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Representación de algunos californios al ayuntamiento de San Diego

22 March 1836

Region: California
Place: San Diego

Pronunciamiento text

Representación de algunos californios al ayuntamiento de San Diego, 22 de marzo de 1836

Ilustre ayuntamiento

Los abajo firmados y con debido respeto estrechados de las circunstancias en que nos hallamos nos presentamos hoy por el único recurso legal que nos queda; interponemos el respeto, del ilustre ayuntamiento y esperamos que atendiendo a nuestra infeliz posición admita y eleve la siguiente manifestación:

Conciudadanos llegado en el tiempo que desenrollemos a luz pública la necesidad que los californios tenemos para apartar de nuestros ojos el denso velo que nos obscurece y desvía del verdadero camino de nuestra felicidad y aun de nuestra conservación.

Quince años ya que nos propusimos con una lisonjera esperanza alcanzar el bien futuro y que hasta ahora ha sido ilusorio. El gobierno supremo de la nación mexicana si bien no ha olvidado la suerte de los californios al menos circunstancias de gran tamaño en el interior le habían impedido prodigar los beneficios a que como mexicanos hemos sido acreedores.

Hoy y cada día más, vemos que los indios gentiles están haciendo grandes reuniones, robando las caballadas de distintos puntos, y todo con el objeto que ya hace algún tiempo han manifestado de dejarnos a pie y atacarnos hasta exterminarnos: ¿cuántas consecuencias pues ha traído a varios estados de la República una imprudente indiferencia a esta clase de enemigos?

Por esto, y por multitud de circunstancias, mas ya estamos al borde del naufragio, y en la continuación se verá el cuadro de nuestra resolución irremediable.

Los males son gravísimos: los pasos son muy agigantados; y nos anuncian por un axioma incontenible que seremos víctimas de los indios.

De la ambición de unos cuantos o de la desesperación de todos desaparece de nosotros la paz y la seguridad y ya tocaron a su término los bienes y en cambio tenemos la triste perspectiva que hoy a la vista de todo aparece en tales conflictos en semejantes experimentos y los anuncios positivos de nuestra indigencia consiguiente nuestro objeto es evitar la ruina a que nos precipita el estado de nuestra suerte política y económica. Si somos mexicanos, si nuestro honor está consagrado a la madre patria, y si somos ciudadanos, ¿por qué no hemos de alcanzar, que por serias y juiciosas providencias se salve nuestro país, se protejan nuestros derechos, se aseguren nuestras propiedades, nuestra tranquilidad y se le dé todo el mérito a nuestra agricultura y comercio? Pedimos pues se reedifique este edificio de la Alta California que ya por momentos se desploma, y erigiéndole columnas firmes a su centro, propongamos conservarlos, y seguidamente darle todo el impulso hasta su total engrandecimiento. Excusado es renumerar de donde parten tan grandes males, pues todos ellos no se ocultan a la más rápida mirada, por lo que convenceremos al mundo entero de la justicia que nos asiste para reformar nuestra conducta hasta ahora degradante y servil y dar un testimonio hoy que somos ciudadanos que amamos nuestro suelo, y que tenemos ideas propias para nuestra conservación; así como disposición necesaria para arreglar nuestro gobierno económico con gloria del mismo honor nacional.

Si nuestro convencimiento porfía de hechos y de una larga experiencia no se atormenta por algún fin particular y se quieran desviar nuestra más sana intención, desde luego mereceremos la justa recompensa de nuestros amados conciudadanos.

Mas si se apurasen los pensamientos en este caso apelados a la imparcialidad para que le vea que nuestra manifestación es obra de nuestras circunstancias, y que así lo exige imperiosamente nuestra más clara justicia. Haga pues ambas cosas impresión en los sentimientos, y lejos de no admitir nuestros justos deseos, sea ayudada la más alta y vistosa intención. No vayan a ser víctimas los que con anticipación proclaman la salud de su país, de sus familias y de su propia existencia. No se inmole a la sana razón, y evítense sacrificios que se deben sólo consagrar a la patria, a la paz y a la libertad.

En tal concepto en primer lugar al estado en que hoy se hallan las misiones. Ellas fueron en otro tiempo en conjunto de nuestra riqueza territorial, movían el interés del comerciante especulador, franqueaban la subsistencia de nuestras infelices tropas y por fin aseguraban el auxilio a muchas familias miserables que necesitaban la beneficencia: y hoy han desaparecido la multitud de seguridades que nos prometan para lo futuro bajo una buena organización. La ley por la cual la soberanía nacional cometió al gobierno superior la facultad de secularizar las misiones, ha sido el instrumento de acontecimientos más vergonzosos: mas sería ridiculizarla si no se conociese que su objeto pudo ser benéfico; pero un concepto todo errado, un avance a las facultades supremas, y por último una medida ligera, ha dado el resultado que a la vista tenemos.

Ya están expirando los intereses de los indígenas y concluidos en su mayor parte, expirarán los del resto y los de los particulares, y entonces acabaran nuestras fortunas, nuestras familias, y hasta nosotros mismos.

Esta evidencia nos esfuerza y con justicia a pedir se reglamente lo más necesario para contener la conclusión de una desgraciada obra.

Por otra parte el tesoro nacional que ingresa en el territorio es muy pequeño para cubrir los vencimientos de todos los empleados: el presupuesto de los gastos que debe tener California la Alta seguramente pasa de 120,000 pesos anuales, y no pareciendo en los productos de la rentas generales más que una tercera parte, se encuentra un déficit de mucha consideración, resultando de esto que cubiertos los gastos que llaman de preferencia queda una parte muy insignificante de caudales como por entretenimiento, al infeliz soldado que continuamente llora la desnudez, y aun la necesidad del alimento. ¿Qué seguridades pues nos puede prometer en nuestro interior y que exterior que las milicias se hallen en el estado de miseria en que se ven? Infelices soldados e infelices todos que trabajamos incesantes sin poder conseguir un remedio sobre nuestro mal.

