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1838 (33)

1839 (12)

1840 (26)

1841 (77)

1842 (114)

1843 (53)

1844 (94)

October (1)
November (25)
December (68)
Acta firmada por el ayuntamiento de Hermosillo
(Sonora, 1 December 1844)
Acta levantada por la guarnición de Ures
(Sonora, 1 December 1844)
Acta suscrita en el pueblo de Seris
(Sonora, 1 December 1844)
Acta suscrita en la villa de Camargo
(Chihuahua, 2 December 1844)
Acta firmada por el ayuntamiento de San Francisco de Guaymas
(Sonora, 2 December 1844)
Acta de protesta de la cámara de diputados
(México D.F., 2 December 1844)
Decretos
(México D.F., 2 December 1844)
Comunicaciones de la asamblea departamental de México
(México D.F., 2 December 1844)
Acta del senado contra los ataques del gobierno
(México D.F., 2 December 1844)
Declaración de la Suprema Corte de Justicia
(México D.F., 3 December 1844)
Acta de la ciudad de Tlaxcala
(Tlaxcala, 5 December 1844)
Acta de la protesta que prestó el cuerpo de plana mayor de la ciudad de San Luis Potosí
(San Luis Potosí, 6 December 1844)
Manifiesto del general Nicolás Bravo
(Guerrero, 7 December 1844)
Acta del pueblo de Jilotepec
(Estado de México, 7 December 1844)
Acta de adhesión del pueblo de Tejupilco
(Estado de México, 7 December 1844)
Acta del pueblo de San Francisco Tepeyanco
(Tlaxcala, 7 December 1844)
Decreto de la asamblea departamental de Oaxaca
(Oaxaca, 7 December 1844)
Acta del pueblo de Santa Inés Zacatelco
(Tlaxcala, 8 December 1844)
Acta de adhesión de la guarnición de Tabasco
(Tabasco, 9 December 1844)
Acta levantada por jefes y oficiales del batallón activo guardacostas de Tuxpan
(Veracruz, 9 December 1844)
Acta levantada en Veracruz por jefes y oficiales del cuerpo de artillería
(Veracruz, 9 December 1844)
Acta levantada por autoridades y vecindario de Veracruz
(Veracruz, 9 December 1844)
Acta de la guarnición de Veracruz
(Veracruz, 9 December 1844)
Jefes y oficiales de la Armada Nacional
(Veracruz, 9 December 1844)
Acta levantada en Veracruz por el cuerpo de ingenieros
(Veracruz, 10 December 1844)
Acta levantada por el escuadrón activo guardacosta de Veracruz
(Veracruz, 10 December 1844)
Acta firmada en Veracruz por jefes y oficiales del detall
(Veracruz, 10 December 1844)
Acta firmada por el segundo regimiento de infantería de Veracruz
(Veracruz, 10 December 1844)
Decreto de la asamblea departamental de Nuevo León
(Nuevo León, 10 December 1844)
Acta de la comisaría pagadora de la Brigada del Norte
(Nuevo León, 11 December 1844)
Acta de la jura que presta el 7o regimiento de caballería
(Coahuila, 11 December 1844)
Acta de la villa de Sabinas
(Hidalgo, 11 December 1844)
Acta firmada en la villa de Sabinas
(Hidalgo, 11 December 1844)
Acta levantada en el cuartel general de Sabinas
(Hidalgo, 11 December 1844)
Acta firmada en Sabinas
(Hidalgo, 11 December 1844)
Acta firmada por la guarnición de San Juan de Ulúa
(Veracruz, 11 December 1844)
Acta de la guarnición de San Luis Potosí
(San Luis Potosí, 11 December 1844)
Acta del ayuntamiento de Veracruz
(Veracruz, 11 December 1844)
Acta de la guarnición de Veracruz
(Veracruz, 11 December 1844)
Decreto de la asamblea departamental de Zacatecas
(Zacatecas, 11 December 1844)
Acta firmada en el Campo del Ojito
(Chihuahua, 14 December 1844)
Plan del general Pedro Cortázar
(14 December 1844)
Acta levantada en Morelia por la guarnición y comandante gobernador
(Michoacán, 15 December 1844)
Acta de la villa de Zitácuaro
(Michoacán, 15 December 1844)
Acta de la guarnición de Michoacán
(Michoacán, 15 December 1844)
Acta firmada en la hacienda del Mortero
(Durango, 15 December 1844)
Decreto de la asamblea departamental de Tabasco
(Tabasco, 16 December 1844)
Acta y manifiesto del ayuntamiento de Morelia
(Michoacán, 16 December 1844)
Pronunciamiento de Aguascalientes
(Aguascalientes, 17 December 1844)
Decreto del Congreso de la Unión
(México D.F., 17 December 1844)
Decreto de la asamblea departamental de Durango
(Durango, 17 December 1844)
Acta de la guarnición de Tampico
(Tamaulipas, 17 December 1844)
Acta levantada en la ciudad de Saltillo
(Coahuila, 18 December 1844)
Acta de la comandancia general de la División del Norte
(Abroad, 19 December 1844)
Acta firmada en el Bergantín General Santa Anna anclado en Veracruz
(Veracruz, 20 December 1844)
Acta del pueblo de Perote
(Veracruz, 20 December 1844)
Acta de la guarnición de Tuxtla
(Chiapas, 20 December 1844)
Acta de la ciudad de Guanajuato
(Guanajuato, 20 December 1844)
Acta de la asamblea de Guanajuato
(Guanajuato, 20 December 1844)
Acta firmada en el pueblo de Santa Lucía Coyuca
(Michoacán, 22 December 1844)
Acta de la guarnición de Chihuahua
(Chihuahua, 22 December 1844)
Acta levantada en la Hacienda de Laureles
(Michoacán, 23 December 1844)
Decreto de la asamblea de Querétaro
(Querétaro, 24 December 1844)
Proclama de don Juan Álvarez
(Guerrero, 25 December 1844)
Decreto de la asamblea departamental de Yucatán
(Yucatán, 26 December 1844)
Acta del pueblo de Amatlán
(Morelos, 27 December 1844)
Acta levantada en la comandancia general de Querétaro
(Querétaro, 28 December 1844)
Acta levantada en Tapachula
(Chiapas, 29 December 1844)

