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Acta del ayuntamiento y vecindario del pueblo de Tuxtla el Chico

2 February 1846

Region: Chiapas
Place: Tuxtla el Chico

Pronunciamiento text

Acta levantada en el pueblo de Tuxtla el Chico, 2 de febrero de 1846

En el pueblo de Tuxtla Chico, a los dos días del mes de febrero de mil ochocientos cuarenta y seis, reunida la municipalidad, y convocado ante todos los señores empleados de hacienda, cura párroco y demás vecinos honrados de este pueblo, cabezas de familia, el alcalde primero constitucional, manifestó: Que su señoría el señor general, prefecto del distrito D. Gerónimo Cardona, le ha dirigido la tarde del día de ayer, documentos que acreditan que la nación entera proclamó ya por medio de sus representantes para su supremo magistrado, al Excmo. Sr. general D. Mariano Paredes y Arrillaga; que este caudillo, mereciendo por sus relevantes virtudes el aplauso general de la república constituida, amadora de su libertad y siempre fiel a sus instituciones liberales, fundadas en las Bases Orgánicas de 1843, presenta hoy a su patria los mayores testimonios de gratitud y le saluda con el laudable porvenir de paz y garantía; y por último, la nación bajo estos principios le abre los brazos como a un hijo predilecto, y adopta uniforme el plan político proclamado en San Luis Potosí y confirmado en enero; por sus representantes; que seguro de que este pueblo producirá su voto con aquella libertad innata que es característica a todo mexicano, y que las leyes permiten, propone los artículos siguientes:

1º. La municipalidad de Tuxtla Chico y su vecindario, se adhieren en todo al plan proclamado en San Luis Potosí en 14 de diciembre de 1845 y a las adiciones que le hace la acta general acordada en la capital de la república y desde luego protesta sujetarse en un todo al actual supremo gobierno de la nación.

2º. Que de este acto se libre certificación por duplicado a la prefectura del distrito, para que por el próximo correo sea elevado al superior gobierno del departamento, con el objeto de que de ello tenga conocimiento el supremo de la nación.

La municipalidad y todos los circunstantes, oyendo la alocución anterior e impuestos satisfactoriamente de los documentos habidos, no han vacilado en uniformar su voto sobre los dos artículos propuestos; y por tanto, protestan solemnemente sostener y hacer sostener al supremo gobierno organizado con aquellos fines en la capital de la república.

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