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(13 July 1834)
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(13 July 1834)
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(13 July 1834)
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(16 April 1837)
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(8 May 1837)
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(18 November 1844)
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Acta firmada por la Junta Municipal de San Sebastián

10 August 1846

Region: San Luis Potosí
Place: San Sebastián

Pronunciamiento text

Acta firmada por la junta municipal de San Sebastián, 10 de agosto de 1846

En la villa de San Sebastian de San Luis Potosí, a los diez días del mes de agosto de mil ochocientos cuarenta y seis reunidos los señores que componen la junta municipal, D. Pablo Pérez, presidente; D. Eufrasio Ramos y D. Esteban Blanco, los vecinos para tratar su sesión ordinaria, manifestó el señor presidente que era muy necesario secundar el plan proclamado en la capital de la república el 4 del presente mes en el que no hay otra cosa que la unión del pueblo y del ejército, la amalgamación de todos los partidos y la uniformidad de todas las clases de la sociedad, para que, unidos todos los mexicanos, se repela toda agresión extranjera y principalmente la del norte, que ha vilipendiado y manchado el honor nacional: se conserve siempre la unión y la paz interior; se haga reconocer el espíritu público tan decaído a causa de las continuas revueltas civiles, en que nos ha hundido y desolado la anarquía, y defender a toda costa la libertad y la independencia, bienes de mucha estimación para los hijos de la Anáhuac. Y tomando esto en consideración, acordaron invitar a los señores alcaldes, a los suplentes y a los demás vecinos a fin de que tomaran una parte activa y se impusieran de lo ocurrido en estos últimos días para que se determinara lo conducente. Y verificado esto, reunidos los señores alcaldes primero y segundo. D. Apolinario Rodríguez y D, Juan Francisco Rodríguez, suplentes D. Pablo Cordero y D. José María Méndez; comisarios y subcomisarios Gregorio Martínez; Jesús Rodríguez, Francisco Ibarra, Tomás Estrada, Nepomuceno Martínez, Cecilio Contreras y Francisco Gutiérrez, y ciudadanos Pedro Rocha, Juan López, Lino Morales, Teodocio Villegas, Pablo Ojeda, Nicolás García y Pablo Robledo, se leyó el plan impreso, las proclamas y el decreto de la asamblea en que lo secunda; e impuestos de todo y uniformes en opiniones, manifestaron que siendo el plan que se ha leído la tabla de salvamento para que la nación no naufrague en el borrascoso peligro a que se halla expuesta, y deseando que cuanto antes se haga la guerra a los Estados Unidos recuperándose el territorio de Texas, lo que esperan sea con la brevedad posible, pues debe lavarse la mancha que se echó y la sangre mexicana humeante aún reclama su venganza y para esto es muy bueno, loable y heroico la unión del ejército y el pueblo para la conservación de la libertad e independencia, han convenido después de discutidos suficientemente en acordar los artículos siguientes:

l°. La villa de San Sebastian secunda en todas sus partes el pronunciamiento verificado en la capital de la república el 4 del presente, adoptado por la primera División del Norte y honorable asamblea departamental en los días 8 v 10 del que rige.

2°. Que en consecuencia, se desea se proceda sin pérdida de tiempo a revindicar el honor nacional altamente ultrajado por los invasores del norte.

3°. Se remitirán copias de esta acta al Excmo. Sr. gobernador del departamento, por conducto de la prefectura, así como también al Excmo. Sr. general Pedro Ampudia como una prueba del agrado con que se ha visto la unión del ejército y el pueblo con el fin de salvar la independencia y decoro nacional dándosele a este acto la solemnidad posible.

Con lo que se concluyó esta acta que firmaron los señores expresados.

Pablo Pérez

Eufracio Ramos

Esteban Blanco

Apolinario Rodríguez

Juan Francisco Rodríguez

Pablo Cordero

José María Méndez

Siguen varias firmas.

Diario del Gobierno de 16 de agosto de 1846.

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