1845 (20)

1846 (109)

1847 (15)

1848 (9)

1849 (5)

1850 (1)

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1868 (1)

1871 (1)

1872 (1)

1876 (3)

Decreto de la asamblea departamental de Oaxaca

7 December 1844

Region: Oaxaca
Place: Oaxaca

Pronunciamiento text

Decreto de la asamblea departamental de Oaxaca, 7 de diciembre de 1844

La asamblea departamental de Oaxaca, considerando:

Primero. Que uno de sus principales deberes para con el pueblo que representa es la conservación ilesa e incólume de las instituciones juradas que constituyen el título de su existencia y la prenda segura de la paz pública.

Segundo. Que mientras ellas han sido respetadas ningún gravamen, ningún sacrificio ni trabajo han debido considerarse como costosos, porque su precio es inestimable, por lo que aun en medio de la conflagración y del incendio de otros departamentos permanecía inalterable, y aun dirigía representaciones para que toda petición no dimanada de las autoridades legítimas, o apoyada por la fuerza armada, fuese reprimida y ahogada en su origen.

Tercero. Que habiendo sido sus más lisonjeras esperanzas tristemente frustradas por el sorprendente decreto de 29 de noviembre del presente año, expedido en junta de ministros por el Excmo. Sr. presidente interino de la república D. Valentín Canalizo, en que violándose el texto terminante y expreso del art. 1° de las bases orgánicas, en el cual se previene, que el poder legislativo jamás pueda depositarse en un solo individuo, se ha incurrido en el gravísimo cargo de que habla el art. 90 de las mismas bases, declarando que el atentado contra la forma de gobierno es un caso de responsabilidad del presidente de la república, aun durante el ejercicio de sus funciones, se ha roto el pacto que servía de lazo a las partes integrantes de la República, llamados departamentos, y se les ha colocado en la triste, aunque imperiosa necesidad, de asumir temporalmente sus primitivos derechos inalienables, ínterin se restablecen al pleno ejercicio de sus respectivas funciones los poderes supremos.

Cuarto. Que ajada la carta fundamental, y hollado por el gobierno el título de su legítima existencia, no se le podría obsequiar ni obedecer sin incurrir en una responsabilidad que constituyera refractarias a las autoridades de los departamentos, las cuales en el mismo hecho perderían también aquella suma de poder legal, con el cual rigen sus pueblos, cuyo bien y tranquilidad comprometerían en demasía; y,

Quinto. Que estando canonizado por los principios ineluctables del derecho público, por la historia de los pueblos cultos, que en los vaivenes políticos, se han visto sueltos temporalmente del lazo que les ligaba a su metrópoli, ya sea por la inexistencia de hecho del soberano, ya por una subversión de los principios constitucionales, y por nuestras mismas convulsiones intestinas, interrumpir las relaciones de obediencia, homenaje, y sumisión, hasta que se reintegra el poder publico, y vuelve la marcha constitucional al sendero que le está detallado, ha tenido a bien expedir el siguiente decreto:

Art. 1° Se desconoce la autoridad que se ha declarado el gobierno supremo de la República por decreto de 29 del mes anterior, publicado en México el día 2 del que rige.

Art. 2° El departamento de Oaxaca no reconoce otros poderes supremos, que los establecidos conforme a las bases constitucionales, y obsequiará sus disposiciones en cualquier lugar en que resida.

Art. 3° Luego que estos poderes se hayan restablecido y estén en ejercicio de sus funciones constitucionales, el departamento les prestará su obediencia, rigiéndose por tanto por las bases orgánicas y leyes preexistentes, cuya custodia, observancia y puntual cumplimiento, se encarga al superior gobierno del mismo, quien será responsable de la conservación del orden y tranquilidad pública, cuidando eficazmente de la seguridad, de la vida, propiedades y derechos de los habitantes del departamento.

El superior gobierno dispondrá se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el salón de sesiones de la asamblea departamental de Oaxaca, a las 9 de la noche del día 7 de diciembre de 1844.

Luis Fernández del Campo, presidente

Gerardo Gonequi, secretario

Participants (2):

Leader and signatory role:
Luis Fernández del Campo
Secretary and signatory role:
Gerardo Gonequi

Pronunciamiento grievances

National (anti-government, pro-constitution)

Local (pro-constitution)

Proactive

Civilian

Personal (against Valentín Canalizo)

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