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Iniciativa de la asamblea departamental de Jalisco

30 October 1844

Region: Jalisco
Place: Guadalajara

Pronunciamiento text

Iniciativa de la asamblea departamental de Jalisco, 30 de octubre de 1844

Señor:

Los males que aquejan a la nación, han llegado a su colmo y la disolución de nuestra sociedad, sería inevitable si no estuviera al frente de ella un cuerpo legislativo, el más a propósito para salvarla. La asamblea departamental de Jalisco, todo lo espera de su valor, saber, virtud y patriotismo; y movida de estos principios eleva su voz al santuario de la ley y de la justicia, pidiendo el remedio que cree más adecuado, a unas desgracias que ya no pueden soportarse. [ilegible] ramos de la administración se legisló por el gobierno provisional: ¿y cómo remediar en su totalidad los de esta misma administración que hoy nos rige, particularmente en el punto vital de hacienda, si se ha de echar un velo a la responsabilidad, si los contratos del gobierno han de ser inviolables y sus actos no pueden ser anulados? Ni subsistente, ni inviolable podía ser lo que estaba pendiente del verificativo de una condición.

Tomemos, pues, las cosas desde donde se desquiciaron, sin que puedan servir de obstáculo las prerrogativas concedidas al presidente en el art. 90 de la Constitución. Revisar los actos del gobierno provisional, no quiero decir precisamente que sea acusado, ni procesado el presidente actual, y menos si obró con justificación. Pero sea lo que lucre, si es cierto que la ley se debe cumplir, que todos los hechos que contra ella se verifican son nada, la dificultad, si alguna hubiera, acabaría de desaparecer.

Hasta aquí, señor, nos hemos ocupado de lo que más frecuentemente llama la atención de los mexicanos que desean no ver burlada la única garantía que les concediera el plan de Tacubaya, en cambio de los inmensos y peligrosos sacrificios que en él se exigieran; pero la sabia penetración de la augusta cámara percibirá desde luego que no basta a la nación el que se procure en la posible remediar los males pasados, sino que además es necesario curar los presentes y prevenir los futuros. Uno de los que gravitan ya de una manera insoportable sobre los pueblos, es el abultado cúmulo de contribuciones que se les han impuesto; por ellas ve con dolor el hombre acomodado desaparecer no solo las utilidades, sino aun parte del capital que a costa de mil afanes y sudores ha llegado a formar: el industrioso proletario pierde hasta la esperanza de prosperar; y muchos infelices tienen que escasear a sus familias el pan que les proporciona un penosísimo trabajo.

Si por lo menos les quedara el consuelo de que sus exhibiciones se invirtiesen en los objetos que les da la ley, guardarían silencio, esperando que cubiertas con ellas las necesidades públicas, y arregladas las rentas bajo un sistema de rigurosa economía, se les aliviaría al cabo de tan enorme peso, y que México, rica y floreciente, se presentaría orgullosa a la faz del mundo ostentando las heroicas virtudes de sus hijos; pero no es así, porque a proporción de que las gabelas son mayores, se aumentan igualmente las escaseces del erario, y el abundante rio de plata que de ellas mana, va a hundirse en las [ilegible]

Este mismo departamento en agosto de 1841 se aventuró a correr todos los riesgos del movimiento que inició, con la esperanza de que la nación mejorase de suerte: las bases firmadas en Tacubaya el día 28 de septiembre del mismo año, fueron el resultado de aquel movimiento, y los sucesos que transcurrieron hasta la sanción de las bases que hoy rigen la República, son demasiado conocidos de los mexicanos. Entonces dos grandes hechos esperaba ver la nación realizados: la instalación de las nuevas autoridades, y que la persona a quien se había investido de tanto poder, respondiera de sus actos ante el primer congreso constitucional. (Esta expectativa quedó frustrada en parte por el que se llamó decreto de 3 de octubre del año pasado, que eximió al ejecutivo provisional de la responsabilidad que le impuso la sexta de las bases acordadas en Tacubaya.) Los mexicanos vimos con asombro los fundamentos y prescripciones de la citada disposición de octubre, pues que no eran ilimitadas las facultades que por la séptima de las bases se concedieron al ejecutivo provisional. La sexta terminantemente dice cual era la limitación: ambas estaban en perfecto acuerdo, y ambas eran de igual valor. En consecuencia no se podía destruir la una, sin despedazar el mismo título con que tal cosa se pretendiera hacer; no digo el mismo título, la Constitución y todo lo que existe como resultado de aquel convenio. En su parte expositiva se encuentran estas terminantes palabras: "Mas como la responsabilidad del poder es una de las primeras exigencias de las naciones civilizadas, se establece la autoridad y la época en que la responsabilidad del ejecutivo provisional se hará efectiva". ¿Y de qué clase de responsabilidad se hablaba? ¿Se pensó hacer entonces del ejecutivo provisional un verdadero soberano? Dejemos a un lado todo lo ridículo que envuelve tal concepto: pero él no era político ni justo, ni aun verosímil concebir en aquellas circunstancias. Si otra cosa hubiera sido la mente de los autores del plan, es decir, una dictadura sin responsabilidad, jamás lo hubiera adoptado la nación, porque entre los mexicanos no pasa, ni pasará nunca cualquiera que lo intente, un poder sin límites y una organización sin garantías. Si el plan de Tacubaya, en fin, se quiere que diga otra cosa, es preciso comenzar por no entender el lenguaje, hacer un insulto al buen sentido, y aun consentir una insensatez insistiendo en combatir tal absurdo.