Militares, de nuestra ordenanza y subordinación debida os obliga a sufrir padecimientos; contad con que nuestros paisanos, vuestros conciudadanos, recorren la línea de vuestros sufrimientos, y procuran gocéis todas las consideraciones que merece vuestra brillante carrera: la nación deposita en vosotros la gloria de sus armas para conservar el decoro y brillo de ellas; mas nosotros no invocamos vuestro poder, pues es grande nuestra justicia, y lo único que nos mueve a manifestarles nuestro sentir es que conozcáis que estamos a fondo de vuestros padecimientos, así como en pleno conocimiento que nuestra ruina es infalible, si no se corrigen los defectos de nuestro suelo.

Esto es, ilustre ayuntamiento, una pequeña parte aunque de las esenciales que nos afligen y nos contentamos con manifestar la substancia, a reserva de nuestro conocimiento en toda la extensión.

Por dicho proponemos como remedio de nuestro país, suplicando la indulgencia en obsequio del bien procomunal los artículos siguientes:

Artículo 1º. Se invite a la primera autoridad política del territorio para que en la capital de él provoque una junta general compuesta de la Excma. diputación territorial, se suplique la asistencia del señor comandante general con tres oficiales de su confianza si bien pudiesen ser los señores comandantes de compañía y cuerpos de distinta arma, los dos reverendos padres prelados de las misiones, y dos personas de la confianza de cada ayuntamiento de los pueblos, donde los haya, que serán elegidos por dichas corporaciones, y los electos no se podrán excusar por pretexto alguno a excepción de los casos de imposibilidad física o moral calificada por los mismos ayuntamientos.

Artículo 2º. Esta elección podrá ser en toda clase de personas con tal que tengan bienes raíces y radicación en el territorio o acreditado concepto para el bien y prosperidad del país, dándole conocimiento a ello al señor jefe político con testimonio de la acta que se forma al efecto.

Artículo 3º. El señor jefe político, citará a las autoridades y demás personas de que debe componerse la junta y señalará el día de su reunión en el lugar que se expresa en el artículo 1º.

Artículo 4º. Reunida la expresada junta que presidirá el señor jefe político o por su enfermedad, o ausencia el que haga sus funciones: acordará aquella el orden de sus comisiones, discusiones y votaciones: pudiendo elegir al efecto dos secretarios de entre los mismos o fuera de ellos, mas todos estos encargos serán como carga conseguil, teniéndose si presente de donde deben cubrirse los gastos de papel y otros de escritorio.

Artículo 5º. El objeto de la junta ha de ser tomar en consideración el estado actual de este territorio: proponer al supremo gobierno las medidas que le parezcan más saludable al bien y prosperidad del país, y encargarse de los ramos siguientes; y lo conveniente a ellos. Sobre las misiones secularizadas y sin secularizar. El de sofocar las intentonas de lo indios gentiles que para el efecto están haciendo grandes reuniones. El estado de agricultura, el de comercio, el de compañías presidiales, el de aduanas marítimas y terrestre, el de administración de justicia.

Artículo 6º. A más de lo expuesto en los artículos anteriores la junta general se extenderá a todo aquello que sin contrariar las leyes sea conforme a la seguridad, buen gobierno y arreglo de lo conducente a la tranquilidad del territorio.

Artículo 7º. Todas las disposiciones de la junta tendrán su ejecución aunque con el carácter de provisionales hasta la aprobación o desaprobación al supremo gobierno a quien se le dará cuenta de todo por conducto del señor jefe político haciéndole presente las circunstancias por las que se toman medidas que desde luego se ponen en práctica, los perjuiciones que debía causar un retardeo como el que se experimenta en la comunicación de la capital de la República a este territorio, los infinitos experimentos que hay de los trastornos que padece la correspondencia, y otros mil incidentes más que se debían experimentar.

Artículo 8º. La junta determinará el tiempo que sea necesario deba estar reunida, ya sea en sección permanente, ya sea por interrupción de días con tal que en este último caso no perjudique la prontitud que requiere nuestras circunstancias y cuyo remedio esperamos los californios, del acierto y actividad de los señores que compongan la expresada junta, y la indulgencia del jefe superior del territorio.

San Diego, 22 de marzo de 1836.

Context

This is not so much a pronunciamiento but a plea for help. Here we have a community meeting to decide how best to respond to the constant threat of Indian raids in what was then a remote frontier-post in California. What emerges quite clearly is that the authorities of San Diego were committed to restoring peace and order in the area by whatever means. Equally evident is that they felt that both the national and regional governments had failed to provide them with the kind of material and military support they needed to address the very local yet incredibly harsh problems they were up against. The end result was a strictly local-oriented pronunciamiento calling for the creation of a locally-elected junta that could deal with the unabated problem of Indian raids effectively and without further delay.

WF

Notes

AHSDN: XI/481.3/1653, ff. 59-62.

Also in Josefina Zoraida Vázquez (ed.), Planes en la nación mexicana. Libro tres: 1835-1840 (Mexico City: Senado de la República/El Colegio de México, 1987), pp. 80-82.

Transcribed by Germán Martínez Martínez and Revised by Will Fowler.

Original document double-checked by Natasha Picôt 8/1/09. COLMEX: J. Z. Vázquez Planes y documentos, Caja 14, Exp. 1, f.2.

Pronunciamiento grievances

Local (in favour of War with Indians)

Proactive

Civilian

Other (Evaluation of policy towards misiones)

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