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Representación del guarnición de Puebla

12 December 1837

Region: Puebla
Place: Puebla

Pronunciamiento text

Representación de la guarnición de Puebla, 12 de diciembre de 1837

La guarnición del departamento de Puebla no puede ser indiferente a los descarados tiros que se están dirigiendo a las leyes constitucionales, que por expresa voluntad de la nación, se decretaron y sancionaron en 29 del último diciembre: fiel a sus juramentos, y estimando en cuanto valen los deberes que ellos la imponen, se halla en la misma cumplida disposición en que se encuentran las demás secciones del ejército, que con tal motivo han representado ya al supremo gobierno para apoyarlo en el sostenimiento de aquellas leyes; y si esta guarnición no lo había hecho presente así a V.E. era porque la parecía escusado manifestarse dispuesta a cumplir obligaciones de que nunca se separará, porque sabe cuanto la estrechan. Pero cuando un silencio se interpreta por los enemigos del orden como conformidad al anhelo empeñoso con que procuran reestablecer el sistema federal, tan justamente desechado; cree esta guarnición preciso significar a V.E. los sentimientos que animan a los ciudadanos que la forman.

Si no estuvieran, como están, esos sentimientos tan perfectamente de acuerdo con los deberes que nos incumben como militares, sabríamos sofocarlos para cumplir estos deberes, porque no ignora esta guarnición que la obediencia a la ley, y a la autoridad, el sostenimiento del orden, y de la tranquilidad pública, son sus obligaciones primeras y más importantes. Pero por fortuna no se halla en el caso de hacer tal sacrificio, está internamente penetrada de que los males sufrimientos, ni emanan del sistema que hoy nos rige, ni pueden curarse con cambiarlo lo está de que el peor de los remedios que en las circunstancias podían aplicarse a las dolencias públicas, sería el restituir la federación: lo está de que después de adaptadas estas leyes fundamentales sancionadas en 1836 todas las reformas que la experiencia dolorosa de más de diez años, hizo necesarias; no solo pasó el tiempo de efectuar otras, mientras no se venza el prudente plazo que ellos mismos fijaron para conocer sus vacíos y llenarlos con circunspección, si no que son perjuros y traidores los que tal intenten: lo está de que los embarazos que se encuentren para marchar en el nuevo orden de cosas, pueden allanarse muy bien con leyes secundarias, sin necesidad de variar en lo más leve las fundamentales; y sobre todo, cuando ve garantizados en estas, todos los goces que se han procurado asegurar en la organización de las sociedades, sin que por ello hayan dejado de cegarse las multiplicadas vías que la constitución de 1824 franqueaba al ambicioso y al anarquista, para mantenernos en continuas revueltas, más y más se persuade esta guarnición de que la República no necesita de otra cosa que de la paz, para que desaparezcan los males que la aquejan, y para obtener con ella todo, porque ella es el mas seguro principio de la dicha y del bienestar, a procurar esa dicha y ese bien, tendieran los conatos de los que están dirigiendo peticiones a V.E. para que se restablezca la constitución de 1824; esa constitución a la que no pocos de los mismos peticionarios hicieron odiosa con excesos inauditos: podría perdonársele el intento, de veras punible, de que la nación presentase a los ojos del mundo, el testimonio más degradante de inconsecuencia, de volubilidad, y de inconstancia, acogiendo hoy como buena una constitución, que habrá dos años condenó como la fuente de sus males, y desechando con la nota de perniciosa, aunque no la han experimentado lo bastante para fallar sobre su insuficiencia, la que acaba de adoptar como más adecuada a sus costumbres y hábitos, podía perdonárseles, que para hacer valer como opinión nacional, lo que solo es deseo de imbéciles o malvados, hayan echado mano de medios tales, como el de recoger firmas que se prestan a ciegas, sin deliberación ninguna, o por el solo interés de partido, o por ignorancia, o por miras personales y rastreras; podía perdonárseles que cuando la ley solo permite el derecho de petición individual, siendo en este punto el nuevo sistema más franco que el antiguo, que no le concedió de ningún modo; se tomen la licencia de usar del de petición colectiva, absolutamente desconocido en las leyes: podía perdonárseles que interesen en sus peticiones los respetos y pública investidura de cuerpos, que no pudiendo obrar sino dentro de las leyes que las crearon, despedazan en el hecho mismo de atacarlas, el único título de su existencia; y hasta la anomalía de presentar como remedio de las escaseces del erario (que es el mayor de los males que se sufren) el sistema federal dispendiosísimo; que solo pudo subsistir a expensas de gravámenes infinitos de los pueblos, y de empeños considerables de las rentas públicas, los cuales son cabalmente la causa de las escaseces de hoy, escaseces que ya se sufrían desde el año de 1833; pero que no fueron tan palpables, porque habiéndose destruido la mayor parte del ejército, hubo entonces ese menor gasto que rogar: hasta esa anomalía chocantísima, repetimos, podía perdonarse a los peticionarios, si de veras fuesen puras y rectas sus intenciones, y dirigidas solo a buscar la felicidad pública, como afectan. Mas de lo que menos se trata es de esto, señor Excmo. se trata de derrocar la actual constitución, porque no cuadra a los intereses de los anarquistas; de los que solo figuran en el desorden; de los que enriquecen son las bancarrotas del erario; de los que no pueden estar contentos de que haya este dejado de ser su patrimonio; y se apela al sistema federal, porque este dio cabida a todos esos intereses. En suma, ni hay ni puede haber, convencimiento de buena fe, de que las actuales instituciones son insuficientes para conseguir el bienestar de la nación, ni es este el que se procura. El objeto es reestablecer las cosas y los hombres de 1833 como muy acertadamente dijo el señor general Tornel, siendo ministro de la guerra, en circular de 8 de junio del año anterior, cuando los mismos que hoy son peticionarios, tuvieron un conato idéntico del que hoy tiene, aunque obrando como revolucionarios descarados. Sí: ese es hoy, como entonces su único objeto "reestablecer las cosas y los hombres de 1833".

