexicanos!

José Urrea

El ciudadano general José Urrea, a los habitantes de la República.

¡Compatriotas! La nación mexicana se dio para su gobierno la forma de república representativa popular federal, como la más análoga a su vasta extensión y exigencias. Nuestra infancia política, algunos errores consignados en el código fundamental, y las desgraciadas divisiones que hemos experimentado, entorpecieron la marcha de las instituciones, e impidieron por consiguiente que recibieran las modificaciones que la experiencia iba haciendo conocer necesarias. La exaltación de algunos ánimos contribuyó de consumo a impedir sus progresos, y sirviendo esto de pretexto para hacer recaer los vicios de tales accidentes en la esencia de la carta federal, por un error de cálculo se suprimió ésta, sustituyéndola con leyes que siendo heterogéneas a nuestra civilización, costumbres y extensión del territorio nacional, en lugar de remediar los males que se atribuían a aquella, los han multiplicado espantosamente, y puesto a la República a punto de desesperar de una mejora de condición. Sin ejército, sin hacienda, sin crédito, decaída la agricultura, entorpecido el comercio, menoscabado el territorio, gimiendo los pueblos bajo el peso de mil impuestos, sin autoridad los funcionarios y con una administración de justicia embarazosa y casi nula, puede decirse que la nación no existe.

En tales circunstancias, la inmensa mayoría de los mexicanos ha hecho muy exactas comparaciones de uno y otro código, y desde luego se ha decidido por la restauración del federativo. En efecto, conciudadanos, es tiempo ya de oponer un dique al torrente impetuoso que amenaza sumergir en el caos de la nada a la nación mexicana: tiempo es ya de ocuparnos de darle vida y de remover para siempre todos los obstáculos que se opongan a su prosperidad, y a que ocupe el lugar que sus circunstancias privilegiadas le consignan en la lista de los pueblos poderosos del mundo.

El último de vosotros, compatriotas, pero el que a nadie cede en amor patrio y en el anhelo constante de vuestro bienestar, tiene la convicción de que tan grandioso objeto debe lograrse con la instalación de una asamblea nacional extraordinaria, que expurgando de defectos la constitución de 1824, os la presente de nuevo como la ley fundamental de vuestra asociación política. Los medios más expeditivos los hallaréis en el siguiente plan, que estoy resuelto inalterablemente a sellar con mi sangre, si fuere necesario:

Art. 1º. La nación declara subsistente y en todo su vigor el régimen de gobierno representativo popular federal.

Art. 2º. La nación reconoce en el ciudadano presidente Anastasio Bustamante, al jefe del estado, sin más restricciones en el ejercicio del poder supremo que la de que sus ministros respondan de su conducta ante el primer congreso constitucional.

Art. 3º. El mismo ciudadano presidente de la república convocará un congreso nacional extraordinario en que todos los estados tengan igual número de representantes, con el objeto de reformar en el término perentorio de seis meses la constitución de 1824. Esta asamblea no podrá extender su atención a otro ningún objeto, so pena de nulidad de lo que practicare en contrario.

Art. 4º. Los estados que adopten y se decidan por este plan, organizarán su gobierno interior provisionalmente entre tanto se promulga reformada la constitución federal.

Arizpe, capital del Estado libre de Sonora, a 26 de diciembre de 1837.

José Urrea

En la ciudad de Arizpe, capital del Estado libre y soberano de Sonora, perteneciente a la confederación mexicana, reunidos en la casa del Sr. comandante general e inspector, general de brigada D. José Urrea, previa citación y bajo la presidencia de su señoría todos los señores jefes y oficiales existentes en esta guarnición; el expresado señor general dispuso que los mismos Sres. votasen la elección de un secretario que diese lectura a un documento que iba a presentar a la junta, y autorizase la presente acta. Procedido a la elección quedó designado para secretario el infrascrito.

En seguida su señoría exhibió el documento que obra en cabeza de esta acta, y manifestó que todos los Sres. concurrentes tenían entera libertad para demostrar sus opiniones, si estaban o no de acuerdo con el plan que presentaba, y para correr o no, la suerte que las circunstancias preparasen a los comprometidos. Oído todo detenidamente por los expresados Sres. opinaron unánimemente: que el plan presentado por el repetido en general lo consideran justo, necesario y el más a propósito para que la nación recobre sus derechos, y convalezca de los graves males que ha producido la organización viciosa que arbitrariamente se le diera en 1836, que en consecuencia protestan a su señoría y a la nación, que lo sostendrán con todo su esfuerzo, como que se glorían de ser sus fieles hijos e interesados en la dicha y bienestar de los mexicanos.

Y para la debida constancia lo firmaron con su señoría y el infrascrito secretario.