Por otra parte, en el plan de Tacubaya no se hace ninguna distinción entre el poder legislativo y el ejecutivo: no se habla en la sexta y séptima bases más que del gobierno provisional, y aun suponiendo cierto todo lo que se dice en el decreto de 3 de octubre, solo lo sería en cuanto al poder legislativo; pero de ninguna manera en cuanto al ejecutivo, cuyos actos, marcados por su propia naturaleza, debieron quedar sujetos a responsabilidad.

Sin embargo, la nación y las autoridades todas callaron sobre lo prevenido en el decreto de 3 de octubre, como sobre muchas circulares anticonstitucionales que en este año se han expedido por los respectivos ministerios; pero no más callaron esperando que el orden constitucional pusiera algún remedio a los males que tiempo ha agobian la República. El paliativo no ha sido bastante, y no se necesita un pincel muy diestro para trazar el cuadro de esta nación desgraciada, cuya suerte no ha querido labrarse por el único que entre nosotros se ha encontrado en aptitud de hacerlo. ¿Pero cuál es el remedio, se pregunta por todos con ansiedad? Dígase lo que se quiera sobre la imposibilidad de traducir la opinión pública, resérvense para su caso los reproches merecidos a los que cubren miras innobles con tan bellas palabras, la nación hoy desea con instancia, que se le cumpla lo que se le ofreció con tantos juramentos, que se observen las bases constitucionales, y que las contribuciones que paga a lo menos, se inviertan en su verdadero objeto. Casi sobre todas las insaciables áreas de algunos pocos que han cifrado su fortuna en la ruina de la nación.

Sea de esto un testimonio irrefragable la contribución extraordinaria últimamente decretada; tanto el legislador al imponerla, como la nación al consentirla, se convencieron de su necesidad y urgencia, no dudando que el gobierno se apresuraría a invertirla en el objeto eminentemente nacional para que se creó; sin embargo, uno y otra se engañaron, porque aun no comenzaba a colectarse cuando se vio con asombro contratarla con considerable descuento, a favor de hombres muy conocidos ya por sus anteriores especulaciones sobre las rentas públicas; de aquí resultó que los causantes se resistiesen a pagarla, y que su crecido número haga imposible el apremio, el que además no solo sería injusto, sino inicuo, porque ningún ciudadano está obligado a contribuir para improvisar fortunas de particulares: por esto es que pedimos la derogación de la ley porque se impuso.

Sabios los legisladores que dieron a la nación las bases de su organización política, consignaron en ellas un artículo salvador para que pudieran ser reformadas conforme a las exigencias de los pueblos. Una triste experiencia nos ha demostrado la conveniencia de esa prevención, porque no bien comenzó a rodar la nueva máquina política, cuando las asambleas departamentales se encontraron con miles de tropiezos en su marcha constitucional, nacidos unos del texto mismo de la ley, e hijos otros de los avances del ejecutivo, que escudado con las trabas que en las bases pusieron a las operaciones del congreso, o con la oscuridad de algunos de sus artículos ha embarazado el desarrollo de las facultades de aquellas corporaciones en los ramos de hacienda, policía, instrucción pública y justicia, dejándolas casi reducidas a la clase de simples consejos de gobierno, con menoscabo de los intereses de los departamentos, y con burla de las lisonjeras esperanzas que en ellas depositaron los pueblos.

Por lo expuesto, la asamblea departamental de Jalisco, en uso de la atribución que le comete el art. 53 de las bases de organización política de la República, somete a las augustas cámaras la presente iniciativa de ley contraída a los proposiciones siguientes:

Primera. El congreso nacional hará efectiva la responsabilidad del gobierno provisional, a que lo sujetó la sexta de las bases acordadas en Tacubaya, que juró e hizo jurar a la nación.

Segunda. Se deroga la ley de 21 de agosto de este año, por la que se impusieron contribuciones extraordinarias.

Tercera. El congreso se ocupará de preferencia en reformar los artículos constitucionales, que la experiencia ha demostrado ser contrarios a la prosperidad de los departamentos.

Sala de sesiones de la asamblea departamental, octubre 30 de 1844.

Señor.

Pedro Barajas, vocal presidente; Mariano Hermoso, secretario.

Participants (2):

Leader and signatory role:
Pedro Barajas
Secretary and signatory role:
Mariano Hermoso

Pronunciamiento grievances

National (in favour of Plan de Tacubaya)

Proactive

Civilian

Other (tax-related, )

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