"¿Y que permítasenos seguir haciendo uso de los rasgos que trazó la mano del expresado general? Y que la nación ignora lo que esto significa? Ella no ignora, porque las desgracias son indelebles, que en esa época lamentable no hubo respeto por todo lo que podía llamarse santo e inviolable: que la dictadura se partió entre el congreso y el ejecutivo, para vejar y oprimir con una espantosa arbitrariedad, a los hombres ilustres, y a los amigos de la paz: que el anatema revolucionario hirió las cabezas de la iglesia, y cayó como un rayo sobre sus propiedades que en nada valieron en los antiguos títulos de su gloria, y que estaba condenado a la destrucción y a la ignominia: que las formulas tutelares de la inocencia amparaban solamente al criminal, mientras marchaban a destierros hombres sin culpa, y hombres distinguidos por sus servicios, y gemían otros en prisiones duras; que el conflicto y la desolación eran una plaga nacional, mientras otra plaga de la Asia, un día en el sepulcro a opresores y oprimidos.

¿Quién no sabe, quién no siente, quién no lamenta estos extravíos, esta degeneración momentáneas del dulce carácter mexicano. Mas los pueblos son advertidos, y la lección más útil, que es también la más severa, es la de sus propios padecimientos. La nación no quiere sufrir otra vez, y le basta quererlo así, para que se estrellen todos los conatos de los enemigos de la paz."

En efecto señor Excmo. esos conatos se estrellaron. ¿Y en qué ocasión?, cuando la República, desechando el sistema federal, estaba sin constituirse y expuesta a los riesgos consiguientes a la desgracia, reciente entonces, que sufrió nuestro ejército en Texas: cuando el gobierno sobre no contar con el apoyo de una constitución, porque aun no se había sancionado la nueva, se hallaba en la posición más difícil y comprometida. ¿Y habían de ser eficaces hoy esos conatos, cuando ya se constituyó la nación, y cuando está confiado el depósito de sus leyes a un jefe benemérito como V.E. que tanto ha trabajado por el orden, y por la felicidad nacional?, ¿habían de ser eficaces solo porque se encubren, afectando deseos de bien, y porque ya no se hacen valer con las armas, sino por medio de peticiones?

Sea este o el otro el medio con que se procure el restablecimiento de las cosas y los hombres de 1833 la nación (permítasenos repetirlo) no quiere sufrir otra vez. Quiere el orden, bajo las instituciones adoptadas; quiere la paz; y aborrece todo lo que perturbe aquel, o aleje esta. Tal es ciertamente la opinión de todos los buenos, y la de esta guarnición, que tiene el honor de presentar a V.E., con la expresión de sus sentimientos, el tributo de su más profundo respeto.

Puebla, diciembre 12 de 1837.

Context

This is a representation which, not unlike a pronunciamiento de rechazo, was launched to make publicly known that the Puebla garrison supported the government and was opposed to the federalist corpus of “exposiciones” and “representaciones” other departmental juntas launched in October-November 1837 calling for the restoration of an amended version of the 1824 charter.

WF

Notes

AHSDN: XI/481.3/1273, ff. 20-24.

Also in Josefina Zoraida Vázquez (ed.), Planes en la nación mexicana. Libro tres: 1835-1840 (Mexico City: Senado de la República/El Colegio de México, 1987), pp. 133-134.

Transcribed by Germán Martínez Martínez and Revised by Will Fowler.

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Pronunciamiento grievances

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