Context

This is a follow-up pronunciamiento in which José Urrea and the pronunciados from his garrison reiterated their support of the pronunciamientos of Sonora of 16 September 1837, and outlined how they believed the national government should respond to their calls for federalism. The pronunciamiento cycle of Sonora, which had started on 16 September and received several pronunciamientos de adhesión, including the “Contestación a las especies vertidas por el general Manuel Ma. Gándara” of 19 November 1837, had gone beyond calling for the readoption of the Federal Constitution by turning Sonora into an independent state within the Mexican nation. This had been a curious attempt at preserving the federal order within the centralist system that now prevailed. As a result the Department of Sonora was supposedly being governed according to its own laws and authorities independently of the Mexican national government at the time, even though the “independent” Sonorans still belonged “to the national union,” and were prepared to pay national taxes and provide men and arms in the case of an international war. As becomes evident from José Urrea’s pronunciamiento of 26 December 1837 becoming an independent state within the Mexican nation had only been a temporary aspiration for the Sonorans who had pronounced that autumn. What they really wanted was for Mexico to abolish the centralist 1836 Constitution and revert back to a federalist model at a national level. Given that the pronunciamientos of 16 September, albeit granting Sonora temporary “independence,” had failed to force the government to bring back the 1824 charter, Urrea took it upon himself to build on the regional success of the earlier Sonoran pronunciamientos and attempt to influence the national scene. He wanted Mexico to be governed according to a federalist constitution (Art. 1), was prepared to continue to accept Anastasio Bustamante as the republic’s president (Art. 2), called upon Bustamante to convene a congress that would take it upon itself to reform the 1824 Constitution (Art. 3), and invited all states that supported this plan to form their own independent governments, like the Sonorans had done, whilst the government hesitated in bringing the central republic to an end. This would be one of several failed federalist pronunciamientos that Urrea would lead during these years.

WF

Notes

Hemeroteca Nacional: Miscelánea 62.

Also in Josefina Zoraida Vázquez (ed.), Planes en la nación mexicana. Libro tres: 1835-1840 (Mexico City: Senado de la República/El Colegio de México, 1987), pp. 135-136.

Transcribed by Germán Martínez Martínez and Revised by Will Fowler.

Participants (1):

Leader role:
José Urrea

Related pronunciamientos

Parent pronunciamientos
Manifiesto y plan de vecinos de Sonora (reactive-cum-proactive, supporting)
16 September 1837 ; Arizpe, Sonora
Child pronunciamientos
Acta del pronunciamiento de la guarnición de Culiacán (reactive-cum-proactive, supporting)
11 January 1838 ; Culiacán, Sinaloa
Acta del pronunciamiento de las autoridades y pueblo de Culiacán (reactive-cum-proactive, supporting)
13 January 1838 ; Culiacán, Sinaloa
Dictamen de la junta departamental de Sinaloa (reactive-cum-proactive, opposing)
15 January 1838 ; Culiacán, Sinaloa
Acta firmada en Tepic (reactive-cum-proactive, supporting)
10 February 1838 ; Tepic, Nayarit
Manifiesto de los generales y jefes del Ejército del Norte (reactive-cum-proactive, opposing)
6 March 1838 ; Matamoros, Tamaulipas
Acta celebrada por el ayuntamiento de Aguascalientes (reactive-cum-proactive, supporting)
19 May 1838 ; Aguascalientes, Aguascalientes
Acta de la guarnición de Arizpe (reactive-cum-proactive, opposing)
3 September 1838 ; Arizpe, Sonora
Pronunciamiento de Arizpe (reactive-cum-proactive, opposing)
3 September 1838 ; Arizpe, Sonora
Acta de Matamoros (reactive, supporting)
24 September 1838 ; Matamoros, Tamaulipas
Pronunciamiento de Longinos Montenegro (reactive-cum-proactive, supporting)
7 October 1838 ; Santa Anna de Tamaulipas, Tamaulipas
Acta de adhesión de la villa de Tamiahua (reactive, supporting)
20 December 1838 ; Tamiahua, Veracruz
Manifiesto y plan federalista de Alejo Espinosa (reactive-cum-proactive, supporting)
23 December 1838 ; Colima, Colima
Acta de la ciudad de Monclova (reactive-cum-proactive, supporting)
19 January 1839 ; Monclova, Coahuila
Acta de Rancho de San Francisco (reactive-cum-proactive, opposing)
11 June 1839 ; Tuxpan, Veracruz
Acta de despronunciamiento de la villa de Nadadores (reactive-cum-proactive, opposing)
29 August 1839 ; Nadadores, Coahuila

Pronunciamiento grievances

National (federalist, anti-constitution)

Political (federalist, anti-constitution)

Proactive

Military (regular army)

Personal (in favour of Anastasio Bustamante)

Other (Pro reform of the 1824 constitution)

PDF Download

Click here to download a PDF version of this pronunciamiento