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Acta del ayuntamiento y subprefecto del pueblo de Zinapécuaro
(14 June 1834)
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(15 June 1834)
Acta de la guarnición de Morelia
(19 June 1834)
Acta de la guarnición de Michoacán
(20 June 1834)
Acta del ayuntamiento de Tlazazalca
(6 July 1834)
Acta del ayuntamiento de Morelia
(16 July 1834)
Acta del ayuntamiento de Morelia
(17 July 1834)
Acta de jefes y oficiales de Tierra Caliente que se encuentran en Huetamo
(21 July 1834)
Acta del ayuntamiento, vecinos y el Colegio de Santa Catarina de Pátzcuaro
(22 July 1834)
Acta del ayuntamiento de Ario
(31 July 1834)
Acta del ayuntamiento y oficiales de Cocupao
(4 August 1834)
Acta de jefes y oficiales de la guarnición de Morelia
(27 August 1834)
Acta de la exposición de la ciudad de Pátzcuaro
(30 May 1835)
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(2 June 1835)
Acta que manifiesta la exposición del ayuntamiento de Morelia
(16 June 1835)
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(4 November 1835)
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(25 March 1838)
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(7 July 1838)
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(1 October 1840)
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(25 December 1840)
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Acta suscrita por la guarnición de Pátzcuaro
(4 October 1841)
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(5 October 1841)
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(6 October 1841)
Acta de las autoridades del vecindario y militares de Tacámbaro
(7 October 1841)
Acta del pronunciamiento de Aguililla
(9 October 1841)
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(9 October 1841)
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(14 December 1842)
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(17 December 1842)
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Acta de Apatzingán
(24 December 1842)
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(24 December 1842)
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Acta de la villa de Zitácuaro
(15 December 1844)
Acta de la guarnición de Michoacán
(15 December 1844)
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Acta levantada en la villa de Tacámbaro

23 November 1844

Region: Michoacán
Place: Tacámbaro

Pronunciamiento text

Acta levantada en la villa de Tacámbaro, 23 de noviembre de 1844

En la villa de Tacámbaro, a los veintitrés días del mes de noviembre de mil ochocientos cuarenta y cuatro, reunidos en la casa del señor comandante militar de dicha villa, capitán del regimiento activo de caballería de Morelia don Ignacio Carrillo, los señores jefes y oficiales residentes en ella, por excitación del expresado señor comandante militar, este señor usando de la palabra, manifestó a la junta, que el objeto de aquella reunión se contraía a hacer saber, que desgraciadamente en la capital del departamento de Jalisco, había estallado la voz de rebelión, en las circunstancias más críticas para la República, turbando la paz y el reposo de que gozaba hacía tres años, y cuando se hacían onerosos sacrificios por recuperar el territorio de Texas, indignamente usurpado por unos ingratos y traidores colonos, sostenidos con perfidia por algunos pueblos meridionales del norte de América, a quienes en fatal hora, acogiera generosa nuestra infortunada patria, de cuyo éxito depende nada menos que nuestra nacionalidad y el figurar en el distinguido rango de las naciones cultas y civilizadas del globo: que en crisis tan peligrosa los generales Paredes, Galindo y otros, abundando de la confianza que se les dispensara, y traicionando al supremo gobierno y a la República, se habían pronunciado el primero del actual con las tropas de aquella guarnición, sosteniendo una iniciativa dirigida por la asamblea de aquel departamento en treinta de octubre último, a las augustas cámaras, contenida en tres artículos que se referían, el primero a que se hiciera efectiva la responsabilidad del gobierno provisional, conforme al artículo 6° de las bases de Tacubaya: el segundo, que el arbitrio extraordinario decretado en 21 de agosto último para la restauración de Texas, quedase sin efecto y se anulase, y el tercero, a que se reformen las bases orgánicas en la parte que juzguen contra intereses de los departamentos avanzándose el general Paredes hasta el extremo de ampliar dicha iniciativa y pedir con las armas en la mano el que sea depuesto el excelentísimo señor presidente constitucional, la primera magistratura que ejerce por la más amplia y solemne voluntad de la nación. Igualmente leyó una circular del ministerio de la guerra del 14 del actual dirigida a dicho señor por la comandancia general de este departamento en 19 del mismo, y varios impresos relativos a estos acontecimientos, pidiendo en seguida que expusiesen sus conceptos los señores asistentes a ella, y de consiguiente, protestasen contra tales atentados y ratificasen su adhesión al supremo gobierno y sumisión a las leyes que nos rigen, si aquellos eran en consonancia con los de dicho señor comandante militar, acerca de lo cual, expresaron unánimemente todos los señores de la junta, que sin introducirse a investigar en los tres artículos que contiene la iniciativa de la asamblea departamental de Jalisco sobre si su parte expositiva es justa o injusta fundada, o infundada, necesaria o innecesaria por no ser de su incumbencia, ni mucho menos la ampliación del señor general Paredes que consideraban, el acto más subversivo y atentatorio que pudiera darse; se persuade que ella era impolítica, extemporánea y traidoramente promovida en tan peligrosa crisis, que podría hundir a la República en un abismo de males, y causarle su total ruina, de consiguiente, digna de reprobación por todos los buenos mexicanos que aman verdaderamente su patria, y que deseen su conservación y prosperidad; en cuyo concepto, protestaban contra tales actos, ratificando su fidelidad al supremo gobierno, y su sumisión a las leyes que nos rigen, y después de una ligera discusión, se acordaron los artículos siguientes, que fueron aprobados por unanimidad de los señores que firman:

Artículo primero. Los jefes y oficiales que suscriben, protestan contra la iniciativa y asonada militar de Jalisco, como subversiva y atentatoria contra el supremo gobierno, contra las leyes y contra los verdaderos intereses de la patria.

Artículo segundo. De consiguiente, ratifican su adhesión al supremo gobierno y sumisión a las leyes que rigen, que sostendrán con su influjo y con sus armas hasta sacrificar su existencia si necesario fuere.

Artículo tercero. Se sacará testimonio de esta acta, y se elevará al supremo gobierno por conducto del señor comandante general del departamento para su superior conocimiento y fines que convenga.

Participants (1):

Leader role:
Ignacio Carrillo (Michoacán)

Pronunciamiento grievances

National (pro-government, against Plan de Mariano Paredes y Arrillaga)

Reactive

Military (regular army)

Personal (against Mariano Paredes y Arrillaga)

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