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Acta de Santo Domingo Xochitepec

7 June 1834

Region: Morelos
Place: Santo Domingo Xochitepec

Pronunciamiento text

Acta de Santo Domingo Xochitepec, 7 de junio de 1834

Esta corporación en sesión de hoy ha acordado lo siguiente que a la letra copio:

En el pueblo de Santo Domingo Xochitepec en siete de junio de mil ochocientos treinta y cuatro reunidos en esta sala capitular con el ilustre ayuntamiento los principales vecinos de este pueblo se leyeron tres oficios; el primero del señor coronel don Vicente González acompañando el plan de su pronunciamiento verificado el 31 de mayo en la capital del Estado; el segundo del coronel don Pedro Rivera en que comunica el pronunciamiento de la guarnición de la cabecera de este partido de Chalco, adoptando los artículos del pronunciamiento de Cuernavaca; y el tercero de don Mariano Álvarez actual subprefecto del mismo partido, con inserción de los ya referidos artículos, por los que nos avisa, que se han pronunciado el ilustre ayuntamiento y la guarnición de aquel punto.

En los tres oficios se invita a este ayuntamiento y vecinos de su municipalidad a que digan su juicio sobre los artículos y se pronuncien por ellos si lo tuvieren por conveniente.

En el momento que los oyeron todos los concurrentes explicaba cada uno a su modo la refutación con que habían visto la memorable, y nunca bastante bien llorada ley del ostracismo, que secundada en los estados de la República, la llenó de lagrimas, arruinó su industria, y lanzó del otro lado de los mares una parte florida y muy numerosa de su población.

La indignación creció al lamentar los extravíos de las legislaturas, cuyos diputados olvidados de la agricultura, de las artes, y el comercio de los caminos y de su seguridad que se hicieron pastores de almas queriendo unos reformar sistemáticamente la provisión de curatos, y otros eligiendo catecismos religiosos, que bien elegidos harían la felicidad espiritual no la temporal, que era el objeto exclusivo de su comisión.

Después de lamentar dolorosa y largamente los ataques dados a la religión divina adoptada por la nación, después de manifestar el entorpecimiento de todos los fines, la inseguridad personal de los caminos, y población, después de considerar este conjunto de calamidades como el efecto de las leyes mal calculadas y contrarias de todo punto a la opinión, a los intereses, y a la felicidad de la nación; fueren todos de parecer que los artículos en que concluyan o que acompañan los tres oficios referidos, son verdaderos y justos y que pueden contener el torrente de males que ha inundado e inunda a la desgraciada nación mexicana, si su digno presidente toma por su cuenta el remedio, y la defensa de la Constitución ultrajada por los mismos que debieron sostenerla. Se pusieron de acuerdo, y aprobaron en todas sus partes los cuatro artículos primeros del Plan de Cuernavaca, en lugar del quinto pusieron los siguientes:

1°. Se organizará a la posible brevedad la milicia local conforme a las listas y propuestas de oficiales remitidas últimamente al gobierno.

2°. Esta milicia se ocupará precisamente de mantener el orden interior de los pueblos, y seguridad en los caminos, sin tomar ni consentir que persona alguna tome armas, caballos, hombres ni cosa alguna de esta municipalidad ni permitir género alguno de venganza.

3°. Esta fuerza sea ella cual fuera reconocerá por su jefe supremo al E.S. presidente don Antonio López de Santa Anna.

Concluidos los artículos y al tiempo de poner la fecha recordó toda esta junta que en el mismo día aunque en hora diferente, se pronunció por la religión ya entonces muy amagada e imploró en su favor la protección del E.S. presidente, sin que este hombre respetable, ni la santidad del objeto pudieran defender a este pueblo de los insultos, y todo género de persecuciones que ha padecido todo el año.

Sala capitular de Xochitepec, junio 7 de 1834.

Es copia que certifico.

José Honorado Vergara, alcalde primero

Jose Vicente Lopez, secretario

Context

This is a pronunciamiento de adhesión, in which the pronunciados offered their support and allegiance to the plan of Cuernavaca of 25 May 1834, having discussed the contents of the Plan of Toluca of 31 May 1834 as well as those of the Plan of Chalco of 4 June 1834. The two council of Santo Domingo Xochitepec chose to replace article 5 of the Plan of Cuernavaca, which stated that the President could count with the services of the armed forces of the community, with three local-based articles that outlined how a local militia force would be set up with Santa Anna as its Supreme Head.

WF

Notes

AGN: Gobernación 1834, s/s, caja 206, expediente 26.

Also in Josefina Zoraida Vázquez (ed.),/Planes en la nación mexicana. Libro dos. 1831-1834/(Mexico City: SRE/El Colegio de México, 1987), p. 271.

Transcribed by Natasha Picôt and Revised by Will Fowler.

Original document double-checked by Germán Martínez Martínez on 16/02/2009. Colección Josefina Z. Vázquez/Planes y Documentos, 1834, Archivo Histórico del Colegio de México, Caja 9.

Participants (2):

Signatory role:
José Honorado Vergara
Secretary and signatory role:
José Vicente López

Related pronunciamientos

Parent pronunciamientos
Acta del pronunciamiento de Cuernavaca (reactive-cum-proactive, supporting)
25 May 1834 ; Cuernavaca, Morelos
Plan de Toluca (reactive-cum-proactive, supporting)
31 May 1834 ; Toluca, Estado de México
Acta del ayuntamiento del pueblo de Chalco (reactive-cum-proactive, supporting)
4 June 1834 ; Chalco, Estado de México

Pronunciamiento grievances

National (pro-clerical, in favour of Plan de Cuernavaca, against Ley del Caso)

Political (pro-clerical)

Reactive

Military (civic militia)

Civilian

Personal (in favour of Antonio López de Santa Anna)

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